Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 2015 (21/05/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 76

553018

El Peruano Jueves 21 de MORDAZA de 2015

Aprueban el Manual de Operaciones de la Unidad Ejecutora Autoridad Portuaria Regional MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 010-2015-GR.LAMB/CR Chiclayo, 20 de MORDAZA de 2015 EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional en su Sesion Ordinaria de fecha 08 de MORDAZA del 2015, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las Municipalidades sin inferir sus funciones y atribuciones. La Estructura Organica Basica de estos Gobiernos la conforman el Consejo Regional como organo normativo y fiscalizador, el Gobernador Regional como "Organo Ejecutivo" y el Consejo de Coordinacion Regional integrado por los Alcaldes Provinciales y por representantes de la Sociedad Civil, como Organo Consultivo y de Coordinacion con las Municipalidades, con las funciones y atribuciones que les senala la Ley. Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, reconoce en su articulo 10º, como competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales, el de planificar el desarrollo integral de su region y ejecutar los programas socioeconomicos correspondientes, en MORDAZA con el Plan Nacional de Desarrollo. Que, mediante Oficio Nº 210-2015-GR.LAMB./PR, de fecha 27 de febrero del ano 2015 el Gobernador Regional del Gobierno Regional de MORDAZA eleva al Consejo Regional la propuesta del Manual de Operacion de la Unidad Ejecutora Autoridad Portuaria Regional Lambayeque. Que, la Unidad Ejecutora Autoridad Portuaria Regional MORDAZA, fue creada conforme a lo establecido en la Centesima Vigesima Primera Disposicion Final de la Ley del Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2013; Que, tal como esta definido en el Glosario de Terminos de las normas presupuestales al cual invoca el Ministerio de Economia y Finanzas, toda Unidad Ejecutora tiene personeria juridica de derecho publico interno, y constituye el nivel descentralizado u operativo en las entidades publicas; asimismo la Unidad Ejecutora cuenta con un nivel de desconcentracion administrativa que: a) determina y recauda ingresos; b) contrae compromisos, devenga gastos y ordena pagos con arreglo a la legislacion aplicable; c) registra la informacion generada por las acciones y operaciones realizadas; d) informa sobre el avance y/o cumplimiento de metas; e) recibe y ejecuta desembolsos de operaciones de endeudamiento; f) se encarga de emitir y/o colocar obligaciones de deuda; caracteristicas que aunada a la naturaleza de creacion de la Unidad Ejecutora Autoridad Portuaria Regional MORDAZA, esta se enmarca como Organo Descentralizado del Gobierno Regional MORDAZA, con la categoria de Proyecto Regional; Que, el Articulo 36o de los "Lineamientos para la formulacion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones en las entidades de la administracion publica", aprobado con DS No. 043-2006-PCM, establece la obligatoriedad que los programas y proyectos cuenten con un Manual de Operaciones, definiendo una estructura basica de contenido; Que, el Gerente General de la Autoridad Portuaria Regional MORDAZA ha propuesto un Manual de Operaciones, el mismo que cuenta con la conformidad tecnico ­ legal, y la aprobacion de este colegiado; Que, en ese sentido, el Inc. a., del Articulo 15º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece como atribuciones del Consejo Regional el aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los

asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Por lo que estando a lo dispuesto por el Articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA ha emitido la siguiente; ORDENANZA: Articulo Primero.- APROBAR el Manual de Operaciones de la Unidad Ejecutora Autoridad Portuaria Regional MORDAZA - UEAPRL, el mismo que consta de cinco (5) capitulos en veinte y tres (23) folios habiles, los mismos que de manera integrada forman parte de esta Ordenanza. Articulo Segundo.- DEJAR sin efecto toda disposicion que se oponga a la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- DISPONGASE la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el diario oficial El Peruano, asi como en el diario encargado de la publicacion de los avisos judiciales de la region MORDAZA, difundiendose ademas a traves del MORDAZA Electronico Institucional del Gobierno Regional de MORDAZA, www.regionlambayeque.gob.pe. Comuniquese al Gobernador del Gobierno Regional MORDAZA para su promulgacion. Dado en Chiclayo, a los veinte dias del mes de MORDAZA del ano dos mil quince. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los 20 dias del mes de MORDAZA del ano dos mil quince. MORDAZA MORDAZA PARALTA Gobernador Regional 1239516-1

Aprueban el Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF de la Autoridad Portuaria Regional MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 011-2015-GR.LAMB/CR Chiclayo, 20 de MORDAZA de 2015 El Gobernador MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional en su Sesion Ordinaria de fecha 15 de MORDAZA del 2015, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las Municipalidades sin inferir sus funciones y atribuciones. La Estructura Organica Basica de estos Gobiernos la conforman el Consejo Regional como organo normativo y fiscalizador, el Gobernador Regional como "Organo Ejecutivo" y el Consejo de Coordinacion Regional integrado por los Alcaldes Provinciales y por representantes de la Sociedad Civil, como Organo Consultivo y de Coordinacion con las Municipalidades, con las funciones y atribuciones que les senala la Ley. Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, reconoce en su articulo 10º, como competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales, el del Gobierno Regional de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.