Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 2015 (22/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano Viernes 22 de MORDAZA de 2015

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el Diario Oficial El Peruano el 28 de marzo de 2015, el MORDAZA 29 de noviembre de 2015 se llevaran a cabo las Elecciones Municipales 2015 en la provincia de Putumayo (Loreto), y los distritos de Yaguas y MORDAZA MORDAZA (Putumayo, Loreto), Mi Peru (Callao), Uchuraccay (Huanta, Ayacucho), Inkawasi y MORDAZA Virgen (La Convencion, Cusco), Quichuas y Andaymarca (Tayacaja, Huancavelica) y MORDAZA MORDAZA Arguedas (Andahuaylas, Apurimac), con la finalidad de que se elijan a los respectivos alcaldes y regidores en estas circunscripciones, creadas durante el ano 2014. 2. Es asi que se presenta la necesidad de determinar el numero de integrantes de estos nuevos concejos municipales, con arreglo a lo dispuesto en el articulo 24 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante LEM), segun el cual, el numero de regidores a elegirse en cada concejo municipal es determinado por el MORDAZA Nacional de Elecciones en proporcion a su poblacion, no debiendo ser, en ningun caso, inferior a cinco (5) ni mayor de quince (15), exceptuandose al Concejo Provincial de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA que tendra treinta y nueve (39) regidores. 3. Con el Oficio Nº 587-2015-INEI/DTDIS, de fecha 19 de MORDAZA de 2015, el jefe del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI) remitio a este organismo electoral la informacion de la proyeccion de poblacion para el 2015, elaborado por la Direccion Tecnica de Demografia e Indicadores Sociales del referido ente, correspondiente a las circunscripciones comprendidas en las Elecciones Municipales 2015, conforme se detalla a continuacion:
Nº 1 2 3 4 5 6 MORDAZA 7 8 9 HUANCAVELICA -AYACUCHO MORDAZA Departamento Provincia PUTUMAYO PUTUMAYO PUTUMAYO CALLAO HUANTA LA CONVENCION LA CONVENCION TAYACAJA TAYACAJA ANDAHUAYLAS YAGUAS MORDAZA MORDAZA MI PERU UCHURACCAY INKAWASI MORDAZA VIRGEN QUICHUAS ANDAYMARCA MORDAZA MORDAZA ARGUEDAS Distrito Poblacion proyectada 11 866 729 1 222 59 005 5 290 5 054 1 817 4 144 2 283 3 756

levantada durante el resto del periodo de gobierno por el que fue MORDAZA y que culmino el 31 de diciembre de 2014, tiempo durante el cual el consejero regional llamado por ley asumio el cargo de presidente regional. 9. Este pronunciamiento inmediato de la jurisdiccion electoral, en tanto unica instancia facultada por la ley para dejar sin efecto en forma definitiva o temporal una credencial de una autoridad regional o local de eleccion popular, asi como por su trascendencia para nuestra consolidacion democratica, en tanto MORDAZA de su afianzamiento, faculta a este organismo constitucional a exhortar a la nueva autoridad regional a que ejerza sus competencias y obligaciones con respeto a la Constitucion Politica del Peru y a la ley, MORDAZA cuando estas supongan, en particular, la contratacion de servicios, adquisicion o disposicion de bienes, o en general, la disposicion de los fondos publicos. Lo anterior, en tanto este Colegiado Electoral, al no ser ajeno a la percepcion ciudadana, asume con total conviccion que la irregular utilizacion de bienes y servicios publicos en beneficio propio o de terceros que impliquen actos de corrupcion, ademas de significar un perjuicio economico para el Estado, se eleva como el mayor enemigo de la democracia contemporanea. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER la entrega de credenciales al gobernador regional de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA para el periodo de gobierno 2015-2018. Articulo Segundo.- EXHORTAR a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, gobernador del Gobierno Regional de MORDAZA, a que actue con honradez, responsabilidad, transparencia y eficiencia en el ejercicio del mandato representativo que le ha sido conferido. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1240405-2

10 MORDAZA

Establecen numero de regidores provinciales y regidores distritales a ser elegidos en el MORDAZA de Elecciones Municipales 2015, asi como el numero equivalente a los porcentajes de aplicacion de las cuotas electorales de genero y jovenes
RESOLUCION Nº 0147-2015-JNE MORDAZA, veinte de MORDAZA de dos mil quince. VISTO el Oficio Nº 587-2015-INEI/DTDIS del Jefe del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, recibido con fecha 19 de MORDAZA de 2015, con el que remite el cuadro estadistico con la poblacion proyectada al 2015, en las circunscripciones comprendidas en las Elecciones Municipales 2015. CONSIDERANDOS De las Elecciones Municipales 2015 1. De conformidad con la convocatoria efectuada por Decreto Supremo Nº 022-2015-PCM, publicado en

4. Al respecto, mediante la Resolucion Nº 269-2014JNE, de fecha 1 de MORDAZA de 2014, se establecio el numero de regidores que correspondia a cada concejo municipal para las Elecciones Municipales 2014, considerando los siguientes rangos de poblacion:
Rango 1 2 3 4 5 6 Concejos provinciales o distritales con poblacion de 500 001 a mas habitantes 300 001 hasta 500 000 100 001 hasta 300 000 50 001 hasta 100 000 25 001 hasta 50 000 25 000 o menos Numero de regidores 15 13 11 9 7 5

Es asi que para la asignacion de regidores en las circunscripciones comprendidas en las Elecciones Municipales 2015, se aplicaran dichos rangos teniendo como referencia la poblacion proyectada por el INEI. 5. Asimismo, en este MORDAZA electoral, en el que se elegiran a las autoridades municipales correspondientes al periodo 2015-2018, rigen los mismos plazos y exigencias que regulan las elecciones municipales ordinarias, por lo que es necesario precisar algunas fechas limite de orden legal

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