Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2015 (01/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano Viernes 1 de MORDAZA de 2015

551783
Que, en virtud del Decreto Supremo N° 47-2009-PCM, el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo constituyo la Comision Intergubernamental correspondiente a su sector, la cual fue reconocida mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion N° 051-2009-PCM/ SD como la instancia encargada de desarrollar los componentes de la gestion descentralizada de los servicios publicos al ciudadano para que ejerzan plenamente las funciones transferidas a los Gobiernos Regionales; Que, segun el punto 2.5 de los Acuerdos del Acta de Reunion de la Comision Intergubernamental del Sector Trabajo y Promocion del Empleo, realizada en el MORDAZA de la X Cumbre de Descentralizacion del Sector Trabajo y Promocion del Empleo, efectuada los dias 27 y 28 de noviembre de 2014, se aprobo que la sede de la XI Cumbre de Descentralizacion del Sector Trabajo y Promocion del Empleo, se realice en la Region MORDAZA, entre los meses de MORDAZA y MORDAZA del ano 2015; Que, la Cumbre de Descentralizacion del Sector Trabajo y Promocion del Empleo, es un espacio de articulacion y coordinacion del ejercicio de las funciones compartidas entre los tres niveles de gobierno, teniendo por objetivo desarrollar temas de interes, evaluar el desarrollo de ejecucion de los acuerdos de la referida Comision, el avance de la implementacion de los planes pilotos de experiencia demostrativos para la delegacion de competencias de promocion del empleo en los gobiernos regionales a los gobiernos locales, avances y propuestas de la gestion descentralizada en los tres niveles de gobierno; Que, mediante documento de vistos, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto senala que en atencion al acuerdo adoptado por la Comision Intergubernamental del Sector Trabajo y Promocion del Empleo, la Oficina de Descentralizacion viene coordinando la realizacion de la XI Cumbre de Descentralizacion del Sector Trabajo y Promocion del Empleo, que se llevara a cabo en la MORDAZA de Chimbote, Region MORDAZA, los dias 28 y 29 de MORDAZA de 2015, el que contara con la participacion de funcionarios de los distintos Gobiernos Regionales; Que, en merito a las consideraciones expuestas en los parrafos precedentes, corresponde emitir el acto que otorgue caracter oficial al citado evento, el que cuenta con el recurso presupuestal asignado mediante Certificacion de Credito Presupuestario, Nota N° 604;

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Dan caracter oficial al evento "XI Cumbre de Descentralizacion del Sector Trabajo y Promocion del Empleo", a realizarse en la MORDAZA de Chimbote, Region MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 099-2015-TR MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2015 VISTOS: El Proveido N° 1663-2015-MTPE/2 del Despacho Viceministerial de Trabajo; el Oficio N° 12452015-MTPE/4 de la Secretaria General; el Oficio N° 2582015-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 009-2015-MTPE/4/9.4 de la Oficina de Descentralizacion y el Informe N° 561-2015MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, establece que el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo es el organismo rector en materia de trabajo y promocion del empleo, ejerce competencia exclusiva y excluyente respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional, tiene entre sus funciones rectoras: formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las politicas nacionales y sectoriales en materia de promocion del empleo, intermediacion laboral, formacion laboral y capacitacion para el trabajo, normalizacion y certificacion de competencias laborales, autoempleo, migracion laboral y reconversion laboral, realizando seguimiento, monitoreo y evaluacion respecto al desempeno y logros alcanzados a nivel nacional, regional y local, asi como, adoptar las medidas correspondientes;

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. 2. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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