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El Peruano Sábado 7 de marzo de 2015 548156 días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombre y apellidos Pasaje aéreo clase económica US$ Viáticos por día US$ Nº de días Total de viáticos US$. Jorge Renato Reyes Tagle 2 950,00 440,00 7+1 3 520,00 Alberto Javier Hart Merino 2 950,00 440,00 7+1 3 520,00 Artículo 3. Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios diplomáticos deberán presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4. La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuesto o derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO GUTIÉRREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1208647-1 SALUD Aceptan donación efectuada por empresa a favor de PARSALUD, a fin de contribuir a mejorar la calidad de atención a la población materna y neonatal en la Región de Áncash RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 135-2015/MINSA Lima, 4 de marzo del 2015 Visto, el Expediente Nº 15-012335-001, que contiene el Informe Nº 061-2015-OGPP-OP/MINSA, de la Ofi cina de Presupuesto de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución Ministerial Nº 705-2009/ MINSA, de fecha 21 de octubre de 2009, se delega en la Coordinación General del Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud – PARSALUD II, la facultad de celebrar convenios con entidades públicas y privadas necesarios para la adecuada ejecución del Programa; Que, con fecha 02 de octubre de 2014, el Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud – PARSALUD II y la empresa Minera Barrick Misquichilca S.A. suscribieron el Convenio de Cooperación con el objetivo de contribuir a mejorar la calidad de atención a la población materna y neonatal en la Región de Ancash, a través del Proyecto “Mejoramiento Integral del Servicio Materno y Neonatal del Hospital Víctor Ramos Guardia” de la ciudad de Huaraz, Región Ancash, que comprende: i) Reformulación del Perfi l del Proyecto denominado “Mejoramiento Integral del Servicio Materno y Neonatal del Hospital Víctor Ramos Guardia” de la ciudad de Huaraz, Región Ancash; ii) Reformulación del Expediente Técnico del Proyecto denominado “Mejoramiento Integral del Servicio Materno y Neonatal del Hospital Víctor Ramos Guardia” de la ciudad de Huaraz, Región Ancash; iii) Con el remanente dinerario, después de realizadas las reformulaciones antes indicadas, la ejecución del Proyecto “Mejoramiento Integral del Servicio Materno y Neonatal del Hospital Víctor Ramos Guardia” de la ciudad de Huaraz, Región Ancash; Que, de acuerdo al Convenio citado en el considerando precedente, la empresa Minera Barrick Misquichilca S.A procederá a efectuar una donación a favor de la Unidad Ejecutora 123: Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud – PARSALUD del Pliego 011: Ministerio de Salud, hasta por la suma de SIETE MILLONES VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 7 024 692,00), la misma que se efectivizará de acuerdo a los plazos y condiciones señalados en los literales b) al d) de la Cláusula Quinta del referido documento; Que, según el artículo 69º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad, debiendo ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, cuando el monto de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias; Que, el numeral 25.1 del artículo 25º de la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 030-2010 EF/76.01 y sus modifi catorias, señala que dado el carácter fi nanciero del Presupuesto del Sector Público, sólo procede la incorporación de recursos monetarios, cuyos montos se registran en números enteros; Que, mediante documento del Visto, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto propone la aceptación de la donación referida en el segundo considerando, señalando que en diciembre de 2014, la empresa donante Minera Barrick Misquichilca S.A. ha efectuado, a favor de la Unidad Ejecutora 123: Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud – PARSALUD, la primera entrega del monto señalado en el Convenio de Cooperación ascendente a la suma de SETECIENTOS DOS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 702 450,00), el mismo que ha sido incorporado en el presupuesto de dicha Unidad Ejecutora a través de la Resolución Ministerial Nº 047-2015/MINSA; Que, en ese sentido es necesario emitir el acto resolutivo de aceptación de la donación dineraria efectuada por la empresa Minera Barrick Misquichilca S.A.; Estando a lo informado por la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, a través de la Ofi cina de Presupuesto, con las visaciones del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo previsto en el artículo 69º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la donación de SIETE MILLONES VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 7 024 692,00), efectuada por la empresa Minera Barrick Misquichilca S.A. a favor de la Unidad Ejecutora 123: Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud – PARSALUD del Pliego 011: Ministerio de Salud, a fi n de contribuir a mejorar la calidad de atención a la población materna y neonatal en la Región de Ancash, a través del Proyecto “Mejoramiento Integral del Servicio Materno y Neonatal del Hospital Víctor Ramos Guardia” de la ciudad de Huaraz, Región Ancash, en el marco del Convenio al que se ha hecho mención en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Ratifi car la incorporación, a través de la Resolución Ministerial Nº 047-2015/MINSA, del monto ascendente a la suma de SETECIENTOS DOS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 702 450,00), el cual constituye el primer desembolso de la donación señalada en el artículo precedente y contemplada en el Convenio de Cooperación suscrito entre el Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud – PARSALUD II y la empresa Minera Barrick Misquichilca S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud 1208045-2