Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2015 (31/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano Martes 31 de marzo de 2015

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Que, asimismo, se han recabado los respectivos Record de Quejas y Denuncias, expedidos por la Fiscalia Suprema de Control Interno, donde se acredita la existencia de investigaciones pendientes; por lo que, corresponde efectuar las mencionadas conclusiones, sin perjuicio del resultado de las investigaciones por las quejas y/o denuncias que se encuentren en tramite. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de MORDAZA y su designacion en el Pool de Fiscales Adjuntos Provinciales Transitorios de MORDAZA, materia de la Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 876-2015-MP-FN, de fecha 13 de marzo del 2015. Articulo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento del doctor MORDAZA MORDAZA Bastos Cumpa, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de MORDAZA y su designacion en el Pool de Fiscales Adjuntos Provinciales Transitorios de MORDAZA, materia de las Resoluciones de la Fiscalia de la Nacion Nº 2270-2011MP-FN y Nº 620-2015-MP-FN, de fechas 17 de noviembre del 2011 y 26 de febrero del 2015, respectivamente, sin perjuicio del resultado de las investigaciones por las quejas y/o denuncias que se encuentren en tramite. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de MORDAZA, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluacion de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Registrese, comuniquese y publiquese.

SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluida la designacion del doctor MORDAZA MORDAZA Talavera MORDAZA, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal Corporativo de Ica, Distrito Fiscal de Ica, en el Despacho de la MORDAZA Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Ica, materia de la Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 567-2012-MP-FN, de fecha 01 de marzo del 2012. Articulo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento del doctor MORDAZA Marx MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Canete y su designacion en el Despacho de la Primera Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Canete, materia de la Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 107-2014-MPFN, de fecha 13 de enero del 2014. Articulo Tercero.- Nombrar al doctor MORDAZA MORDAZA Talavera MORDAZA, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ica, designandolo en el Despacho de la MORDAZA Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Ica, con retencion de su cargo de carrera. Articulo Cuarto.- Nombrar al doctor MORDAZA Marx MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ica, designandolo en el Despacho de la MORDAZA Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Ica. Articulo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion, a las Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Canete e Ica, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluacion de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion (i) 1218793-3

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion (i) 1218793-4

RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 1084-2015-MP-FN MORDAZA, 30 de marzo de 2015

RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 1085-2015-MP-FN MORDAZA, 30 de marzo de 2015

VISTO Y CONSIDERANDO: VISTO Y CONSIDERANDO: Que, el Ministerio Publico es el organismo constitucional MORDAZA del Estado que tiene como funciones principales la defensa de la legalidad, los derechos ciudadanos y los intereses publicos, la representacion de la sociedad en juicio, para entre otras funciones, velar por la moral publica; la persecucion del delito y la reparacion civil. Tambien velara por la prevencion del delito y por la independencia de los organos judiciales y la recta administracion de justicia y las demas que le senalan la Constitucion Politica del Estado y el ordenamiento juridico de la Nacion, ello de conformidad con lo establecido en el Articulo 1º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico Que, el Articulo 158º de la Constitucion Politica del Peru, prescribe lo siguiente: "Los miembros del Ministerio Publico tienen los mismos derechos y prerrogativas y estan sujetos a las mismas obligaciones que los del Poder Judicial en la categoria respectiva. Les afectan las mismas incompatibilidades. Su nombramiento esta sujeto a requisitos y procedimientos identicos a los de los miembros del Poder Judicial en su respectiva categoria". Que, en ese sentido, la Ley de la MORDAZA Judicial, Ley Nº 29277, en su Articulo 2º, inciso 8, establece que el perfil del magistrado esta constituido por el conjunto de capacidades y cualidades personales que permiten asegurar que, en el ejercicio de sus funciones, respondan de manera idonea a las demandas de justicia, disponiendo que, entre las principales caracteristicas que constituyen el perfil de un magistrado se encuentra la de tener una trayectoria personal eticamente irreprochable; por lo que, al advertir del Sistema de Modulo de Consulta de Casos del Ministerio Publico, que se han efectuado nombramientos de senores Fiscales Provisionales Transitorios sin observar el perfil requerido para el cargo de Magistrado; corresponde dar por concluido los nombramientos y designaciones en los cargos que vienen desempenando provisionalmente. Que, el Ministerio Publico es el organismo constitucional MORDAZA del Estado que tiene como funciones principales la defensa de la legalidad, los derechos ciudadanos y los intereses publicos, la representacion de la sociedad en juicio, para entre otras funciones, velar por la moral publica; la persecucion del delito y la reparacion civil. Tambien velara por la prevencion del delito y por la independencia de los organos judiciales y la recta administracion de justicia y las demas que le senalan la Constitucion Politica del Estado y el ordenamiento juridico de la Nacion, ello de conformidad con lo establecido en el Articulo 1º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico Que, el Articulo 158º de la Constitucion Politica del Peru, prescribe lo siguiente: "Los miembros del Ministerio Publico tienen los mismos derechos y prerrogativas y estan sujetos a las mismas obligaciones que los del Poder Judicial en la categoria respectiva. Les afectan las mismas incompatibilidades. Su nombramiento esta sujeto a requisitos y procedimientos identicos a los de los miembros del Poder Judicial en su respectiva categoria". Que, en ese sentido, la Ley de la MORDAZA Judicial, Ley Nº 29277, en su Articulo 2º, inciso 8, establece que el perfil del magistrado esta constituido por el conjunto de capacidades y cualidades personales que permiten asegurar que, en el ejercicio de sus funciones, respondan de manera idonea a las demandas de justicia, disponiendo que, entre las principales caracteristicas que constituyen el perfil de un magistrado se encuentra la de tener una trayectoria personal eticamente irreprochable; por lo que, al advertir del Sistema de Modulo de Consulta de Casos del Ministerio Publico, que se han efectuado nombramientos de senores Fiscales Provisionales sin observar el perfil requerido para el cargo de Magistrado; corresponde dar por concluido los nombramientos y designaciones en los cargos que vienen desempenando provisionalmente.

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