Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 2015 (22/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano Viernes 22 de MORDAZA de 2015

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"38.5º Una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar por Resolucion Ministerial del Sector, MORDAZA Regional o de rango equivalente o Decreto de Alcaldia, o por Resolucion del Titular del Organismo MORDAZA conforme a la Constitucion, segun el nivel de gobierno respectivo. En caso contrario, su aprobacion se realiza conforme al mecanismo establecido en el numeral 38.1. En ambos casos se publicara la modificacion segun lo dispuesto por el numeral 38.3" Que, asimismo, la Direccion de Asesoria Legal concluye que en atencion a lo senalado por la Direccion Administrativa, se emite opinion favorable respecto a la reduccion del monto por concepto de matricula comprendido en el MORDAZA de la ENSABAP, no obstante, correspondera determinar a la Asamblea General la procedencia de dicha accion, debiendo contar para tal efecto con los correspondientes informes de la Direccion de Planificacion; Que, a traves del Informe Nº 015-2014-DP-ENSABAP, la Direccion de Planificacion indica que del analisis de las tres propuestas mencionadas por la Direccion Administrativa se desprende que los montos dejados de percibir por dichas propuestas representan el 9.19%, 9.93% y el 11.42% respectivamente del toral de ingresos para el ejercicio 2014; Que, en ese sentido, emite opinion favorable respecto a la reduccion del costo de la matricula para alumnos regulares propuesto por la Direccion Administrativa, observando que la Alta Direccion debera adoptar las medidas necesarias para captar mayores ingresos via proyectos, convenios, etc.; a efectos de cubrir la brecha deficitaria resultante de la reduccion del costo de matricula en mencion, buscando cumplir con nuestro Presupuesto de Ingresos para el ano 2014. Asimismo indica que se ha efectuado la reconversion de los nuevos terminos porcentuales de cada derecho de tramitacion con respecto a la UIT del presente ano y recomienda que se eleve los informes pertinentes a la Asamblea General de la ENSABAP para su revision y evaluacion a fin de que posteriormente remita los autos al Consejo Ejecutivo y se formalice la modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de nuestra institucion; Que, con fecha 17 de marzo del 2014, en Sesion Ordinaria, los miembros de la Asamblea General de la ENSABAP aprobaron, por unanimidad, la reduccion del costo de matricula de S/. 215.00 a S/.190.00 Nuevos Soles; Que, con fecha 24 de marzo del 2014, los miembros del Consejo Ejecutivo aprobaron, por unanimidad, la modificacion del Procedimiento Nº 2: "Matricula Regular", 2.2 "Para alumnos regulares" comprendido en nuestro MORDAZA, en atencion a los Informes de la Direccion de Administrativa, Direccion de Asesoria Legal y Direccion de Planificacion y el acuerdo de Asamblea General correspondiente a la sesion mencionada en el considerando anterior; Estando a lo dispuesto y con los vistos respectivos; y De conformidad con el Estatuto y el Reglamento General aprobados con Decreto Supremo Nº 015-2009ED y con Resolucion Directoral Nº 338-2009-ENSABA respectivamente; SE RESUELVE: Articulo Primero.- FORMALIZAR la modificacion del Procedimiento Nº 2: "Matricula regular", 2.2 "Para alumnos regulares" del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la ENSABAP, en cuanto al costo de la matricula de S/. 215.00; disponiendose la reduccion del mismo al monto de S/. 190.00 Nuevos Soles, para ser efectivo a partir del Semestre Academico 2014-I. Articulo Segundo.- DISPONER, que la Direccion Administrativa proceda a la publicacion de la presente resolucion directoral en el Diario Oficial El Peruano y el MORDAZA Institucional, asi como en cada uno de los locales de la ENSABAP. Asimismo, proceda a la difusion de la modificacion del Texto unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas de la Presidencia

de la Escuela Nacional Superior Autonoma de Bellas Artes del Peru. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Escuela Nacional Superior Autonoma de Bellas Artes del Peru 1239803-1

Formalizan modificacion del Procedimiento Nº 2: "Matricula regular", 2.2 "Para alumnos regulares" del MORDAZA de la ENSABAP
(Se publica la presente Resolucion Directoral a solicitud de la Escuela Nacional Superior Autonoma de Bellas Artes del Peru, mediante carta de fecha 5 de MORDAZA de 2015, recibida el 20 de MORDAZA de 2015) ESCUELA NACIONAL SUPERIOR AUTONOMA DE BELLAS ARTES DEL PERU RESOLUCION DIRECTORAL Nº 042-2014-ENSABAP MORDAZA, 25 de marzo del 2014 VISTOS: Carta S/N de fecha 13 de febrero del 2014, Hoja de Envio Nº 348, Memorando Nº 036-2014-DPENSABAP, Memorandum Nº 118-2014-DAD-ENSABAP, Informe Nº 027-2014-DA-ENSABAP, Hoja de Envio Nº 401, Memorando Nº 041-2014-DP-ENSABAP, Informe Nº 041-2014-DAD-ENSABAP, Memorando Nº 051-2014-DPENSABAP, Informe Nº 081-2014-DAL-ENSABAP, Informe Nº 015-2014-DP-ENSABAP y; CONSIDERANDO: Que, la Escuela Nacional Superior Autonoma de Bellas Artes del Peru, es una Institucion Publica de Educacion Superior, con autonomia academica, economica y administrativa; por mandato expreso de la Ley Nº 23626, con la cual se sustituye la Decima Tercera Disposicion de la Ley Nº 23384 ­ Ley General de Educacion; y, la Ley Nº 28329 con la cual se modifica la Undecima Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28044 ­ Ley General de Educacion; Que, con fecha 17 de MORDAZA del 2013, en sesion de Asamblea General se MORDAZA al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Director General de la Escuela Nacional Superior Autonoma de Bellas Artes del Peru, acto formalizado mediante Resolucion de Asamblea General Nº 002-2013ENSABAP; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 116-2013ENSABAP de fecha 09 de agosto del 2013 se formalizo la modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la ENSABAP; Que, a traves de comunicacion escrita dirigida a la Direccion General, los representantes de los estudiantes ante los Organos de Gobierno y del Centro de Estudiantes de la ENSABAP solicitan que se evalue, nuevamente, un reajuste en el costo de la matricula; Que, mediante Informe Nº 041-2014-DAD-ENSABAP la Direccion Administrativa emite su opinion tecnica sobre la determinacion de costos en relacion al procedimiento de matricula regular establecido en el MORDAZA institucional en virtud de la revision y analisis de los componentes de dicho procedimiento (matricula), determinandose la reduccion de costos de algunos componentes observando finalmente la incidencia en la reduccion del total de los ingresos para el presente ejercicio; concluyendo que es factible la reduccion del costo de la matricula teniendose para esto tres propuestas, siendo los montos de estas los siguientes: S/. 170.40, S/.190.20 y S/.200.00 Nuevos Soles; Que, con Informe Nº 081-2014-DAL-ENSABAP la Direccion de Asesoria Legal senala que en virtud a los documentos remitidos por la Direcciones de Planificacion y Administrativa, resulta pertinente hacer referencia al numeral 5 del Art. 38º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, el cual prescribe:

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