Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2015 (16/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano Lunes 16 de marzo de 2015

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energeticos, otorgando a los interesados un plazo de noventa (90) dias calendario para la remision por escrito o via electronica de los comentarios y sugerencias; De conformidad con lo establecido en la Ley 27345, Ley de Promocion de Uso Eficiente de la Energia, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0532007-EM y el Decreto Supremo Nº 149-2005-EF; Con la opinion favorable del Secretario General, Viceministro de Energia, Director de la Oficina General de Asesoria Juridica y Directora General de Eficiencia Energetica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la prepublicacion de nueve (09) proyectos de Decretos Supremos que aprueban Reglamentos Tecnicos sobre el Etiquetado de Eficiencia Energetica de equipos consumidores de energeticos, los mismos que como Anexos forman parte integrante de la presente resolucion y se senalan a continuacion: i. Reglamento Tecnico sobre el Etiquetado de Eficiencia Energetica de Lamparas de Uso Domestico y Similar. ii. Reglamento Tecnico sobre el Etiquetado de Eficiencia Energetica de Balastos para Lamparas Fluorescentes de Uso Domestico y Similar. iii. Reglamento Tecnico sobre el Etiquetado de Eficiencia Energetica de Aparatos de Refrigeracion de Uso Domestico. iv. Reglamento Tecnico sobre el Etiquetado de Eficiencia Energetica de Lavadoras de Uso Domestico. v. Reglamento Tecnico sobre el Etiquetado de Eficiencia Energetica de Secadoras de Tambor de Uso Domestico. vi. Reglamento Tecnico sobre el Etiquetado de Eficiencia Energetica de Aparatos de Aire Acondicionado. vii. Reglamento Tecnico sobre el Etiquetado de Eficiencia Energetica de Calentadores de Agua de Uso Domestico. viii. Reglamento Tecnico sobre el Etiquetado de Eficiencia Energetica de Motores Electricos Trifasicos Asincronos o de Induccion con Rotor de Jaula de Ardilla. ix. Reglamento Tecnico sobre el Etiquetado de Eficiencia Energetica de Calderas. Articulo 2º.- Establecer un plazo de noventa (90) dias calendario, contados a partir de la publicacion de la presente resolucion, a fin de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Direccion General de Eficiencia Energetica del Ministerio de Energia y Minas, sito en Av. De Las Artes Sur Nº 260, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, o via internet a la siguiente direccion de correo electronico: etiquetadoenergetico@minem.gob.pe. El registro de las opiniones y sugerencias recibidas en medio fisico o electronico, estara a cargo del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Chacon. Articulo 3º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el diario oficial El Peruano y los nueve (09) Proyectos de Decreto Supremo en el MORDAZA institucional del Ministerio de Energia y Minas (www. minem.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Energia y Minas 1211321-1

Autorizan la prepublicacion de nueve (09) proyectos de Decretos Supremos que aprueban Reglamentos Tecnicos sobre el Etiquetado de Eficiencia Energetica de equipos consumidores de energeticos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 123-2015-MEM/DM MORDAZA, 12 de marzo de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley 27345, Ley de Promocion de Uso Eficiente de la Energia, se declara de interes nacional la promocion del uso eficiente de la energia para asegurar el suministro de energia, proteger al consumidor, fomentar la competitividad de la economia nacional y reducir el impacto ambiental negativo del uso y consumo de los energeticos, el Reglamento de dicha Ley fue aprobado mediante Decreto Supremo N° 053-2007-EM; Que, el articulo 3º de la Ley 27345, entre otros, establece que los equipos y artefactos que requieren suministro de energeticos incluiran en sus etiquetas, envases, empaques y publicidad la informacion sobre su consumo energetico en relacion con estandares de eficiencia energetica, para lo cual, para cada MORDAZA de equipo y artefacto requerira la aprobacion de pautas y lineamientos que correspondan, asi como la determinacion de sus estandares de consumo energetico por parte de las Direcciones Generales del Ministerio de Energia y Minas; Que, en ese sentido, es necesario aprobar Reglamentos Tecnicos que establezcan las pautas y lineamientos sobre el Etiquetado de Eficiencia Energetica de equipos consumidores de energeticos, a fin de establecer la informacion que debera ser incluida en sus etiquetas, envases, empaques y publicidad, y de esta manera se configure un mecanismo que proteja a los consumidores y les permita tomar decisiones informadas respecto de los productos que deseen adquirir; Que, en atencion a lo dispuesto en el articulo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, las entidades publicas dispondran la publicacion de los proyectos de normas generales que MORDAZA de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electronicos o mediante cualquier otro medio, con el fin de recibir comentarios de los interesados; Que, asimismo, el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS establece que en el caso de publicacion de normas legales que tengan anexos, se publicaran en el Diario Oficial El Peruano solamente la correspondiente MORDAZA aprobatoria, disponiendose en la misma que los anexos se publicaran mediante el MORDAZA Electronico de la entidad emisora en la misma fecha de la publicacion oficial; Que, mediante Decreto Supremo Nº 149-2005-EF, se establecieron disposiciones reglamentarias relacionadas al Acuerdo sobre Obstaculos Tecnicos al Comercio de la Organizacion Mundial del Comercio (OMC) en el ambito de bienes, y el Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios de la OMC, en el ambito de servicios; Que, el articulo 7º del Decreto Supremo Nº 149-2005EF, senala que mediante Resolucion Ministerial del sector correspondiente, los proyectos de Reglamentos Tecnicos y las medidas adoptadas que afecten el comercio de bienes y servicios deberan publicarse en el Diario Oficial El Peruano o en la pagina web del sector que los elabore. Asimismo, se precisa que, tratandose de la publicacion en la pagina web, la Resolucion Ministerial debera indicar obligatoriamente el vinculo electronico correspondiente y que el proyecto de Reglamento Tecnico debera permanecer en el vinculo electronico por lo menos noventa (90) dias calendario, contados desde la publicacion de la Resolucion Ministerial del sector correspondiente en el Diario Oficial El Peruano; Que, en ese sentido, corresponde ordenar la prepublicacion de los proyectos de Decreto Supremo que aprueban los Reglamentos Tecnicos sobre el Etiquetado de Eficiencia Energetica de equipos consumidores de

Precisan plazo para la MORDAZA de los Anexos 1 y 2 de la R.M. Nº 2482014-MEM/DM, a traves del Anexo VI de la Declaracion Anual Consolidada (DAC)
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 061-2015-MEM/DGM MORDAZA, 12 de marzo de 2015

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