Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MARZO DEL AÑO 2015 (22/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 39

El Peruano Domingo 22 de marzo de 2015 549221 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Modifican el artículo primero del Decreto de Alcaldía N° 001-2015-A/MDSJL, referido a convocatoria de elecciones de los representantes de las organizaciones de la sociedad civil para su integración al Consejo de Coordinación Local Distrital DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2015-A/MDSJL San Juan de Lurigancho, 18 de marzo de 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: El Acta de Reunión de fecha 16 de marzo de 2015 del Comité Electoral a cargo del Proceso de Elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) de San Juan de Lurigancho para el periodo comprendido desde el 2 de abril de 2015 al 2 de abril de 2017; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº. 27972, establece que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Decreto de Alcaldía N°. 001-2015-A/ MDSJL del 29 de enero de 2015, publicado el 31 de enero de 2015, se convocó a elecciones de los representantes de las organizaciones de la sociedad civil para su integración al Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) a realizarse, en acto de votación, el 1 de abril de 2015 a horas 10:00 AM. Que, se advierte de la referida Acta de Reunión del Comité Electoral que, la hora fi jada para llevarse a cabo las elecciones de los representantes de las organizaciones de la Sociedad Civil al CCLD, no resulta adecuada, en razón a que muchos de los delegados - electores tienen que cumplir con sus jornadas laborales; por lo que consideraron en forma unánime, a fi n de garantizar el ejercicio democrático de los representantes de las organizaciones de la sociedad civil al citado Concejo, asi como el derecho de participación ciudadana prevista en el artículo 197° de la Constitución Política, modifi car este extremo del Decreto de Alcaldía N°. 001-2015-A/MDSJL del 29 de enero de 2015, dicha elección para las 8:00 PM. Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 20°, numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; RESUELVE: Artículo Primero.- MODIFICAR el artículo primero del Decreto de Alcaldía N°. 001-2015-A/MDSJL del 29 de enero de 2015, el mismo que tendrá el siguiente tenor literal: “Artículo Primero.- CONVOCAR a elecciones de los representantes de las organizaciones de la sociedad civil para su integración al Consejo de Coordinación Local Distrital, en acto de votación a realizarse el día miércoles 1 de Abril del presente año a horas 8:00 PM en el Teatro Municipal, sito en Av. Próceres de la Independencia, cuadra 7 Urb. Chacarilla de Otero, San Juan de Lurigancho”. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN VALENTIN NAVARRO JIMENEZ Alcalde 1214652-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Ratifican el Plan Local de Seguridad Ciudadana para el año 2015 ORDENANZA Nº 377-MDSMP San Martín de Porres, 12 de marzo de 2015. EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado, en el artículo 194º modifi cado por la Ley 27680 - Ley de Reforma Constitucional - en concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades Ley 27972, reconoce a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 13º de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana - Ley Nº 27933 modifi cada por Ley Nº 28863 señala que “Los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana, son los encargados de formular los planes, programas, proyectos y directivas de Seguridad Ciudadana, así como ejecutar los mismos en sus jurisdicciones, dentro del marco de la Política Nacional diseñada por el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC) teniendo a su cargo también la supervisión y evaluación e su ejecución”; Que, el Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana establece en su artículo 26º que los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana son una instancia de diálogo, coordinación y elaboración de políticas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana en el ámbito distrital. Articula las relaciones entre las diversas entidades del sector público y el sector privado que forman parte del SINASEC a nivel distrital. Cuenta con una Secretaría Técnica. Por su parte el artículo 28º del mismo cuerpo legal establece que son funciones del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) además de las establecidas en Nº 27933 y sus modifi catorias las siguientes: a. Aprobar el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana (PDSC); Que, mediante el Acta de fecha 28 de Enero de 2015, el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC), bajo la presidencia del Señor Alcalde, Ingeniero, Adolfo Israel Mattos Piaggio y con el Quórum reglamentario de los señores integrantes del CODISEC, se aprobó el Plan Local Distrital de Seguridad Ciudadana del Distrito de San Martín de Porres 2015; Que, el artículo 30º del Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana señala, que como Secretaría Técnica del CODISEC, la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Distrital, o el órgano que haga sus veces, tiene las siguientes funciones: (...) e) Presentar al Concejo Municipal Distrital el Plan de Seguridad Ciudadana aprobado por el CODISEC para su ratifi cación mediante Ordenanza Municipal (...); En uso de las facultades conferidas, con el voto Unánime y la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA PARA EL AÑO 2015 DEL DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES Artículo Primero.- RATIFICAR el Plan Local de Seguridad Ciudadana para el año 2015 del Distrito de San Martín de Porres, presentado por la Secretaría Técnica de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres. Artículo Segundo.- HACER DE CONOCIMIENTO, esta disposición municipal a las instancias administrativas que correspondan para los fi nes de su estricto cumplimiento. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ADOLFO ISRAEL MATTOS PIAGGIO Alcalde 1214866-1