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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2015 (16/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 5

El Peruano Lunes 16 de marzo de 2015 548655 “Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica: Cobertura Universal Norte, Cobertura Universal Sur y Cobertura Universal Centro”, así como, la ratifi cación de la incorporación del mismo al proceso de promoción de la inversión privada; Que, con fecha 23 de diciembre de 2013, PROINVERSIÓN adjudicó la Buena Pro del Concurso de Proyectos Integrales para la concesión del Proyecto “Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica: Cobertura Universal Norte, Cobertura Universal Sur y Cobertura Universal Centro”, resultando adjudicataria de la Buena Pro, el Consorcio TV Azteca - Tendai, quien, de conformidad con lo previsto en las Bases del Concurso, constituyó la sociedad concesionaria denominada Azteca Comunicaciones Perú S.A.C; Que, con fecha 17 de junio de 2014, el Estado Peruano en calidad de Concedente, representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y la empresa Azteca Comunicaciones Perú S.A.C, en calidad de Concesionario, suscribieron el Contrato de Concesión para el diseño, fi nanciamiento, despliegue, operación y mantenimiento del proyecto “Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica: Cobertura Universal Norte, Cobertura Universal Sur y Cobertura Universal Centro”; Que, en virtud de lo dispuesto en las Cláusulas 25.3 y 34 del Contrato de Concesión, la Concesionaria se ha obligado a constituir y formalizar el Fideicomiso de Administración Red Dorsal, en calidad de Fideicomitente, con la fi nalidad de administrar los Ingresos Totales y los Ingresos Disponibles y, de ser el caso, el pago de los recursos Excedentes Netos, la Prima por Resultados y el Cofi nanciamiento, entre otros; el cual se regirá en los términos que se indican en la cláusula 34 y el Anexo Nº 5 del Contrato de Concesión; Que, por otro lado, el Anexo Nº 5 del Contrato de Concesión, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones - en su calidad de Concedente - participará también como fi deicomitente del Contrato de Fideicomiso, cediendo al Fideicomiso, los fl ujos correspondientes a las Penalidades y el depósito de los importes correspondientes al Cofi nanciamiento, en caso los Ingresos Disponibles no sean sufi cientes para cubrir el pago del RPI y del RPMO; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar la constitución de un Fideicomiso de Administración que suscribirá el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la empresa Azteca Comunicaciones Perú S.A.C. y La Fiduciaria S.A., en el marco del Contrato de Concesión; Que, conforme al artículo 6 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo No. 021-2007-MTC, el Ministro es la más alta autoridad política del Sector, es el titular del pliego presupuestal y representa al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, pudiendo delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas de su cargo; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 24) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación de la constitución del Fideicomiso de Administración Aprobar la constitución de un Fideicomiso de Administración que suscribirán el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la empresa Azteca Comunicaciones Perú S.A.C. y La Fiduciaria S.A., en el marco del Contrato de Concesión para el diseño, fi nanciamiento, despliegue, operación y mantenimiento del proyecto “Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica: Cobertura Universal Norte, Cobertura Universal Sur y Cobertura Universal Centro”. Artículo 2.- Autorización para suscribir el Contrato de Fideicomiso de Administración Autorizar al Viceministro de Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para que en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el Contrato de Fideicomiso de Administración, cuya constitución se aprueba en el artículo precedente. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de marzo del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones 1211849-1 Disponen que el Ministerio distribuirá recursos a favor de los Gobiernos Regionales, para el Año Fiscal 2015, a fin de apoyar el cumplimiento de funciones transferidas en materia de telecomunicaciones, así como para financiar la operación y mantenimiento de sistemas de telecomunicaciones transferidos en el proceso de descentralización RESOLUCION MINISTERIAL N° 110-2015 MTC/01 Lima, 12 de marzo de 2015 VISTO: El Memorando N° 065-2015-MTC/26 y el Informe N° 014-2015-MTC/26 de la Dirección General de Regulación