Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2015 (16/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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Consejo Nacional de la Magistratura, Titular y Suplente, por los miembros de los Colegios de Abogados del MORDAZA para el periodo 2015-2020, conforme al anexo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento del Consejo Nacional de la Magistratura, del MORDAZA Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el contenido de la presente resolucion y su anexo para los fines pertinentes. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente resolucion y de su anexo en el diario oficial El Peruano, en otro de circulacion nacional, asi como en el MORDAZA Institucional, www.onpe.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe ANEXO A LA RESOLUCION JEFATURAL Nº 096-2015-J/ONPE
Candidatos al CNM por los Colegios de Abogados del MORDAZA 1. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 3. MORDAZA MORDAZA MORDAZA HAYEN 4. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 5. MORDAZA OGRES SAUSA MORDAZA Colegio de Abogados de MORDAZA Colegio de Abogados de MORDAZA Colegio de Abogados de Ica Colegio de Abogados de MORDAZA Norte 2. MORDAZA MORDAZA BELAUNDE MORDAZA Colegio de Abogados del Callao

El Peruano Lunes 16 de marzo de 2015

fecha 23 de enero de 2015, Proveido Nº 0047-2015 del Despacho de Alcaldia, sobre "Plan Local de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social ­ 2015 del Distrito de Punta Negra"; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 28607, publicado en el diario el Peruano el 04.10.05 precisa que(...) las municipalidades distritales son organos de gobiernos local y que gozan de su autonomia, politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencias, Asimismo representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral sostenible y armonico. Que, mediante la Ley Nº 27933 se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana. Asimismo, por Decreto Supremo Nº 012-2003-IN se aprobo el Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana. Que, el articulo 2º de la Ley Nº 27933, senala que la Seguridad Ciudadana es la accion integrada que desarrolla el Estado, con la colaboracion de la ciudadania, destinada a asegurar su convivencia pacifica, la erradicacion de la violencia y la utilizacion pacifica de las vias y espacios publicos. Del mismo modo, contribuir a la prevencion de comision de delitos y faltas; Que, la Unica Disposicion Complementaria modificatoria del Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, modifico el articulo 3º de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, constituyendo el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana como sistema funcional encargado de asegurar el cumplimiento de las politicas publicas que orientan la intervencion del Estado en esta materia, a fin de garantizar la seguridad, la paz, la tranquilidad y el cumplimiento y respeto de las garantias individuales y sociales a nivel nacional para lograr una situacion de paz social y la proteccion del libre ejercicio de los derechos y libertades; Que, el articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, establece que el Ministerio del Interior es el ente rector del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana que, como autoridad tecnica normativa, dicta normas y establece los procedimientos relacionados con la implementacion de las politicas nacionales en esta materia, coordina su operacion tecnica, asi como la articulacion entre las diversas entidades involucradas, siendo responsable, ademas, de su correcto funcionamiento; Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2013-IN se aprobo el "Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 20132018" como politica nacional del Estado Peruano, principal instrumento orientador en esta materia, que establece la vision, las metas, los objetivos y las actividades para enfrentar la inseguridad, la violencia y el delito en el pais; Que, la Ley Nº 30055, Ley que modifica la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades y la Ley Nº27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, dispuso en su Unica Disposicion Complementaria Transitoria que el Poder Ejecutivo adecuara el Reglamento de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, y sus modificatorias; Que, del mismo modo, el articulo 85º numeral 3) de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, referente a la Seguridad Ciudadana senala, entre otros, que las municipalidades distritales tienen como funcion especifica organizar el servicio de serenazgo o vigilancia municipal cuando lo crea conveniente; Que, el articulo 13º de la mencionada Ley establece que los Comites Distritales, son los encargados de formular los planes, programas, proyectos y directivas de seguridad ciudadana asi como ejecutar los mismos en sus jurisdicciones; Que, asimismo, para cumplir con los objetivos senalados por esta gestion municipal resulta necesario impulsar un mayor compromiso y participacion de la ciudadania a traves de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana (JJ.VV.) y otras organizaciones vecinales; Que, en la Directiva Nº 001-2015-IN, de la Resolucion Ministerial Nº 010-2015-IN con fecha 09 de enero del

5. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Colegio de Abogados de MORDAZA 7. MORDAZA MORDAZA YLDEFONSO MORDAZA Colegio de Abogados de MORDAZA de MORDAZA 8. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 9. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1 Colegio de Abogados de MORDAZA Colegio de Abogados de MORDAZA

10. MORDAZA MORDAZA BARDELLI LARTIRIGOYEN Colegio de Abogados de Huaura

1

NOTA: Ver MORDAZA considerando de la presente resolucion.

1211660-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA
Aprueban Ordenanza del Plan Local de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social 2015 del distrito de Punta Negra
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 001-2015/MDPN Punta Negra, 29 de enero del 2015. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA NEGRA POR CUANTO: El Concejo Municipal distrital de Punta Negra, en Sesion Ordinaria de fecha 29 de enero de 2015; VISTO: En Sesion de Concejo de fecha 29 de enero de 2015, el Informe Nº 001-2015- ST-CODISEC/PUNTA NEGRA de

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