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El Peruano Viernes 1 de mayo de 2015 551781 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 069-2015/ MINSA, se designó al Economista Manuel Jesús Ordoñez Reaño, en el cargo de confi anza de Director General, Nivel F-5, de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Salud; Que, el mencionado funcionario ha formulado renuncia al cargo de confi anza referido, siendo pertinente aceptar dicha renuncia, así como designar al profesional que lo reemplazará; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 276; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto supremo N° 005-90-PCM y en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptar la renuncia formulada por el Economista Manuel Jesús Ordoñez Reaño, al cargo de confi anza de Director General, Nivel F-5, de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Designar al Abogado Diego Ernesto Tolmos Saponara en el cargo de confi anza de Director General, Nivel F-5, de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud 1231593-1 Designan Director General de la Oficina General de Comunicaciones del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 275-2015/MINSA Lima, 29 de abril del 2015 Vista la renuncia presentada por la Licenciada en Comunicación Social Estela Aurora Roeder Carbo al cargo de confi anza de Directora General de la Ofi cina General de Comunicaciones; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 951-2012/ MINSA, se designó a la Licenciada en Comunicación Social Estela Aurora Roeder Carbo, en el cargo de confi anza de Directora General, Nivel F-5, de la Ofi cina General de Comunicaciones del Ministerio de Salud; Que, la mencionada funcionaria ha formulado renuncia al cargo de confi anza referido, siendo pertinente aceptar dicha renuncia, así como designar al profesional que la reemplazará; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 276; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto supremo N° 005-90-PCM y en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptar la renuncia formulada por la Licenciada en Comunicación Social Estela Aurora Roeder Carbo, al cargo de confi anza de Directora General, Nivel F-5, de la Ofi cina General de Comunicaciones del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Designar al Comunicador Social Rubén Cano Mendoza en el cargo de confi anza de Director General, Nivel F-5, de la Ofi cina General de Comunicaciones del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud 1232190-1 Autorizan transferencia financiera a favor del Gobierno Regional de Puno RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 276-2015/MINSA Lima, 29 de abril del 2015 Visto, el Expediente Nº 15-042760-001, que contiene el Informe Nº 130-2015-OGPP-OP/MINSA de la Ofi cina de Presupuesto de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo Nº 304- 2012-EF, y de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se expidió la Resolución Ministerial Nº 1000-2014/MINSA, de fecha 26 de diciembre de 2014 que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2015 del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1156, se dicta medidas destinadas a garantizar el servicio público de salud en los casos que exista un riesgo elevado o daño a la salud y la vida de las poblaciones, estableciendo los supuestos que confi guran una emergencia sanitaria, señalando que su Declaratoria se aprueba mediante Decreto Supremo, con acuerdo del Consejo de Ministros, a solicitud de la Autoridad Nacional de Salud, indicando las entidades competentes que deben actuar para su atención, la vigencia de la declaratoria de emergencia, así como la relación de bienes y servicios que se requiera contratar para enfrentarlas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2015-SA, se declara en Emergencia Sanitaria, por el plazo de noventa (90) días calendario, a la provincia de Puno y sus quince (15) distritos y a la provincia de San Román y sus cuatro (04) distritos, en el departamento de Puno, al haberse confi gurado el supuesto contemplado en el literal a) del artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 1156, que establece que dicha situación se constituye ante el riesgo elevado o existencia de brote(s), epidemia o pandemia; Que, tal como se indica en el mencionado Decreto Supremo, el departamento de Puno presenta brotes de rabia canina en curso y con tendencia ascendente, con el riesgo que esos brotes se propaguen a otras regiones del Perú, así como que, producto de mordeduras de los animales infectados a las personas, aparezcan nuevamente casos de rabia humana, lo que afectaría a un importante número de personas que residen en las principales ciudades del departamento de Puno, resultando imperativo la adopción de acciones permanentes de prevención y control con la fi nalidad de evitar mayor morbilidad y mortalidad en la población; Que, asimismo, se señala en la referida norma que de acuerdo al Informe Técnico Nº 005-2015-COMITÉ TÉCNICO DS Nº 007-2014-SA, del Comité Técnico conformado mediante Resolución Ministerial Nº 354-2014/ MINSA y al Plan de Acción que sustenta la solicitud de Declaratoria de Emergencia Sanitaria, existe la presencia de brotes de rabia canina (epizootias) en las provincias de Puno y San Román, situación que tendrá gran impacto negativo en la salud de la población si no se implementan medidas inmediatas de respuesta para la prevención y control; Que, a través del Informe Nº 098-2015-DGSP-DAIS/ MINSA, de fecha 28 de abril de 2015, la Dirección General de Salud de las Personas concluye que actualmente en las provincias de Puno y San Román del departamento