Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 2015 (22/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano Viernes 22 de MORDAZA de 2015

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CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion de Superintendencia N.° 173-2013/SUNAT se aprueban las normas relativas al Registro para el control de Bienes Fiscalizados a que se refiere el articulo 6° del Decreto Legislativo N.° 1126; Que, posteriormente, mediante Resolucion de Superintendencia N.° 016-2014/SUNAT se establecio un Regimen Simplificado para la inscripcion en el Registro para el control de Bienes Fiscalizados, al que podran acogerse aquellos Usuarios que tengan dicha calidad unicamente por adquirir, en las zonas geograficas en las que se ha implementado el Regimen Especial para el control de Bienes Fiscalizados a que se refiere el articulo 34° del Decreto Legislativo N.° 1126, Gasolinas, Gasoholes, Diesel y sus mezclas con Biodiesel, desde el surtidor y/o dispensador de un Establecimiento de Venta al Publico de Combustibles, directamente al tanque de sus vehiculos automotores y naves para su utilizacion en los mismos; Que se considera conveniente facilitar la renovacion de la inscripcion en el Registro en el caso de los Usuarios inscritos conforme al Regimen Simplificado; Que al MORDAZA del numeral 3.2 del articulo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general, aprobado por el Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS y normas modificatorias, no se prepublica la presente resolucion por considerar que ello es innecesario en tanto mediante MORDAZA solo se facilita la renovacion de la inscripcion en el Registro; En uso de las facultades conferidas por el articulo 6° del Decreto Legislativo N.° 1126; el articulo 5° de la Ley N.° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT; y, el inciso s) del articulo 8° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por la Resolucion de Superintendencia N.° 122-2014/SUNAT y normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Incorpora articulo Incorporese el articulo 5°A a la Resolucion de Superintendencia N° 016-2014/SUNAT, conforme al siguiente texto: "Articulo 5°A.- Renovacion de la inscripcion en el Registro Para la renovacion de la inscripcion en el Registro, dentro del plazo previsto en el primer parrafo del articulo 19° del Reglamento, el Usuario inscrito en el Registro conforme a la presente resolucion, ademas de cumplir con lo dispuesto en el articulo 7° de la Ley, debera: a) No haber adquirido la condicion de no MORDAZA de acuerdo a las normas tributarias vigentes; b) Tener la inscripcion vigente en el Registro; y, c) Presentar la solicitud de renovacion de la inscripcion en el Registro adjuntando la documentacion establecida en el articulo 5°. El Usuario debera presentar la solicitud de renovacion de la inscripcion en el Registro en hoja simple, debidamente firmada por el o su representante legal acreditado en el RUC, en los lugares senalados en el literal c) del numeral 5.2 del articulo 5° de la Resolucion de Superintendencia N.º 173-2013-SUNAT. Si el tramite de MORDAZA es realizado por un tercero, este debera cumplir con lo dispuesto en el literal b) del numeral 5.2 del articulo 5° de la Resolucion de Superintendencia N.° 173-2013-SUNAT." DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL Unica.- Vigencia La presente resolucion entra en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 1240731-1

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Reconforman Comision encargada de monitorear el Pool de Asistentes de Jueces que asista temporalmente a magistrados de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA CONSEJO EJECUTIVO DISTRITAL RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 08-2015-CED-CSJLI/PJ MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2015 VISTOS: La Resolucion Administrativa Nº 16-2012-CEDCSJLI-PJ, de fecha 17 de MORDAZA de 2012, emitida por el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima; el Oficio N° 335-2015-J-ODECMACSJLI/PJ, de fecha 16 de MORDAZA de 2015, cursado por la Jefatura de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura; el Oficio N° 270-2015-UPD/CSJLI-PJ de fecha 12 de MORDAZA de 2015, cursado por la Unidad de Planeamiento y Desarrollo; el Oficio N° 1740-2014CP-UAF-GAD-CSJLI/PJ de fecha 12 de MORDAZA de 2015, cursado por la Coordinacion de Personal; y, CONSIDERANDO: Que, -habiendose implementado un Pool de Asistentes de Jueces de todas las especialidades a fin que asistan temporalmente a los Magistrados en las funciones de descarga- el Consejo Ejecutivo Distrital mediante Resolucion Administrativa Nº 16-2012-CED-CSJLI-PJ, dispuso la conformacion de una Comision encargada del monitoreo del citado pool de asistentes; la misma que estuvo presidida por la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de Jefa de la Unidad de Defensoria del Usuario Judicial de la ODECMA e integrada por un representante de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, un representante de la Coordinacion de Personal y un representante de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo. Que, dentro de la politica de prevencion y colaboracion con los organos de gestion que viene impulsando la ODECMA de MORDAZA -a fin de coadyuvar a un mejor servicio de imparticion de Justicia-, se propone al Consejo Ejecutivo Distrital, mediante Oficio N° 335-2015-J-ODECMA-CSJLI/ PJ, la designacion de nuevos integrantes para la Comision encargada de monitorear el Pool de Asistentes de Jueces de todas las especialidades, al no haberse actualizado su conformacion hasta la fecha. Que, sometida la propuesta a consideracion del Colegiado en sesion del 23 de MORDAZA del presente ano, el Consejo encontro razonable y valido el pedido efectuado; mas aun, si con su realizacion se coadyuva al cumplimiento de los fines del Pool de Asistentes de Jueces, el cual es la descarga procesal, la misma que incide directamente en el beneficio de los usuarios del servicio de justicia; acordandose, el reconformar la Comision, designandose como su Presidenta a la actual Jefa de la Unidad de Defensoria del Usuario Judicial de la ODECMA y oficiandose a las dependencias administrativas pertinentes, a efecto de la designacion de sus representantes. Que, mediante Oficio N° 270-2015-UPD/CSJLI-PJ y Oficio N° 1740-2014-CP-UAF-GAD-CSJLI/PJ, la Unidad de Planeamiento y Desarrollo y la Coordinacion de Personal, designan a sus representantes ante la Comision; siendo pertinente el emitir la resolucion correspondiente, en ejecucion del acuerdo de fecha 23 de MORDAZA de 2015. Que, estando a lo expuesto y en merito a las facultades conferidas por el inciso 19) del Articulo 96° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial;

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