Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2015 (22/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA 22 de marzo de 2015

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aeropuertos y/o aerodromos cuyas alturas, longitudes de pista y resistencia, asi como otras caracteristicas derivadas de dichos helipuertos, aeropuertos y/o aerodromos, que se encuentran comprendidos en sus tablas de performance disenadas por el fabricante y aprobadas por la autoridad correspondiente, asi como en sus respectivas Especificaciones Tecnicas de Operacion - OPSPECS. Articulo 8º.- El presente Permiso de Operacion sera revocado cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolucion o pierda alguna de las capacidades exigidas por la Ley N° 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, su Reglamento; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectiva Conformidad de Operacion y Especificaciones Tecnicas de Operacion ­ OPSPECS. Articulo 9°.- Si la administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 10°.- La compania MINERA BARRICK MISQUICHILCA S.A. debera respetar la riqueza cultural, historica y turistica que sustenta la buena imagen del pais. Articulo 11º.- El presente Permiso de Operacion queda sujeto a la Ley de Aeronautica Civil del Peru Ley N° 27261, su Reglamento; y demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PAVIC MORDAZA Director General de Aeronautica Civil 1207765-1

DEPARTAMENTO: LA MORDAZA - Chagual / Don Lucho, Huamachuco, Pata de Gallo, Pias, MORDAZA, Tulpo, Urpay. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Chiclayo. DEPARTAMENTO: MORDAZA ­ CALLAO - Internacional "Jorge Chavez", Metropolitano. Lib Mandi

DEPARTAMENTO: MORDAZA - Andoas, Bellavista, Buncuyo, Caballococha, Contamana, Colonia Angamos, El Estrecho, Iquitos, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA, Trompeteros / Corrientes, Yurimaguas. DEPARTAMENTO: MORDAZA DE MORDAZA - Inapari, Puerto MORDAZA DEPARTAMENTO: MORDAZA - Ilo. DEPARTAMENTO: PASCO - MORDAZA Constitucion, Vicco. DEPARTAMENTO: MORDAZA - MORDAZA, Talara. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Juliaca, San Rafael. DEPARTAMENTO: SAN MORDAZA - Juanjui, Palmas del MORDAZA, MORDAZA, Saposoa, Tarapoto, Tocache. DEPARTAMENTO: TACNA - Tacna. DEPARTAMENTO: TUMBES - Tumbes DEPARTAMENTO: UCAYALI - Atalaya, Breu, Culina, Paititi, Pucallpa, Puerto MORDAZA, Sepahua. BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez". Articulo 2º.- Las aeronaves autorizadas a la compania MINERA BARRICK MISQUICHILCA S.A. deben estar provistas de sus correspondientes Certificados de Matricula vigentes, expedidos -de ser el caso- por el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; de sus Certificados de Aeronavegabilidad vigentes, expedidos o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil; y, de la Poliza o Certificado de Seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3º.- La compania MINERA BARRICK MISQUICHILCA S.A. esta obligada a presentar a la Direccion General de Aeronautica Civil, los informes y datos estadisticos que correspondan a su actividad, de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 4º.- La compania MINERA BARRICK MISQUICHILCA S.A. esta obligado a establecer un Sistema de Radiocomunicacion entre los puntos a operar, a fin de mantener la informacion sobre el trafico aereo que realizan sus aeronaves. Articulo 5º.- La compania MINERA BARRICK MISQUICHILCA S.A. empleara en su servicio, personal aeronautico que cuente con su respectiva licencia y certificacion de aptitud expedidos o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 6º.La compania MINERA BARRICK MISQUICHILCA S.A. podra hacer uso de las instalaciones de los aeropuertos y/o aerodromos privados, previa autorizacion de sus propietarios y explotadores; y cuando corresponda, previa obtencion de las autorizaciones gubernamentales especiales que exija la legislacion nacional vigente. Articulo 7º.- Las aeronaves de la compania MINERA BARRICK MISQUICHILCA S.A. podran operar en los

ORGANISMOS EJECUTORES OFICINA NACIONAL DE GOBIERNO INTERIOR
Designan Gobernador Distrital de Lurigancho, provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL N° 0098 -2015-ONAGI-J MORDAZA, 20 de marzo del 2015 VISTO: El Informe N° 202-2015-ONAGI-DGAP, emitido por la Direccion General de Autoridades Politicas de la Oficina Nacional de Gobierno Interior; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 4 del articulo 10 del Decreto Legislativo N° 1140, de fecha 10 de diciembre de 2012, que crea la Oficina Nacional de Gobierno Interior, en concordancia con el literal i) del articulo 8 del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Nacional de Gobierno Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 0032013-IN, establecen que entre las funciones del Jefe de la Oficina Nacional de Gobierno Interior se encuentra la de designar, remover y supervisar a los Gobernadores Provinciales y Distritales; Que, segun lo indicado en el literal b) del articulo 50 del precitado Reglamento de Organizacion y Funciones, la Direccion General de Autoridades Politicas tiene como funcion proponer la designacion y remocion de los Gobernadores Provinciales y Distritales; Que, de conformidad con las precitadas normas, mediante Resolucion Jefatural N° 0050-2015-ONAGI-J, de fecha 09 de febrero de 2015, se aprobo el Reglamento

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