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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2015 (31/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 31

El Peruano Martes 31 de marzo de 2015 549817 OBSERVACIONES ____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ A las ______ horas del __________, se dio por concluida la visita de veri fi cación, dando fe de este acto las siguientes personas, quienes en señal de conformidad y aceptación suscriben el presente documento: POR LA SUNAT ---------------------------------------POR LA EMPRESA-------------------------------” ANEXO 3 ANEXO 14-A RELACIÓN DE LOS DOCUMENTOS REFERIDOS EN EL ANEXO 14 “14.(...)Tratándose de los locales que se indican en los incisos b) y d), adicionalmente presentar: a) Copia del plano del sistema de monitoreo instalado en el almacén aduanero, impreso y en formato CAD y PDF, grabado en CD o en memoria USB, que indique la ubicación de las videocámaras y en forma sombreada la zona que cubre cada una de estas. b) Relación de las videocámaras del sistema de monitoreo, en formato Excel y en medio magnético (CD o memoria USB), conforme al Anexo 20. c) Un sobre cerrado y lacrado dirigido a la Intendencia de Control Aduanero, que contenga la siguiente información de acceso al sistema de monitoreo: dirección electrónica, usuario y clave de acceso; además, debe contener la información del personal que es el contacto con la SUNAT: 1. Nombres y apellidos: ................................. 2. Cargo: ........................................................3. Teléfonos ( fi jo y celular): ............................ 4. Correo electrónico: ..................................... Si hubiera algún cambio en dicha información, el almacén aduanero en esa misma forma (en sobre cerrado y lacrado) debe comunicarlo a la Intendencia de Control Aduanero, en el plazo de treinta (30) días hábiles siguientes de realizado. La INTA remite la indicada documentación a la Intendencia de Control Aduanero para las acciones correspondientes.” ANEXO 4 ANEXO 14-A RELACIÓN DE LOS DOCUMENTOS REFERIDOS EN EL ANEXO 14 “19. Croquis de ubicación y plano con las dimensiones del: a) Local anexo del depósito de material de uso aeronáutico, instalado dentro de los aeropuertos internacionales o nacionales.b) Depósito de material de uso aeronáutico, instalado dentro de los aeropuertos internacionales o nacionales. Si el local anexo o depósito de material de uso aeronáutico se encuentra en lugar habilitado distinto a los aeropuertos nacionales, presentar: a) Copia del plano y memoria descriptiva del local anexo o depósito de material de uso aeronáutico, que detallen las medidas y áreas de su infraestructura, fi rmados por un ingeniero civil o arquitecto colegiados. b) Copia del plano del sistema de monitoreo del local anexo o depósito de material de uso aeronáutico, impreso y en formato CAD y PDF, grabado en CD o en memoria USB, que indique la ubicación de las videocámaras y en forma sombreada la zona que cubre cada una de estas. c) Relación de las videocámaras del sistema de monitoreo, en formato Excel y en medio magnético (CD o memoria USB), conforme al Anexo 20. d) Un sobre cerrado y lacrado dirigido a la Intendencia de Control Aduanero, que contenga la siguiente información de acceso al sistema de monitoreo: dirección electrónica, usuario y clave de acceso; además, debe contener la información del personal que es el contacto con la SUNAT: 1. Nombres y apellidos: ................................ 2. Cargo: .......................................................3. Teléfonos ( fi jo y celular): ........................... 4. Correo electrónico: ................................... Si hubiera algún cambio en dicha información, el bene fi ciario de material de uso aeronáutico en esa misma forma (en sobre cerrado y lacrado) debe comunicarlo a la Intendencia de Control Aduanero, en el plazo de treinta (30) días hábiles siguientes de realizado. La INTA remite la documentación indicada en los incisos b), c) y d) a la Intendencia de Control Aduanero para las acciones correspondientes.” ANEXO 5 ANEXO 14-B REQUISITOS DE INFRAESTRUCTURA REFERIDOS EN EL ANEXO 14 (...)“17. Contar con lo siguiente:a) Sistema de iluminación que permita efectuar efi cazmente las labores de reconocimiento físico, incluso en horario nocturno, así como contar con luces de emergencia. b) Sistema de monitoreo por cámaras de televisión, compuesto por videocámaras que permitan a la administración aduanera visualizar en línea la ubicación y el movimiento de las mercancías en su integridad, en las siguientes áreas y zonas: - Áreas del perímetro del almacén aduanero. - Áreas del ingreso y salida del almacén aduanero.- Áreas de almacenamiento.- Zonas de reconocimiento físico. Las características técnicas del sistema de monitoreo están señaladas en el Anexo 18. Los funcionarios designados por la Intendencia de Control Aduanero e intendencias de aduana de la República, pueden tener acceso remoto por internet al sistema de monitoreo del almacén aduanero para las labores de investigación aduanera y acciones de control que pudieran programar y realizar de acuerdo a su capacidad operativa. La Intendencia de Control Aduanero centraliza y administra los accesos a los sistemas de monitoreo de los almacenes aduaneros.” 1218807-1