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El Peruano Lunes 16 de marzo de 2015 548653 Autorizan la prepublicación de nueve (09) proyectos de Decretos Supremos que aprueban Reglamentos Técnicos sobre el Etiquetado de Eficiencia Energética de equipos consumidores de energéticos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 123-2015-MEM/DM Lima, 12 de marzo de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley 27345, Ley de Promoción de Uso Efi ciente de la Energía, se declara de interés nacional la promoción del uso efi ciente de la energía para asegurar el suministro de energía, proteger al consumidor, fomentar la competitividad de la economía nacional y reducir el impacto ambiental negativo del uso y consumo de los energéticos, el Reglamento de dicha Ley fue aprobado mediante Decreto Supremo N° 053-2007-EM; Que, el artículo 3º de la Ley 27345, entre otros, establece que los equipos y artefactos que requieren suministro de energéticos incluirán en sus etiquetas, envases, empaques y publicidad la información sobre su consumo energético en relación con estándares de efi ciencia energética, para lo cual, para cada tipo de equipo y artefacto requerirá la aprobación de pautas y lineamientos que correspondan, así como la determinación de sus estándares de consumo energético por parte de las Direcciones Generales del Ministerio de Energía y Minas; Que, en ese sentido, es necesario aprobar Reglamentos Técnicos que establezcan las pautas y lineamientos sobre el Etiquetado de Efi ciencia Energética de equipos consumidores de energéticos, a fi n de establecer la información que deberá ser incluida en sus etiquetas, envases, empaques y publicidad, y de esta manera se confi gure un mecanismo que proteja a los consumidores y les permita tomar decisiones informadas respecto de los productos que deseen adquirir; Que, en atención a lo dispuesto en el artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas generales que sean de su competencia en el Diario Ofi cial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, con el fi n de recibir comentarios de los interesados; Que, asimismo, el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS establece que en el caso de publicación de normas legales que tengan anexos, se publicarán en el Diario Ofi cial El Peruano solamente la correspondiente norma aprobatoria, disponiéndose en la misma que los anexos se publicarán mediante el Portal Electrónico de la entidad emisora en la misma fecha de la publicación ofi cial; Que, mediante Decreto Supremo Nº 149-2005-EF, se establecieron disposiciones reglamentarias relacionadas al Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC) en el ámbito de bienes, y el Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios de la OMC, en el ámbito de servicios; Que, el artículo 7º del Decreto Supremo Nº 149-2005- EF, señala que mediante Resolución Ministerial del sector correspondiente, los proyectos de Reglamentos Técnicos y las medidas adoptadas que afecten el comercio de bienes y servicios deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano o en la página web del sector que los elabore. Asimismo, se precisa que, tratándose de la publicación en la página web, la Resolución Ministerial deberá indicar obligatoriamente el vínculo electrónico correspondiente y que el proyecto de Reglamento Técnico deberá permanecer en el vínculo electrónico por lo menos noventa (90) días calendario, contados desde la publicación de la Resolución Ministerial del sector correspondiente en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, en ese sentido, corresponde ordenar la prepublicación de los proyectos de Decreto Supremo que aprueban los Reglamentos Técnicos sobre el Etiquetado de Efi ciencia Energética de equipos consumidores de energéticos, otorgando a los interesados un plazo de noventa (90) días calendario para la remisión por escrito o vía electrónica de los comentarios y sugerencias; De conformidad con lo establecido en la Ley 27345, Ley de Promoción de Uso Efi ciente de la Energía, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 053- 2007-EM y el Decreto Supremo Nº 149-2005-EF; Con la opinión favorable del Secretario General, Viceministro de Energía, Director de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y Directora General de Efi ciencia Energética; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la prepublicación de nueve (09) proyectos de Decretos Supremos que aprueban Reglamentos Técnicos sobre el Etiquetado de Efi ciencia Energética de equipos consumidores de energéticos, los mismos que como Anexos forman parte integrante de la presente resolución y se señalan a continuación: i. Reglamento Técnico sobre el Etiquetado de Efi ciencia Energética de Lámparas de Uso Doméstico y Similar. ii. Reglamento Técnico sobre el Etiquetado de Efi ciencia Energética de Balastos para Lámparas Fluorescentes de Uso Doméstico y Similar. iii. Reglamento Técnico sobre el Etiquetado de Efi ciencia Energética de Aparatos de Refrigeración de Uso Doméstico. iv. Reglamento Técnico sobre el Etiquetado de Efi ciencia Energética de Lavadoras de Uso Doméstico. v. Reglamento Técnico sobre el Etiquetado de Efi ciencia Energética de Secadoras de Tambor de Uso Doméstico. vi. Reglamento Técnico sobre el Etiquetado de Efi ciencia Energética de Aparatos de Aire Acondicionado. vii. Reglamento Técnico sobre el Etiquetado de Efi ciencia Energética de Calentadores de Agua de Uso Doméstico. viii. Reglamento Técnico sobre el Etiquetado de Efi ciencia Energética de Motores Eléctricos Trifásicos Asíncronos o de Inducción con Rotor de Jaula de Ardilla. ix. Reglamento Técnico sobre el Etiquetado de Efi ciencia Energética de Calderas. Artículo 2º.- Establecer un plazo de noventa (90) días calendario, contados a partir de la publicación de la presente resolución, a fi n de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Dirección General de Efi ciencia Energética del Ministerio de Energía y Minas, sito en Av. De Las Artes Sur Nº 260, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, o vía internet a la siguiente dirección de correo electrónico: etiquetadoenergetico@minem.gob.pe. El registro de las opiniones y sugerencias recibidas en medio físico o electrónico, estará a cargo del señor Jesús Walter Carrasco Chacón. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario ofi cial El Peruano y los nueve (09) Proyectos de Decreto Supremo en el portal institucional del Ministerio de Energía y Minas (www. minem.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas 1211321-1 Precisan plazo para la presentación de los Anexos 1 y 2 de la R.M. Nº 248- 2014-MEM/DM, a través del Anexo VI de la Declaración Anual Consolidada (DAC) RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 061-2015-MEM/DGM Lima, 12 de marzo de 2015