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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MARZO DEL AÑO 2015 (07/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 62

El Peruano Sábado 7 de marzo de 2015 548180 98-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones de la Institución, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 10° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la delegación de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, e, i, l, m, n, o y q del artículo 44° de la Ley N° 26497; así como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante tal delegación, a la Ofi cina de Registros del Estado Civil de la Comunidad Mishki Yakillu, Distrito de Pinto Recodo, Provincia de Lamas, Departamento de San Martín. Artículo 2°.- El Jefe de la Ofi cina de Registros del Estado Civil de la Comunidad Nativa señalada en el artículo 1°, queda encargado de las funciones registrales cuya delegación se autoriza; así como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegación funcional dispuesta, ceñida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervisión y control del RENIEC. Artículo 3°.- El RENIEC, a través de la Sub Gerencia Técnica de Registros Civiles de la Gerencia de Registros Civiles, proporcionará los Libros de Nacimiento, Matrimonio y Defunción, a la Ofi cina de Registros del Estado Civil de la Comunidad Mishki Yakillu, Distrito de Pinto Recodo, Provincia de Lamas, Departamento de San Martin; correspondiendo a la Jefatura Regional a cuya jurisdicción pertenece, orientar e impartir instrucciones a ésta, a fi n de que el procedimiento registral se realice conforme a las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 1208630-4 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Aprueban modificación del Estatuto Social de la empresa CG Suramérica S.A.C. Corredores de Reaseguros, variando su denominación social a Cooper Gay Suramérica S.A.C. Corredores de Reaseguros RESOLUCIÓN SBS Nº 1456-2015 Lima, 26 de febrero de 2015 EL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE REGISTROS VISTA: La solicitud presentada por el señor Luis Felipe Ocampo Villarán, Gerente General de la empresa CG SURAMÉRICA S.A.C. CORREDORES DE REASEGUROS, con Registro N° CRE-058, para que se le autorice la modifi cación parcial de su Estatuto Social; CONSIDERANDO: Que, en Junta General de Accionistas de la empresa CG SURAMÉRICA S.A.C. CORREDORES DE REASEGUROS, celebrada el 19 de febrero de 2015, se acordó el cambio de su denominación social a COOPER GAY SURAMÉRICA S.A.C. CORREDORES DE REASEGUROS; asimismo, se acordó el aumento del capital social de la suma de S/. 74,000.00 a la de S/. 104,000.00 Nuevos Soles, por el aporte en efectivo realizado por los accionistas; y en consecuencia, la modifi cación del Artículo Primero y Quinto de su Estatuto Social, respectivamente; Que, de conformidad con el artículo 14° del Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, aprobado mediante Resolución SBS N° 1797-2011, el aumento de capital por aportes en efectivo no necesita autorización por parte de esta Superintendencia, por encontrarse dentro de las excepciones de autorización para la modifi cación del Estatuto Social especifi cadas en el citado artículo; Que, con relación a la modifi cación del Artículo Primero del Estatuto Social, la empresa solicitante ha cumplido con lo establecido por el artículo 14° del citado Reglamento y con los requisitos exigidos por el Procedimiento 151 del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de esta Superintendencia, aprobado por Resolución S.B.S. N° 3082-2011 de fecha 11 de marzo de 2011 y sus modifi catorias; Que, estando a lo informado por el Departamento de Registros de la Secretaría General de la Superintendencia; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702, sus modifi catorias y en virtud de la facultad delegada por la Resolución S.B.S. N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar en los términos propuestos, la modifi cación del Artículo Primero del Estatuto Social de la empresa CG SURAMÉRICA S.A.C. CORREDORES DE REASEGUROS, según el cual varía su denominación social a COOPER GAY SURAMÉRICA S.A.C. CORREDORES DE REASEGUROS, con Registro CRE- 058, cuyos documentos pertinentes quedan archivados en este Organismo; y, devuélvase la Minuta que lo formaliza con el sello ofi cial de esta Superintendencia, para su elevación a Escritura Pública en la que se insertará el texto de la presente Resolución, para su correspondiente inscripción en los Registros Públicos. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL RODDY PASTOR MEJÍA Jefe del Departamento de Registros 1207673-1 Autorizan renovación de inscripción de solicitantes en el Registro de Empresas y Personas que efectúan Operaciones Financieras o de Cambio de Moneda RESOLUCIÓN SBS Nº 01510-2015 Lima, 3 de marzo de 2015 EL SECRETARIO GENERAL VISTOS: Los expedientes Nº 2014-00054298, 2014-00054299, 2014-00056999, 2014-00063467, 2014-00064615, 2014-00064944, 2014-00064951, 2014-00065892, 2014-00066072, 2014-00066074, 2014-00066694, 2014-00066702, 2014-00067785, 2014-00069441, 2014-00069510, 2014-00069753, 2014-00069950, 2014-00070108, 2014-00070638, 2014-00071740, 2014-00072293, 2014-00072381, 2014-00072382, 2014-00073051, 2014-00073267, 2014-00074412, 2014-00074415, 2014-00074803, 2014-00075208, 2014-00075647, 2014-00077159, 2014-00077629, 2014-00078666, 2014-00079206, 2014-00079207, 2014-00079283, 2014-00079731, 2014-00080194, 2014-00080195, 2014-00080196, 2014-00080313, 2014-00080317, 2014-00080318, 2014-00081813,