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El Peruano Domingo 17 de mayo de 2015 552698 América, canalizados a través del Proyecto N° 00087130, en tanto los viáticos serán asumidos con los recursos transferidos del Ministerio del Ambiente al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo – PNUD; Que, asimismo, en tanto dure la ausencia del Titular, es necesario encargar la Cartera del Ministerio del Ambiente; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM; y, sus normas modifi catorias. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión ofi cial, del señor MANUEL GERARDO PEDRO PULGAR- VIDAL OTÁLORA, Ministro de Estado en el Despacho del Ambiente, a las ciudades de Berlín – República Federal de Alemania y París – República Francesa, del 17 al 22 de mayo de 2015, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán cubiertos con recursos transferidos del Ministerio del Ambiente al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), en el marco del Proyecto N° 00087130 “Apoyo a la generación y consolidación de capacidades para la realización de la Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático – COP20 y la Décima Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto – CMP10, sus actividades y eventos conexos”, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US $ 1,131.00 Artículo 3.- Encargar la Cartera del Ministerio del Ambiente a la señora DIANA ÁLVAREZ - CALDERÓN GALLO, Ministra de Estado en el Despacho de Cultura, a partir del 17 de mayo de 2015 y en tanto dure la ausencia del Titular. Artículo 4.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros MANUEL PULGAR - VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente 1238359-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representantes del Ministerio a la Confederación Suiza, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 133-2015-MINCETUR Lima, 14 de mayo de 2015 CONSIDERANDO: Que, según el artículo 3° del Reglamento de Organización y Funciones del MINCETUR, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, la Entidad es el organismo público competente para defi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; es responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales y de integración; y participa activamente en la OMC; Que, una de las funciones de la Organización Mundial del Comercio - OMC es tratar de resolver las diferencias comerciales entre sus miembros; para ello cuenta con un mecanismo de solución de diferencias el cual forma parte del Anexo 2 del Acuerdo sobre la OMC: “Entendimiento relativo a las normas y procedimientos por los que se rige la solución de diferencias” (ESD); Que, la República de Guatemala presentó una solicitud de consultas al Perú, cuestionando la compatibilidad del sistema de franja de precios del Perú con la normativa de la OMC; por lo que, en el marco del mecanismo antes referido, se estableció un grupo especial que ha emitido su informe defi nitivo, el mismo que ha sido apelado por el Perú y Guatemala; dicha apelación es la última parte de la etapa jurisdiccional en la solución de diferencias en la OMC, que basada en cuestiones de derecho, puede dar lugar a la confi rmación, modifi cación o revocación de las constataciones y conclusiones jurídicas contenidas en el informe del grupo especial; Que, el Director de la Secretaría del Órgano de Apelación de la OMC ha informado que la audiencia de este procedimiento se llevará a cabo en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, los días 26 y 27 de mayo de 2015, única sesión presencial durante la cual el Órgano de Apelación planteará preguntas a Perú y Guatemala, en forma oral; Que, dicho evento constituye la última oportunidad para que el Perú defi enda su posición sobre la controversia, y por su carácter estrictamente oral, no permite presentar alegatos ni escritos de manera posterior, por lo que el Perú debe asegurarse que la representación peruana en la referida audiencia esté en capacidad de responder de manera inmediata los cuestionamientos que el Órgano de Apelación pueda formular; Que, en tal sentido, se considera necesario que previamente a la presentación en la audiencia, del 23 al 25 de mayo de 2015, se realicen reuniones de trabajo entre los abogados contratados para la atención del caso, los funcionarios del MINCETUR, del Ministerio de Economía y Finanzas y los representantes de la Misión Permanente del Perú en Ginebra, a fi n de preparar los argumentos que el Perú presentará en sus declaraciones inicial y fi nal, y la estrategia para responder las preguntas del Órgano de Apelación y/o de terceros; Que, por lo expuesto, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje de la señora Sara Rosana Rosadio Colán, Asesora Legal del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior y del señor Diego Sebastián Llosa Velásquez, profesional que presta servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, para que, en representación del MINCETUR, participen en las reuniones antes mencionadas, contribuyendo con la defensa técnico jurídica de la compatibilidad del sistema de franja de precios con la normativa de la OMC; Que, el artículo 10° de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los acuerdos comerciales de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Sara Rosana Rosadio Colán y del señor Diego Sebastián Llosa Velásquez, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 21 al 28 de mayo de 2015, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participen en la Audiencia ante el Órgano de Apelación de la