Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2015 (20/03/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 28

548994
MORDAZA de codigo Nº 11000494Y01, MORDAZA Nº 11 de codigo Nº 11024443X01, MORDAZA Nº 2 de codigo Nº 11000504Y01, MORDAZA Nº 5 de codigo Nº 11021326X01, MORDAZA Nº 6 de codigo Nº 11021327X01, MORDAZA Nº 7 de codigo Nº 11021328X01, MORDAZA Nº 8 de codigo Nº 11021361X01, MORDAZA Nº 9 de codigo Nº 11021362X01, SAN MORDAZA DE COTA COTA I de codigo Nº 050002606, SAN MORDAZA DE MORDAZA de codigo Nº 010283304, SAN MORDAZA DE MORDAZA 1 de codigo Nº 010157106, SAN MORDAZA 53 de codigo Nº 010245306, SAN MORDAZA DE CARANIA de codigo Nº 11021961X01, SAN PEDRITO de codigo Nº 040017504, SAN MORDAZA DOS de codigo Nº 010344604, MORDAZA MORDAZA de codigo Nº 010104794,SANTA MORDAZA de codigo Nº 08018435X01, MORDAZA MORDAZA A de codigo Nº 0800064AY02, MORDAZA MORDAZA DE MOLINO de codigo Nº 010230496, SENOR DE TORRECHAYOC de codigo Nº040008098, SERPIENTE DE ORO MORDAZA MORDAZA de codigo Nº 080011506, SIGLO XXI 100 de codigo Nº050010396, MORDAZA MORDAZA de codigo Nº 040008102, SPUTNIK 16 de codigo Nº 010178506,SPUTNIK 6 de codigo Nº 010000906, SUR PERU 1 de codigo Nº 010048505, VELOCIRAPTOR 112 de codigo Nº 010021695, MORDAZA 10 de codigo Nº 040004699, MORDAZA V de codigo Nº 070013799, VYL I de codigo Nº 070048504, MORDAZA RUMI 2004 de codigo Nº 010143404, YAUYINAZO NORTE de codigo Nº 11022654X01, YAUYOS 64 de codigo Nº 010937395,YAUYOS 65 de codigo Nº 010019801 y YULIANA de codigo Nº 010045697. Articulo 2º.- Poner a disposicion de los interesados la relacion de concesiones mineras indicadas en el articulo primero, a la que se podra acceder en la Sede del Instituto Geologico, Minero y Metalurgico, en sus Organos Desconcentrados asi como a traves de la Pagina Web de la Institucion (www.ingemmet.gob.pe). Articulo 3º.- Consentida o ejecutoriada que sea la presente resolucion, remitase a la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos para su inscripcion, a la Unidad de Administracion Documentaria y Archivo para que se anexe a los respectivos expedientes y a la Direccion de Catastro Minero para los fines de Ley. Registrese, publiquese y archivese. MORDAZA G. MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo Directivo INGEMMET 1212733-1

El Peruano Viernes 20 de marzo de 2015

Dejan sin efecto la Res. Nº 35452014-INGEMMET/PCD/PM y declaran caducidad del derecho minero EMANUEL-2007-2-SILVA
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 0459-2015-INGEMMET/PCD/PM MORDAZA, 16 de marzo de 2015 VISTOS; el expediente de concesion minera EMANUEL-2007-2-SILVA de codigo Nº 010353907 y los Informes Nº 3535-2014-INGEMMET/DDV/T del 6 de noviembre de 2014 y 590-2015-INGEMMET-DDV/ L del 10 de marzo de 2015 respectivamente, emitidos por la Direccion de Derecho de Vigencia; asi como los Memorandos Nº 623 y 630-2014-INGEMMET/SG/OAJ del 20 y 22 de octubre de 2014. CONSIDERANDO: Que, al no haberse efectuado deposito alguno respecto a los ejercicios 2008, 2009, 2010, 2011, 2012, 2013 y 2014, la concesion minera EMANUEL-2007-2SILVA de codigo Nº 010353907 fue incluida en la relacion de derechos mineros cuyos titulares no cumplieron con el pago oportuno del Derecho de Vigencia de dichos ejercicios, aprobadas mediante Resoluciones de Presidencia Nº 3021-2008-INGEMMET/PCD/PM del 20 de agosto de 2008, Nº 115-2009-INGEMMET/PCD del 17 de agosto de 2009, Nº 108-2010-INGEMMET/PCD del 20 de agosto de 2010, Nº 119-2011-INGEMMET/PCD del 19

de agosto de 2011, Nº 128-2012-INGEMMET/PCD del 28 de agosto de 2012, Nº 123-2013-INGEMMET/PCD del 27 de agosto de 2013 y Nº 099-2014-INGEMMET/PCD del 21 de agosto de 2014, respectivamente. Que, revisada la informacion obrante en los expedientes de concesion minera y contando con la informacion remitida por la Oficina de Asesoria Juridica, se determino que no existe MORDAZA judicial, medida cautelar u otro documento administrativo pendiente, entre otros, sobre las referidas concesiones mineras; Que, la competencia para la evaluacion de la situacion de caducidad de la presente concesion le corresponde al Instituto Geologico, Minero y Metalurgico (INGEMMET); en razon que partir del ejercicio 2014 en adelante, los montos a pagar por el Derecho de Vigencia fueron considerados en funcion al Regimen General de pagos; Que, por Resolucion de Presidencia Nº 3545-2014INGEMMET/PCD/PM del 28 de noviembre de 2014, sustentada en el Informe Nº 3589-2014-INGEMMET-DDV del 17 de noviembre de 2014, se declaro la caducidad del presente derecho minero por el no pago oportuno del Derecho de Vigencia de los anos 2008, 2009, 2010, 2011, 2012, 2013 y 2014, la cual fue notificada por correo certificado via Serpost a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al domicilio senalado en autos y al ultimo domicilio senalado en el tramite de su derecho minero analogo MORDAZA 2007 1 de codigo Nº 010517807; Que, con fecha 6 de enero de 2015 se recepcionaron las notificaciones devueltas Nº 321733-2014-INGEMMET y Nº 321732-2014-INGEMMET con numero de ingreso 01000064-15-D y 01-000065-15-D respecto de la Resolucion de Presidencia senalada lineas arriba con la anotacion RECHAZADA y DESCONOCIDO; por ello se procedio a cotejar la informacion domiciliaria y de titularidad; Que, consultado nuevamente el Registro Unico de Identificacion de Personas Naturales, a la que el INGEMMET tiene acceso mediante Convenio suscrito con la RENIEC, se advirtio en los datos de identidad del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la restriccion de fallecimiento con fecha 9-11-2014, por lo que se efectuo la consulta en el Libro de Personas Naturales de la Oficina Registral de MORDAZA, a la que se tiene acceso via convenio suscrito con la SUNARP, observando la existencia de una anotacion preventiva de sucesion intestada en la partida 13346370; Que, mediante Oficio Nº 655-2015-SUNARPZ.R.Nº IX/GPJN-PRJ01 recepcionado con fecha 20 de febrero de 2015, el Registrador Publico de la MORDAZA Registral Nº IX ­ Sede MORDAZA, de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos ­ SUNARP, remite la MORDAZA literal de Sucesion Intestada inscrita en el asiento A00001 del Rubro: Causante y sus herederos de la partida Nº 13346370, en el cual se advierte haberse declarado como herederos del causante a su conyuge superstite MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y a su hijos MORDAZA MORDAZA, Yessica MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Solano; Que, la relacion juridica entre el difunto (causante) y el sucesor (causahabiente), es una relacion exclusivamente causal o sucesoria justificativa de la adquisicion de derechos y obligaciones de caracter patrimonial por parte del MORDAZA, a diferencia de otros derechos como la personalidad, que se extinguen con la muerte del causante de la sucesion; Que, el articulo 5, paragrafo 5.2, de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, establece que en ningun caso sera admisible un objeto o contenido prohibido por el orden normativo, ni incompatible con la situacion de hecho prevista en las normas; ni impreciso, obscuro o imposible de realizar; por ello, al haber fallecido MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y habiendose declarado como sus sucesores a su conyuge superstite e hijos, corresponde se comunique a sus herederos cualquier acto administrativo que la autoridad minera genere. Que, la Direccion de Derecho de Vigencia tiene la responsabilidad de Administrar el Derecho de Vigencia y Penalidad, siendo una de sus funciones la de proponer la relacion de los derechos mineros en causal de caducidad, por el no pago oportuno de 2 anos consecutivos de Derecho de Vigencia, en aplicacion de lo dispuesto por el articulo 32º del Reglamento de Organizacion y Funciones (R.O.F.) del Instituto Geologico, Minero y Metalurgico (INGEMMET), aprobado por Decreto Supremo Nº 0352007-EM; Que, el pago por Derecho de Vigencia es una obligacion exigible por parte del Estado a los titulares de los

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.