Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2015 (16/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el valor total de tasacion correspondiente a tres (3) predios afectados por la ejecucion de la obra: Rehabilitacion y Mejoramiento de la Carretera MORDAZA - Celendin - Balsas, Tramo II: Km. 26+000 - Km. 52+000, localizados en el distrito de Encanada, provincia y departamento de Cajamarca; conforme se detalla a continuacion:
CODIGO DEL PREDIO EM-003 EM-035 EM-093 VALOR DE PORCENTAJE TASACION ADICIONAL S/. 10% - S/. 1 150,60 115,06 396,36 39,64 2 799,39 279,94 VALOR TOTAL DE TASACION S/. 1 265,66 436,00 3 079,33

El Peruano Lunes 16 de marzo de 2015

ITEM 1 2 3

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones 1211705-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 115-2015 MTC/02 MORDAZA, 12 de marzo de 2015 VISTO: La Nota de Elevacion N° 020-2015-MTC/20 del Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL sobre la aprobacion del valor total de la tasacion correspondiente a un predio afectado por la ejecucion de la obra: Rehabilitacion y Mejoramiento de la Carretera MORDAZA - Abancay, Tramo V: Km. 210+000 al Km. 256+500; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27628, Ley que facilita la ejecucion de obras publicas viales, establece que la adquisicion de inmuebles afectados por trazos en vias publicas se realizara por trato directo entre la entidad ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley General de Expropiaciones; Que, los articulos 2°, 3° y 4° de la Ley N° 27628 son modificados por la Tercera Disposicion Complementaria Modificatoria de la Ley N° 30025, Ley que facilita la adquisicion, expropiacion y posesion de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad publica la adquisicion o expropiacion de bienes inmuebles

afectados para la ejecucion de diversas obras de infraestructura; Que, segun el articulo 2° de la Ley N° 27628, el valor de la tasacion sera fijado por la Direccion Nacional de Construccion, considerando lo siguiente: a) el valor comercial del predio y mejoras, de corresponder; y b) una indemnizacion por el perjuicio causado que incluya, en caso corresponda, el dano emergente y lucro cesante; que el monto de la indemnizacion debera considerar, entre otros, el resarcimiento de los gastos tributarios, incluyendo el Impuesto a la Renta, en que debera incurrir el sujeto pasivo como consecuencia de la expropiacion. Asimismo, establece que el valor total de la tasacion es aprobado por resolucion ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, cuya tasacion debera de tener una antiguedad no mayor a dos anos al momento de su aprobacion. Y segun el articulo 3°, la aprobacion del valor total de la tasacion se hace considerando el monto fijado por la Direccion Nacional de Construccion y agregando un porcentaje adicional del 10% del valor comercial de predio y mejoras, de corresponder; Que, el articulo 27° de la Ley N° 30230 modifica la Primera Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30025 estableciendo que, tratandose de los procedimientos de adquisicion de inmuebles por trato directo iniciados al MORDAZA de la Ley N° 27628, MORDAZA de la vigencia de dicha ley y que se encuentran comprendidos en la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la misma, se autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a culminar dichos procedimientos de trato directo bajo los alcances de la Ley N° 27628; Que, segun los antecedentes, Provias Nacional y la Direccion Nacional de Construccion suscribieron el Convenio MORDAZA N° 037-2009-MTC/20 de Cooperacion Interinstitucional, para que en aplicacion de la Ley N° 27117, Ley General de Expropiaciones, y la Ley N° 27628, la referida Direccion efectue la valuacion comercial de los predios afectados por la ejecucion de obras publicas realizadas por dicho Proyecto Especial, asi como los ejecutados por los contratos de concesion de los Proyectos de Infraestructura de Transporte que comprenden la Red Vial Nacional; Que, dentro de los alcances de dicho Convenio MORDAZA, el Gerente de la Unidad Gerencial de Estudios de Provias Nacional a traves del Oficio N° 3145-2011-MTC/20.6, de fecha 06 de diciembre de 2011, solicito a la Direccion Nacional de Construccion, la valuacion comercial de seis (6) expedientes individuales correspondientes a predios afectados por la ejecucion de la obra: Rehabilitacion y Mejoramiento de la Carretera MORDAZA - Andahuaylas, Tramo V, Km. 210+000 al Km. 256+500, ubicados en los distritos de MORDAZA MORDAZA de Chicmo y Talavera, provincia de Andahuaylas, departamento de Apurimac; Que, posteriormente, la Unidad Gerencial de Estudios mediante el Oficio N° 3074-2013-MTC/20.6, con relacion a los expedientes individuales remitidos, alcanzo informacion

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan mas de una pagina, se adjuntara un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCION

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