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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2015 (31/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 32

El Peruano Martes 31 de marzo de 2015 549818 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACION LABORAL Conforman equipos funcionales Unidad de Trámite Documentario y Archivo, Unidad de Abastecimiento, Unidad de Contabilidad, Unidad de Tesorería; y establecen sus funciones RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 053-2015-SUNAFIL Lima, 30 de marzo de 2015VISTOS: El Memorándum Nº 088-2015-SUNAFIL-SG- OGAJ y el Informe Nº 058-2015-SUNAFIL-SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, así como el Informe Nº 051-2015-SUNAFIL/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29981, se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, como organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, responsable de promover, supervisar y fi scalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así como brindar asesoría técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de normas sobre dichas materias; Que, el literal c) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2013-TR y modi fi catoria establecen como una de las funciones del Superintendente, aprobar las normas de regulación de funcionamiento interno; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2013-TR, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 009-2013-TR, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAFIL, el cual establece la estructura orgánica de la SUNAFIL y las funciones asignadas a sus órganos y unidades orgánicas; Que, conforme al artículo 13º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAFIL, la Secretaría General es el órgano de Alta Dirección que tiene a su cargo la administración del proceso de trámite documentario, la gestión de los archivos y la provisión de información en la institución; Que, los artículos 25º y 26º de dicho Reglamento otorgan a la O fi cina General de Administración las funciones de dirección, supervisión, coordinación y ejecución, de los procesos técnicos de Contabilidad, Tesorería y Abastecimiento; Que, las áreas, o fi cinas y/o equipos funcionales se establecen en el número estrictamente necesario, a fi n de facilitar la organización, supervisión, control del trabajo, acortando y agilizando la cadena de mando y su conformación se sustenta cuando hay necesidad de segregar funciones incompatibles en una unidad orgánica para que exista independencia y separación; cuando es necesario establecer un nivel de responsabilidad funcional, para una adecuada delegación de autoridad que permita la adopción de decisiones en los procesos operativos de carácter especializado, complejos o de gran magnitud, de modo que se cumpla con las responsabilidades asignadas; Que, a través del documento de visto, los órganos de Asesoría de esta Superintendencia, proponen y sustentan técnicamente que, en tanto se aprueban las modi fi caciones a los documentos técnicos de gestión de la SUNAFIL, esta Superintendencia conforme de equipos de trabajo de tipo funcional, al interior de la Secretaría General y de la O fi cina General de Administración, a fi n de garantizar el cumplimiento de los fi nes institucionales en lo concerniente a la gestión de los sistemas administrativos de Contabilidad, Tesorería, Abastecimiento, Trámite Documentario y Archivo;Que, el numeral 5.4. de la Directiva Nº 001-2014- SUNAFIL/OGPP “Gestión de Instrumentos Normativos, aprobada por Resolución de Secretaria General Nº 026-2014-SUNAFIL-SG, establece el procedimiento a seguir para la conformación de equipos de trabajo funcionales; De conformidad con la Ley Nº 29981, Ley que crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral, y en uso de las facultades conferidas en el literal c) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2013-TR y modi fi cado por Decreto Supremo Nº 009-2013-TR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Equipo Funcional Unidad de Trámite Documentario y Archivo 1.1 Conformar el Equipo Funcional denominado Unidad de Trámite Documentario y Archivo, quien tendrá a su cargo los procesos técnicos de trámite documentario y archivo, bajo la dirección y supervisión del Secretario General de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, en tanto se apruebe el nuevo Reglamento de Organización y Funciones de SUNAFIL y los instrumentos de gestión relacionados. 1.2 La Unidad de Trámite Documentario y Archivo tendrá las siguientes funciones especí fi cas: a) Ejecutar las acciones de trámite documentario y archivo general de la SUNAFIL de acuerdo a la normatividad vigente. b) Ejecutar las actividades técnicas de recepción, registro, clasi fi cación, distribución, seguimiento y archivo de la documentación en la SUNAFIL. c) Administrar y evaluar permanentemente, el sistema mecanizado para la gestión documentaria, proponiendo las mejoras y correctivos que estime pertinente. d) Centralizar la recepción, control, distribución y supervisión, de la correspondencia externa dirigida a SUNAFIL. e) Controlar el fl ujo y ubicación de los documentos dentro de la SUNAFIL. f) Elaborar la información estadística del movimiento documentario y realizar su evaluación en forma mensual, proponiendo las medidas correctivas necesarias. g) Informar a los usuarios sobre el estado de tramitación de sus expedientes. h) Proponer los instrumentos normativos que estandaricen y orienten al personal para el e fi ciente cumplimiento de los servicios prestados. i) Conformar el Comité Evaluador de Documentos, para la transferencia y eliminación documental. j) Conservar, organizar, custodiar y depurar la documentación destinada al archivo, de acuerdo a la normatividad vigente. k) Ejecutar y supervisar el envío de la correspondencia ofi cial. l) Velar y asegurar la protección física de los documentos contra todo agente de deterioro. m) Adoptar las medidas destinadas a garantizar el cumplimiento de las normas emitidas por el Archivo General de la Nación, en cuanto al trámite y archivo de información o fi cial. n) Otras funciones, que le asigne la Secretaría General. Artículo 2º.- Equipo Funcional Unidad de Abastecimiento 2.1 Conformar el Equipo Funcional denominado Unidad de Abastecimiento, quien tendrá a su cargo los procesos técnicos de abastecimiento y control patrimonial, bajo la dirección y supervisión del Jefe de O fi cina General de Administración, en tanto se apruebe el nuevo Reglamento de Organización y Funciones de SUNAFIL y los instrumentos de gestión relacionados. 2.2 La Unidad de Abastecimiento tendrá las siguientes funciones especí fi cas: a) Atender los requerimientos de bienes, servicios y ejecución de obras formulados por los órganos, áreas y dependencias de la SUNAFIL, para el adecuado cumplimiento de sus funciones.