Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2015 (22/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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se establece que la finalidad de la actualmente denominada Comision Nacional de Productividad Judicial es conducir el seguimiento y monitoreo de la descarga procesal en los organos jurisdiccionales transitorios y permanentes a nivel nacional; asi como proponer al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial las acciones complementarias que permitan operativizar dicha actividad. En tanto, las Comisiones Distritales tienen como finalidad monitorear el funcionamiento de los organos jurisdiccionales transitorios y permanentes, a fin de coadyuvar al logro del objetivo institucional, dando cuenta a la Comision Nacional de Productividad Judicial, para cuyos fines se aprobaron los instrumentos normativos, lineamientos y procedimientos que optimicen el funcionamiento de los organos jurisdiccionales materia de evaluacion. Segundo.Que, mediante Resoluciones Administrativas Nº 245-2012-CE-PJ y N° 062-2013-CE-PJ, se aprobaron los estandares de expedientes resueltos a nivel nacional para los organos jurisdiccionales ubicados en sedes principales y fuera de las sedes principales de las Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA, de acuerdo a la instancia y especialidad. Tercero. Que, asimismo, la Resolucion Administrativa Nº 069-2013-CE-PJ establece el ano 2012 como Ano Base de Informacion Estadistica, a fin de que sea utilizado como referente para futuras evaluaciones y monitoreo a desarrollar en el Poder Judicial. Cuarto. Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 162-2014-CE-PJ de fecha 7 de MORDAZA de 2014, se aprueba los estandares de expedientes resueltos de los organos jurisdiccionales que se encuentren bajo la aplicacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, con cargo a estudios posteriores. Quinto. Que, tambien, mediante Resolucion Administrativa Nº 287-2014-CE-PJ del 27 de agosto de 2014, se aprueba los estandares anuales de carga procesal de expedientes principales de los organos jurisdiccionales a cargo de la actualmente denominada Comision Nacional de Productividad Judicial, de acuerdo a la instancia y especialidad que atienden. Sexto. Que la Directiva N° 013-2014-CE-PJ, denominada "Lineamientos Integrados y Actualizados para el Funcionamiento de las Comisiones Nacional y Distritales de Productividad Judicial y de la Oficina de Productividad Judicial", aprobada por Resolucion Administrativa N° 4192014-CE-PJ de fecha 17 de diciembre de 2014, dispone en el anexo 3 que "Los estandares de expedientes resueltos, que resultan la base para determinar la meta anual de cada organo jurisdiccional, se modificaran paulatinamente, de acuerdo a la revision del nivel resolutivo de expedientes principales de los organos jurisdiccionales por instancia y especialidad y/o a la disminucion de la carga pendiente con la que el Poder Judicial inicia cada ano judicial.". Asimismo, el referido anexo senala que "La primera evaluacion de los estandares de expedientes resueltos, producto de la revision del nivel resolutivo de los organos jurisdiccionales por instancia y especialidad, se efectuara en el ano 2015 tomando como fuente la data estadistica oficial del cierre anual de los anos 2012 al 2014 proporcionado por el sistema SIJ-FEE, aplicando un factor de correccion producto de situaciones no deseadas tales como huelgas; para lo cual, se diferenciaran los estandares de los juzgados de la especialidad civil puros (civil-civil) con los juzgados civiles mixtos (civil con otras materias menos penal) y se consideraran las nuevas especialidades. Las futuras evaluaciones para la modificacion de los estandares se efectuaran cada tres (3) anos." Setimo. Que mediante Informe N° 014-2015-OPJCNPJ-CE-PJ, el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial informa que como resultado de la Primera Reunion Anual de Presidentes de Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA, se solicito al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la revision y modificacion de los estandares de expedientes resueltos por los organos jurisdiccionales. En ese sentido, es menester senalar que previamente a la formulacion de la referida solicitud por parte de los Presidentes de Cortes Superiores, el contenido de dicho pedido ya habia sido considerado en la mencionada Resolucion Administrativa N° 419-2014-CE-PJ. En este documento normativo se establecio que en el presente ano se efectuara la primera evaluacion de los estandares de expedientes resueltos consignados en la Resoluciones Administrativas N° 245-2012CE-PJ y N° 062-2013-CE-PJ, tomando como base la data estadistica oficial de los anos 2012 al 2014; todo ello con el objetivo de formular propuestas para la reestructuracion de los mencionados estandares. En ese orden de ideas, y teniendo

El Peruano MORDAZA 22 de marzo de 2015

en cuenta el MORDAZA precedentemente descrito, el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial pone a consideracion de este Organo de Gobierno su recomendacion para la constitucion de una Comision de Trabajo con el fin de evaluar y formule propuesta de modificacion de los estandares de expedientes resueltos establecidos en las Resoluciones Administrativas N° 245-2012-CE-PJ, N° 062-2013-CE-PJ y Nº 162-2014-CE-PJ. Octavo. Que el articulo 82°, inciso 26), del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial determina como funcion y atribucion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopcion de acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por lo que siendo asi, corresponde constituir una Comision de Trabajo a fin de que proceda a la evaluacion y formulacion de propuesta de modificacion de los estandares de expedientes resueltos. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 2572015 de la decimo tercera sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA Postigo, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas; en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; sin la intervencion del senor MORDAZA MORDAZA por encontrarse de vacaciones. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Conformar una Comision de Trabajo para la evaluacion y propuesta de modificacion de los estandares de expedientes resueltos establecidos en las Resoluciones Administrativas N° 245-2012-CE-PJ, N° 062-2013-CE-PJ y Nº 162-2014-CE-PJ; la cual debera presentar el informe correspondiente en un plazo no mayor de 90 dias calendario. La Comision de Trabajo estara integrada de la siguiente manera: · Senor Consejero MORDAZA MORDAZA Lecaros MORDAZA, quien la presidira · Senor Consejero Giammpol MORDAZA MORDAZA, como Vicepresidente · Un representante de Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA · Un representante de Juez Especializado de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA · Un Juez de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA · El Gerente General del Poder Judicial · El Jefe de la Oficina de Productividad Judicial · El Subgerente de Estadistica de la Gerencia de Planificacion de la Gerencia General del Poder Judicial · El Secretario Tecnico del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo · El Secretario Tecnico del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal; y · Un representante del Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial Articulo Segundo.- Establecer que la referida Comision de Trabajo podra convocar la participacion de jueces de otros Distritos Judiciales; y de otros especialistas de la Gerencia General y de la Oficina de Productividad Judicial, para el mejor desarrollo de sus funciones; asi como a los secretarios tecnicos de las Comisiones Distritales de Productividad Judicial y/o responsables del area de estadistica, quienes presentaran los aportes tecnicos de sus respectivas Cortes Superiores. Articulo Tercero.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA, Oficina de Productividad Judicial, Presidentes de los Equipos Tecnicos Institucionales de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA POSTIGO Presidente 1214843-3

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