Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 2015 (22/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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Narda Lizette MORDAZA MORDAZA Viaticos Complementarios US$ 1 000,00 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viaticos Complementarios US$ 1 000,00 MORDAZA MORDAZA MORDAZA Laredo Viaticos Complementarios US$ 1 000,00

El Peruano Viernes 22 de MORDAZA de 2015

unidos quienes representan el 53% del total de nuestras exportaciones de quinua; MORDAZA MORDAZA 2010-2011 2011-2012 2012-2013 2013-2014 2014-2015 AREAS COSECHADAS HAS. 498.00 594.00 1,390.00 8,109.00 4,380 (Sembradas) PRODUCCION T. 1,012.81 1,683.22 5,322.20 33,137.16 -

Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1240584-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Crean el "Consejo Regional de Granos Andinos - COREGRA"
ORDENANZA REGIONAL Nº 308-AREQUIPA El Consejo Regional de MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, las normas constitucionales y leyes organicas referentes a la descentralizacion mencionan la estructura basica de los gobiernos regionales, siendo estas conformadas por el Consejo Regional como organo normativo y fiscalizador, el Presidente como organo ejecutivo y el Consejo de Coordinacion Regional como organo consultivo y de coordinacion; Que, en ese sentido, el articulo 191° de la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion ­ Ley N° 2768, establece que los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, ademas, la Ley Organica de Gobierno Regionales, modificada por la Ley N° 27902, establece en su articulo 38° que el Consejo Regional, como organo normativo del Gobierno Regional, tiene la atribucion de aprobar la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentar materias de su competencia a traves de Ordenanzas Regionales; Que, el articulo 51º del mismo cuerpo normativo dispone que son funciones del Gobierno Regional en materia agraria: (i) Formular, aprobar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas de la region en materia agraria en concordancia con las politicas nacionales y los planes sectoriales, (ii) Promover la transformacion, comercializacion, exportacion y consumo de productos naturales y agroindustriales de la region, (iii) Planificar, promover y concertar con el sector privado, la elaboracion de planes y proyectos de desarrollo agrario y agroindustrial, y (iv) Promover politicas para generar una cultura de seguridad alimentaria; Que, mediante Informe Nº 004-2015-GRA/GRAGSGPA la Sub gerencia de Promocion Agraria informa que el Programa Nacional de Innovacion Agraria en Cultivos Andinos del INIA considera como Granos Andinos a la Quinua, kiwicha y Canihua; asimismo, manifiesta que la Quinua es hoy por hoy el grano mas importante ya que representa el 88% del total de las exportaciones de granos andinos con un valor FOB de mas de 116 millones de dolares hasta agosto de 2014, siendo los Estados

Que, las Agencias Agrarias de La Union, Condesuyos y Caylloma se vienen articulando a la cadena productiva de granos andinos, en donde se considera a los cultivos de la quinua y kiwicha, por tener demanda en los mercados de Estados unidos, Europa y Asia; siendo por tanto que en la Region MORDAZA la importancia del cultivo de la quinua se ha manifestado a partir del ano 2013 con la promocion que el Estado peruano realizo en el MORDAZA del "Ano Internacional de la Quinua"; cuya tendencia ha ido de menos a mas; Que, sin embargo, en el ano 2014, en la Irrigacion Majes se dio un fenomeno de la aparicion de una plaga en el cultivo de la quinua del orden Hemiptera, familia Lygaeidae y Pentatomidae (chinche), la que ha ocasionado que se emplee indiscriminadamente una serie de productos quimicos para su control y esto ha conllevado a que en el grano de quinua quede residuos toxicos de productos quimicos, lo que, ha restringido la comercializacion del grano de quinua producido convencionalmente; Que, este problema sanitario se evidencia en la MORDAZA costera de la region MORDAZA, en donde los cultivos son manejados en una agricultura convencional, mas no asi en la MORDAZA de valles interandinos, MORDAZA media y MORDAZA alta de la Region MORDAZA en donde el manejo de la agricultura es en un entorno de equilibrio con la naturaleza; Que, con respecto al cultivo de la Kiwicha, por su valor nutritivo es considerada como uno de los granos andinos que tienen demanda en los mercados europeos y asiaticos, estando en crecimiento de areas y de produccion por la demanda que se tiene; y, con respecto al cultivo de la Canihua, esta se da en las partes alto andinas y es exclusivamente de autoconsumo y el remanente se comercializa en los mercados locales de la region Arequipa; Que, por lo expuesto, mediante oficio Nº 0398-2015GRA/GRAG la Gerencia Regional de Agricultura comunica que a raiz de una serie de reuniones de trabajo y mesas tecnicas de Granos Andinos, en la cual han participado representantes del SENASA, INIA, ARMA,, Asociacion de Productores, Empresas Comercializadoras y las Agencias Agrarias se ha llegado a la conclusion de conformar un "Consejo regional de Granos Andinos ­COREGRA" cuya finalidad es operar como una instancia de dialogo y consenso entre el sector publico y privado, y ademas como un espacio consultivo de la Gerencia Regional Agricultura relacionado al desarrollo y fortalecimiento economico y competitivo de los granos andinos; Que, mediante Informe Legal Nº 089-2015-GRA/GRAGOAJ, la Oficina de Asesoria Juridica de la Gerencia Regional de Agricultura, concluye que se requiere conformar el dicho consejo, no solo para promover el desarrollo y fortalecimiento del cultivo de granos andinos, sino ademas garantizar la inocuidad de los alimentos en atencion al Decreto Legislativo Nº 1062 y la Ley Nº 29196; Que, entonces, por estas consideraciones, al MORDAZA de la Ley N° 27783 / Ley de Bases de la Descentralizacion; Ley N° 27867 / Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; exonerado el tramite de comision y en observancia del MORDAZA legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nro. 001-2007-GRA/CRAREQUIPA, la Ordenanza Regional 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional 154-AREQUIPA, SE HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA: ORDENANZA REGIONAL QUE CREA EL CONSEJO REGIONAL DE LOS GRANOS ANDINOS - COREGRA Articulo 1º.- Creacion del COREGRA CREASE el "Consejo Regional de Granos Andinos ­ COREGRA" como una instancia consultiva de la Gerencia

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