Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2015 (16/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano Sabado 16 de MORDAZA de 2015

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OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego MORDAZA MORDAZA CHANDUVI Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 1238288-2

las acciones inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion de las zonas afectadas; para cuyo efecto se cuenta con la opinion favorable de la Secretaria de Gestion del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros, emitida mediante el Memorando N° 258-2015-PCM/SGRD; Que, de conformidad con el articulo 21 de la MORDAZA Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el MORDAZA de la Ley N° 29664, Ley de creacion del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres - SINAGERD, aprobada por Decreto Supremo N° 074-2014-PCM, el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI debe efectuar las acciones de coordinacion y seguimiento a las recomendaciones y acciones inmediatas y necesarias que se requieran o hayan sido adoptadas por el Gobierno Regional y/o los sectores involucrados, en el MORDAZA de la Declaratoria de Estado de Emergencia aprobada, dentro del plazo establecido, debiendo remitir a la Presidencia del Consejo de Ministros, el Informe de los respectivos resultados, asi como de la ejecucion de las acciones inmediatas y necesarias durante la vigencia de la misma; De conformidad con el inciso 1 del articulo 137 de la Constitucion Politica del Peru, la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD); el numeral 68.5 del articulo 68 del Reglamento de la Ley N° 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM; y, la MORDAZA Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia, en el MORDAZA de la Ley N° 29664, del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres ­ SINAGERD, aprobada por Decreto Supremo N° 0742014-PCM; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, y con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica: DECRETA: Articulo 1.- Declaratoria de Estado de Emergencia Declarese el Estado de Emergencia por impacto de danos debido a las intensas precipitaciones pluviales, granizadas y fuertes vientos, en los distritos de Ranracancha y Ocobamba, de la provincia de Chincheros, en el departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias calendario, para la ejecucion de medidas de excepcion inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion en las zonas afectadas. Articulo 2.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de Apurimac; la Municipalidad Provincial de Chincheros y las Municipalidades Distritales de Ranracancha y Ocobamba, respectivamente, con la coordinacion tecnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, y la participacion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, del Ministerio de Salud, del Ministerio de Agricultura y Riego, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del Ministerio de Educacion, y demas instituciones publicas y privadas involucradas, en cuanto les corresponda dentro de sus competencias; ejecutaran las acciones inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion de las zonas afectadas para el restablecimiento de los servicios basicos y de la infraestructura diversa; acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecucion, sustentadas en los estudios tecnicos de las entidades competentes. Articulo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministro de Salud, el Ministro de Agricultura y Riego, el Ministro de Transportes y Comunicaciones y el Ministro de Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los quince dias del mes de MORDAZA del ano dos mil quince.

Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en las localidades de Socosbamba, Animaspampa, Agorajra, Machaj, Pahua, Convento, Shillapata, Paria, Machac, Sacachay, Unuhuanay, Rosaspampa, Almapampa, Huayllapampa, Yacupanahuin, Chaupihuran, Manzanahirca, Pacosbamba y Cauchus, en el distrito de Piscobamba, de la provincia de Mariscal Luzuriaga, en el departamento de Ancash.
DECRETO SUPREMO N° 038-2015-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA: CONSIDERANDO: Que, las intensas precipitaciones pluviales registradas en varias zonas del distrito de Piscobamba, en la provincia de Mariscal Luzuriaga en el departamento de MORDAZA, durante los meses de marzo y MORDAZA del presente ano, ha originado que el 04 de MORDAZA de 2015 se produzca una reptacion de suelo y deslizamiento por filtracion de agua de lluvias y drenajes superficiales, que aceleraron el desplazamiento de masa generando grietas y asentamiento de terrenos, impactando en forma negativa en la poblacion, afectando viviendas, establecimiento de salud, instituciones educativas, infraestructura de agua, desague y energia electrica, areas de cultivo, MORDAZA de riego y vias de comunicacion en las localidades de Socosbamba, Animaspampa, Agorajra, Machaj, Pahua, Convento, Shillapata, Paria, Machac, Sacachay, Unuhuanay, Rosaspampa, Almapampa, Huayllapampa, Yacupanahuin, Chaupihuran, Manzanahirca, Pacosbamba y Cauchus, en el distrito de Piscobamba, de la provincia de Mariscal Luzuriaga, en el departamento de Ancash; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 68.1 del articulo 68 del Reglamento de la Ley N° 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, la solicitud de Declaratoria de Estado de Emergencia por peligro inminente o por la ocurrencia de un desastre, es presentada por el Gobierno Regional al Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, con la debida sustentacion; Que, de acuerdo a lo indicado en el parrafo precedente, mediante Oficio Nº 1299 -2015-REGION ANCASH/SG, de fecha 11 de MORDAZA de 2015, el Gobernador Regional de MORDAZA, sustentandose en el Informe Nº 011-2015-REGION-ANCASH/GRRNGMA/ SGDC, de fecha 11 de MORDAZA de 2015 emitido por la Sub Gerencia de Defensa Civil ­ Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, el Oficio N° 088-2015-MPML/A, el Informe N° 003-2015-

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