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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MAYO DEL AÑO 2015 (16/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 12

El Peruano Sábado 16 de mayo de 2015 552618 Visto, el Memorando N° 277-2015-OAJ/MINAM de 04 de mayo de 2015, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; las Memoranda N° 615 y 664-2015-MINAM/SG/OPP de 29 y 30 de abril de 2015, respectivamente, de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 131- 2015-MINAM/SG/OGA de 04 de mayo de 2015, de la Ofi cina General de Administración; la Ficha de Solicitud Autorización Viaje al Exterior; y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante documento Nota N° 4-2-0177/2015 de 05 de mayo de 2015, la Embajada del Ecuador en Perú, comunica al Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú – Dirección de América del Sur, que en el marco de la “Declaración Conjunta para el reconocimiento del Golfo de Guayaquil como Bahía Histórica”, se ha acordado dar inicio a las negociaciones a fi n de consensuar la presentación ante la División para Asuntos Oceánicos y de Derecho del Mar de las Naciones Unidas (DOALOS), las cuales se realizarán del 20 al 22 de mayo de 2015, en la ciudad de Quito – República del Ecuador; Que, en la Declaración Presidencial resultante del último Encuentro Presidencial y VIII Gabinete Binacional de Ministros Perú - Ecuador, llevado a cabo en Arenillas, el 30 de octubre de 2014, los Jefes de Estado de ambos países dispusieron continuar los trabajos técnicos y estudios multidisciplinarios enmarcados en la Declaración Conjunta sobre el reconocimiento internacional del Golfo de Guayaquil como Bahía Histórica; Que, los recursos hídricos que se encuentran presentes en el Golfo de Guayaquil pertenecen a cada Estado en sus respectivas áreas de soberanía y jurisdicción, debido a sus especiales condiciones geográfi cas, ecosistémicas y reconociendo la importancia que las poblaciones ecuatorianas y peruanas las cuales han establecido como lugar de explotación de recursos naturales, intercambio comercial y navegación; Que, mediante Resolución Suprema N° 083-2015- RE, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 05 de mayo de 2015, se creó el Grupo de Trabajo Técnico Multisectorial que fi nalice satisfactoriamente los trabajos y estudios multidisciplinarios necesarios para la presentación de la Declaración Conjunta sobre el reconocimiento internacional del Golfo de Guayaquil como Bahía Histórica ante la División para Asuntos Oceánicos y de Derecho del Mar, de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos de las Naciones Unidas (DOALOS). Que, la importancia de contar con la participación de un representante del Ministerio del Ambiente - MINAM como integrante del equipo técnico nacional se fundamenta en la necesidad de cumplir con el trabajo encomendado por los Jefes de Estado del Perú y Ecuador con el propósito de culminar los estudios multidisciplinarios necesarios para la presentación de la referida Declaración Conjunta ante la División para Asuntos Oceánicos y de Derecho del Mar de las Naciones Unidas (DOALOS); Que, el artículo 10, numeral 10.1, inciso a), de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, exceptuándose los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que, en dicho contexto, mediante Ofi cio N° 033- 2015-MINAM/DM de 05 de mayo de 2015, el Ministro del Ambiente – MINAM, comunicó a la Ministra de Relaciones Exteriores la designación de los representantes del MINAM que participarán en las negociaciones antes mencionadas; Que, en tal sentido, la asistencia y participación de un representante del Ministerio del Ambiente – MINAM, en el mencionado evento, se encuentra subsumida en la excepción establecida por el artículo 10º, numeral 10.1, inciso a), de la Ley Nº 30281, en razón a que el viaje se efectuará en el marco del Acuerdo por Intercambio de Notas de Contenido Idéntico, por el cual establece los límites marítimos entre el Perú y Ecuador; por tanto, es de especial interés para el Ministerio del Ambiente, en su condición de Autoridad Ambiental Nacional; por lo que resulta conveniente autorizar el viaje al exterior de la señora Flor de María Carrillo Tello, Abogada de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, el cual se realizará con cargo al presupuesto institucional; Que, mediante las Memoranda N° 615 y 664-2015- MINAM/SG/OPP de 29 y 30 de abril de 2015, respectivamente, la Directora de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto emite el Certifi cado de Crédito Presupuestario, sobre disponibilidad de recursos en la Genérica de Gasto 2.3: Bienes y Servicios, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios del Ministerio del Ambiente; Con el visado de la Secretaría General, la Ofi cina General de Administración, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Reglamento de la Ley N° 27619 y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, por excepción y en comisión de servicios, el viaje al exterior de la señora FLOR DE MARÍA CARRILLO TELLO, Abogada de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Ministerio del Ambiente – MINAM, a la ciudad de Quito – República del Ecuador, del 19 al 23 de mayo de 2015, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán con cargo al presupuesto del Ministerio del Ambiente, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (tarifa económica, incluido el TUUA) US$ 870.00 Viáticos (US $ 370 x 4 días) US$ 1,480.00 Artículo 3.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, la servidora cuyo viaje se autoriza mediante artículo 1, deberá presentar un Informe detallado sobre el resultado de la comisión de servicios, así como hacer entrega de un ejemplar de los materiales de trabajo obtenidos. Artículo 4.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de Transparencia del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 1237764-1 Disponen publicación en el Portal Web institucional del Ministerio de propuesta de Resolución Ministerial que establece el “Índice de Calidad del Aire - INCA” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 112-2015-MINAM Lima, 14 de mayo de 2015 Visto, el Memorando N° 126-2015-MINAM-VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental; así como el Informe Técnico N° 190-2015-MINAM/VMGA/DGCA de la Dirección General de Calidad Ambiental, y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 22 del artículo 2° de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene