Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 2015 (18/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

548834 Designan Jefa de la Oficina General de Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones de la ONAGI y le encargan funciones de Jefa de la Oficina de Comunicaciones y Jefa de la Oficina de Tecnologias de la Informacion
RESOLUCION JEFATURAL Nº 0093-2015-ONAGI-J MORDAZA, 16 de marzo del 2015 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al literal f) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Nacional de Gobierno Interior, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2013-IN, es potestad del Jefe Nacional de la Oficina Nacional de Gobierno Interior, designar y remover a los empleados de confianza de conformidad con la legislacion vigente; Contandose con las visaciones de la Secretaria General y del Jefe de la Oficina General de Asesoria Juridica de la Oficina Nacional de Gobierno Interior; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que Regula la Participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos; el Decreto Legislativo N° 1140 que crea la Oficina Nacional de Gobierno Interior y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Nacional de Gobierno Interior, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2013-IN; SE RESUELVE: Articulo 1.- DESIGNAR, a la Ingeniera MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Jefa de la Oficina General de Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones de la Oficina Nacional de Gobierno Interior, cargo considerado de confianza. Articulo 2.- ENCARGAR, las funciones de Jefa de la Oficina de Comunicaciones de la Oficina General de Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones de la Oficina Nacional de Gobierno Interior a la Ingeniera MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en adicion a sus funciones. Articulo 3.- ENCARGAR, las funciones de Jefa de la Oficina de Tecnologias de la Informacion de la Oficina General de Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones de la Oficina Nacional de Gobierno Interior a la Ingeniera MORDAZA MORDAZA MORDAZA HUARANGAen adicion a sus funciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PESTANA MORDAZA Jefe de la Oficina Nacional de Gobierno Interior (e) 1212672-3 CONSIDERANDO:

El Peruano Miercoles 18 de marzo de 2015

Que, el articulo 100º del Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversion Privada en Energia y Mineria - OSINERGMIN1 faculta a los organos de esta institucion a emitir precedentes de observancia obligatoria cuando, al resolver casos particulares en MORDAZA instancia administrativa, interpreten de manera expresa y general el sentido de las normas. Que, el articulo 48º del referido reglamento establece que la funcion de solucion de reclamos de usuarios de los servicios publicos de electricidad y gas natural por red de ductos es ejercida, en MORDAZA y MORDAZA instancia administrativa, por la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios -JARU. Que, de acuerdo con lo previsto en el articulo 12º del Reglamento de los Organos Resolutivos de OSINERGMIN2 corresponde a la Sala Plena aprobar los precedentes de observancia obligatoria sobre la base de los criterios aprobados por las MORDAZA Unipersonales o las MORDAZA Colegiadas de la JARU en las resoluciones que hayan emitido. Que, en la sesion de Sala Plena realizada el 21 de enero de 2015, se acordo aprobar un precedente de observancia obligatoria que versa sobre evaluacion de la prescripcion extintiva de la accion de cobro de deuda cuando los reclamantes la invocan dentro de los procedimientos administrativos de reclamos de los servicios publicos de electricidad y gas natural, de acuerdo al articulo 2°, numeral 1) de la Directiva Procedimiento Administrativo de Reclamos de los Usuarios de los Servicios Publicos de Electricidad y Gas Natural3, el cual ha sido desarrollado por las MORDAZA de la JARU en procedimientos administrativos de reclamos de usuarios del servicio publico de electricidad. Que, mediante el articulo 13º del Reglamento de los Organos Resolutivos de Osinergmin se dispuso la publicacion de los precedentes de observancia obligatoria que se aprueben en Sala Plena y mediante el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS se establecieron disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general; Por lo expuesto, de conformidad con el Reglamento de los Organos Resolutivos de Osinergmin; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la publicacion del precedente de observancia obligatoria aprobado en la Sesion Plena de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios ­ JARU del 21 de enero de 2015, cuyo texto se incluye en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Disponer que la presente resolucion, el precedente de observancia obligatoria aprobado, su exposicion de motivos y las resoluciones sobre la base de las cuales aquel fue elaborado, MORDAZA publicados en la pagina web del Osinergmin. Articulo Tercero.- El precedente MORDAZA indicado sera de obligatorio cumplimiento a nivel nacional desde el dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese.

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Disponen publicar precedente de observancia obligatoria aprobado en Sesion Plena de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios - JARU, sobre prescripcion extintiva de la accion de cobro de deuda
RESOLUCION DE SALA PLENA N° 01-2015-OS/JARU MORDAZA, 21 de enero de 2015

Con la intervencion y MORDAZA favorable de los senores Vocales MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Sheput Stuchi, MORDAZA Momiy MORDAZA, MORDAZA Braschi O´Hara, MORDAZA Ferrer MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Bustios. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Sala Plena JARU

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Aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM (publicado el 9 de MORDAZA de 2001). Aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 067-2008-OS/CD (publicado el 3 de marzo de 2008). Aprobada por la Resolucion N° 671-2007-OS/CD.

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