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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2015 (21/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 74

El Peruano Jueves 21 de mayo de 2015 553016 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Aprueban Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultado 2016 del Gobierno Regional del Callao ORDENANZA REGIONAL Nº 000007 Callao, 15 de mayo del 2015 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao en Sesión Ordinaria del 15 de Mayo del 2015. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en el Artículo 191º, señala que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones; Que, la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en el Artículo 32º establece que la gestión de Gobierno Regional se rige por el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, así como el Plan Anual y el Presupuesto Participativo Regional, aprobados de conformidad con políticas nacionales y en cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente; Que, la Ley N° 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo y modifi cada mediante la Ley N° 29298, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 142 – 2009 – EF y modifi cado mediante Decreto Supremo Nº 131 – 2010 – EF, defi nen y establecen las disposiciones, alcances y objetivos del Proceso del Presupuesto Participativo; Que, la Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo, su modifi catoria la Ley Nº 29298 y el Reglamento de la Ley Marco, aprobado por Decreto Supremo Nº 142 – 2009 – EF, su modifi catoria mediante Decreto Supremo Nº 131 – 2010 – EF, indican que el Proceso del Presupuesto Participativo es un mecanismo de asignación equitativa, racional, efi ciente, efi caz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado – Sociedad Civil, y que para ello los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación de la sociedad civil, en la programación de su presupuesto, en concordancia con sus planes de desarrollo concertados; así como, en la vigilancia y fi scalización de la gestión de los recursos públicos, y que, mediante ordenanza, dispondrán las medidas necesarias para reglamentar el proceso de identifi cación y acreditación de los Agentes Participantes en el Proceso del Presupuesto Participativo, particularmente de aquellos representantes de la sociedad civil; Que, mediante Resolución Directoral Nº 007 – 2010 – EF / 76.01 se aprobó el Instructivo Nº 001 – 2010 – EF / 76.01 – “Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo basado en Resultados”, con la fi nalidad de orientar y fortalecer los procesos de planeamiento concertado y Presupuesto Participativo; Que, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial mediante Memorando Nº 1033– 2015 – GRC / GRPPAT de fecha 13 de mayo de 2015, recomienda aprobar el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 1245 – 2015 – GRC / GAJ, considera que es procedente su aprobación, el mismo que debe ser aprobado mediante Ordenanza Regional; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADO 2016 DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Artículo 1º.- Apruébese el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultado 2016 del Gobierno Regional del Callao, el cual consta de Trece Capítulos, Treinta y cuatro Artículos y Tres Disposiciones Finales, que en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional, cuyo texto se publica en el Portal Institucional www.regioncallao.gob.pe. Artículo 2º.- Encárguese a la Ofi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la publicación de la presente Ordenanza Regional y el Reglamento precitado en el artículo anterior, en el portal institucional www. regioncallao.gob.pe así como en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob. pe; el portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe; y en el Portal del Ministerio de Justicia. Artículo 3º.- Encárguese a la Gerencia General Regional y a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la adopción de las acciones pertinentes a fi n de dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional. Artículo 4º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. FELIX MORENO CABALLERO Gobernador 1239880-1 GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE Aprueban el Plan Estratégico Institucional 2015 - 2018 del Gobierno Regional de Lambayeque ORDENANZA REGIONAL N° 008-2015-GR.LAMB/CR Chiclayo, 24 de abril de 2015 El Gobernador del Gobierno Regional de Lambayeque; POR CUANTO: El Consejo Regional en su Sesión Ordinaria de fecha 08 de abril del 2015, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, reconoce en su artículo 10º, como competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales, el de planifi car el desarrollo integral de su región y ejecutar los programas socioeconómicos correspondientes, en armonía con el Plan Nacional de Desarrollo. Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1088 se creó el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, constituyendo este último el órgano