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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MAYO DEL AÑO 2015 (22/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 50

El Peruano Viernes 22 de mayo de 2015 553088 Estando a las consideraciones expuestas, la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, en uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del artículo 90º del Texto único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; se, RESUELVE: Artículo Primero.- Conformar la Comisión Permanente de Selección para la cobertura de plazas vacantes de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, para el año judicial 2015, de la siguiente manera: • Dra. Carmen Leonor Barrera Utano - Presidenta – Representante de la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima Este. • Lic. Tania Paz Flores – Miembro – Jefe de la Ofi cina de Administración Distrital. • Lic. Edgar Roe Huánuco Farriol - Miembro – Coordinador del Área de Personal. Artículo Segundo.- Disponer que la Comisión designada cumpla con realizar los procesos de selección en estricto cumplimiento de la normatividad de la materia. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar de la Gerencia General del Poder Judicial, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Administración Distrital, Ofi cina de Personal de esta Corte Superior de Justicia y a los interesados para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. MARÍA DEL CARMEN PALOMA ALTABAS KAJATT Presidenta 1240629-1 ORGANOS AUTONOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Designan funcionario responsable de proporcionar información de acceso público conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Se publica la presente Resolución Directoral a solicitud de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, mediante carta de fecha 6 de mayo, recibida el 21 de mayo de 2015). ESCUELA NACIONAL SUPERIOR AUTÓNOMA DE BELLAS ARTES DEL PERÚ RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 024-2014-ENSABAP Lima, 13 de febrero del 2014 VISTOS: Resolución Directoral Nº 121-2013- ENSABAP y; CONSIDERANDO: Que, la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, es una Institución Pública de Educación Superior, con autonomía académica, económica y administrativa; por mandato expreso de la Ley Nº 23626, con la cual se sustituye la Décima Tercera Disposición de la Ley Nº 23384 – Ley General de Educación; y, la Ley Nº 28329 con la cual se modifica la Undécima Disposición Complementaria de la Ley Nº 28044 – Ley General de Educación; Que, con fecha 17 de julio del presente año, en sesión de Asamblea General se eligió al Sr. David Sixto Durand Ato como Director General de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, acto formalizado mediante Resolución de Asamblea General Nº 002-2013- ENSABAP; Que, de conformidad a lo establecido en el Art. 3º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº043-2003-PCM, todas las actividades y disposiciones de las entidades comprendidas dentro de la citada Ley, están sometidas al principio de publicidad, lo que implica, para las entidades de la administración pública, la obligación de proporcionar a los ciudadanos la información que posea o produzca, así como permitirles el acceso directo e inmediato a la información durante el horario de atención; Que, en ese sentido, el Art. 8º del Decreto Supremo mencionado en el párrafo precedente establece que las entidades obligadas a brindar información identifi carán al funcionario responsable de brindar la información solicitada; Que, de acuerdo al Art. 4º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº072-2003-PCM, se establece que la designación del funcionario responsable se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad y será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano. Adicionalmente, la Entidad colocará copia de la Resolución de designación en lugar visible en cada una de sus sedes administrativas; Que, por medio de la Resolución Directoral Nº121- 2013-ENSABAP se designó, con efi cacia anticipada al 26 de agosto del 2013, a la Abog. Aracelli Yeni Rufi no Cumpa como funcionaria responsable de proporcionar la información de acceso público que se solicite a la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú; Que, con Resolución Directoral Nº162-2013- ENSABAP se aceptó la renuncia de la Abog. Aracelli Yeni Rufi no Cumpa al cargo y funciones de Secretaria General de la ENSABAP y se designó a partir del 18 de noviembre del 2013, mediante Resolución Directoral Nº 163-2013- ENSABAP, al Abog. Jorge Joel Pesantes Arzapalo en el cargo y funciones de Secretario General de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú; Que, la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5). del Art. 2º de la Constitución Política del Estado; Que, en ese sentido, resulta necesario designar al funcionario responsable de proporcionar la información de acceso público, al cual se refi ere el Art. 4º del Reglamento de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; De conformidad con las normas acotadas; el Estatuto y el Reglamento General aprobados con Decreto Supremo Nº 015-2009-ED y Resolución Directoral Nº 338-2009- ENSABA respectivamente; Estando a lo dispuesto y con los vistos respectivos; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución Directoral Nº 121-2013-ENSABAP, de fecha 03 de setiembre del 2013 en la que se designó a la Abog. Aracelli Yeni Rufi no Cumpa como funcionaria responsable de proporcionar la información de acceso público a la que se refi ere la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo Segundo.- DESIGNAR, con efi cacia anticipada al 18 de noviembre del 2013, al Secretario General de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, Abog. Jorge Joel Pesantes Arzapalo, como funcionario responsable de proporcionar la información de acceso público al cual se refi ere la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Dirección Administrativa, la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal Institucional y en cada una de las sedes administrativas