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El Peruano Viernes 22 de mayo de 2015 553072 Autorizan viaje de funcionarios a Suiza, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0407/RE-2015 Lima, 20 de mayo de 2015 CONSIDERANDO: Que, el Perú es Miembro de la Organización Mundial del Comercio (OMC) al haber aprobado mediante Resolución Legislativa N.° 26407, de 16 de diciembre de 1994, el Acuerdo por el cual se establece la OMC y los Acuerdos Comerciales Multilaterales contenidos en el Acta Final de la Ronda Uruguay, suscrita en Marrakech, Reino de Marruecos, el 15 de abril de 1994; Que, una de las funciones de la Organización Mundial del Comercio (OMC) es tratar de resolver las diferencias comerciales entre sus miembros a través de un mecanismo de solución de diferencias denominado “Entendimiento relativo a las Normas y Procedimientos por los que se rige la Solución de Diferencias” que forma parte del Acuerdo por el que se establece la OMC; Que, el 12 de abril de 2013, la República de Guatemala presentó formalmente una solicitud de consultas al Perú en el marco de dicho mecanismo, así como el establecimiento de un grupo especial, el cual emitió su informe fi nal el 27 de noviembre de 2014; Que, las audiencias ante el Órgano de Apelación de la OMC del Caso DS 457, “Perú-Derecho adicional sobre las importaciones de determinados productos agropecuarios” se llevarán a cabo del 26 al 27 de mayo de 2015, en la sede de la Organización Mundial del Comercio, ciudad de Ginebra, Confederación Suiza; Que, previo a dicho evento, del 22 al 25 de mayo de 2015, se realizará una reunión de coordinación entre los integrantes del equipo peruano multisectorial con la Representación Permanente del Perú en Ginebra y el estudio de abogados internacionales que representa los intereses del Perú en dicha diferencia; Que, el referido equipo multisectorial se encuentra integrado por funcionarios de los Ministerios de Economía y Finanzas, Comercio Exterior y Turismo, Agricultura y Riego, y Relaciones Exteriores; Que, la Alta Dirección cuenta con un Gabinete de Asesoramiento Especializado para la conducción estratégica de las políticas del sector, siendo la Asesoría Jurídica la encargada de brindar asesoramiento especializado en materia de Política Exterior y Derecho Internacional; Que, es necesario autorizar el viaje, en comisión de servicios, de profesionales integrantes de la Asesoría Jurídica del Gabinete de Asesoramiento Especializado, por formar parte del equipo multisectorial; Que, por razones de itinerario el viaje de los funcionarios que participarán en las referidas reuniones, se realizará del 23 al 28 de mayo de 2015; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAB) N.° 787, del Despacho Ministerial, de 14 de mayo de 2015; y los Memorandos (AJU) N.° AJU0056/2015, de la Coordinación de la Asesoría del Gabinete Especializado, de 12 de mayo de 2015, y (OPR) N.° OPR0166/2015, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 20 de mayo de 2015, que otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley N.° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley N.° 28807 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N.° 047-202-PCM, y sus modifi catorias; la Ley N.° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento; y el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N.° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; SE RESUELVE: Artículo 1. Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los siguientes funcionarios, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 23 al 28 de mayo de 2015, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución: • Señor Juan José Ruda Santolaria, Asesor Jurídico del Gabinete de Asesoramiento Especializado; y, • Señor Julio Gustavo Arévalo Castro, Coordinador de la Asesoría Jurídica del Gabinete de Asesoramiento Especializado. Artículo 2. Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0083906 Conducción y Asesoramiento de Líneas de Política Exterior e Institucional, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasaje Aéreo Clase Económica US$ Viáticos por día US$ N° de Días Total viáticos US$ Juan José Ruda Santolaria 2 450,00 540,00 6 3 240,00 Julio Gustavo Arévalo Castro 2 450,00 540,00 6 3 240,00 Artículo 3. Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios deberán presentar a la Ministra de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado Artículo 4. La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RIOS Ministra de Relaciones Exteriores 1240410-3 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan a TV Cable Darikson S.A.C. concesión única para prestar servicios públicos de telecomunicaciones en el territorio nacional RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 229-2015 MTC/01.03 Lima, 19 de mayo de 2015 VISTA, la solicitud presentada con Expediente N° 2015-003258, por la empresa TV CABLE DARIKSON S.A.C. sobre otorgamiento de concesión única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, en todo el territorio de la República del Perú; precisando que el Servicio Público de Distribución de Radiodifusión por Cable, en la modalidad de cable alámbrico u óptico, será el servicio a prestar inicialmente; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 3 del artículo 75° del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC, señala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el artículo 47° del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, modifi cado por la Ley N° 28737, publicada el 18 mayo 2006, señala que “Llámase concesión al acto jurídico mediante el cual el Estado concede a una persona natural o jurídica la facultad de prestar servicios públicos de telecomunicaciones. El Ministerio otorgará concesión única para la prestación de todos los servicios públicos de telecomunicaciones, independientemente