Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 2015 (22/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano Viernes 22 de MORDAZA de 2015

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instalacion de la "Comision Regional de Granos Andinos ­ COREGRA" en el plazo de veinte (20) dias habiles, desde entrada en vigencia la presente norma. Articulo 7º.- Reglamento del COREGRA El "Consejo Regional de Granos Andinos ­ COREGRA" elaborara su Reglamento Interno en un plazo sesenta dias calendarios, contabilizados desde la fecha de su instalacion, el mismo que debera ser remito al Consejo Regional para su aprobacion. Articulo 8º.- De la Vigencia de la MORDAZA La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo 9º.- De la publicacion DISPONER la publicacion de la presente Ordenanza Regional tanto en el Diario Oficial "El Peruano" como en el Diario de Avisos Judiciales "La Republica"; en ese sentido, se encarga a la Oficina de Planeamiento y Desarrollo Institucional del Ejecutivo Regional que, una vez publicada en el Diario Oficial, inmediatamente, esta se publique en la pagina web institucional, de conformidad con lo regulado en el articulo 9 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. La tramitacion de la publicacion sera a cargo de la Secretaria del Consejo Regional, mientras que el costo que esta irrogue sera cubierto por el Organo Ejecutivo Regional. Comuniquese a la senorita Gobernadora del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de MORDAZA del 2015. MORDAZA MORDAZA OBEZO Presidente del Consejo Regional de MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los doce dias del mes de MORDAZA del dos mil quince. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gobernadora del Gobierno Regional MORDAZA 1239745-1

de Agricultura, y de dialogo y consenso entre el sector publico y privado, propiciando la participacion consensuada de productores, industriales y consumidores. Articulo 2º.- Finalidad La finalidad del "Consejo Regional de Granos Andinos ­ COREGRA" es promover el desarrollo y fortalecimiento del cultivo de granos andinos en la Region MORDAZA, con criterios de responsabilidad social y estandares de calidad; a efectos de garantizar la inocuidad de los alimentos destinados al consumo humano. Articulo 3º: Conformacion del COREGRA El "Consejo Regional de Granos Andinos ­ COREGRA", se encuentra conformada por: · Un representante de la Gerencia Regional de Agricultura. · Un representante de la Gerencia Regional de la Produccion. · Un representante de la Autoridad Regional Ambiental. · Un representante de las Agencias Agrarias · Un representante de la Universidad Nacional de San Agustin. · Un representante de la Universidad Catolica MORDAZA Maria. · Un representante del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, sede Arequipa. · Un representante del Programa de MORDAZA Exportadora. · Un representante del Instituto Nacional de Innovacion Agraria, sede Arequipa. · Un representante de las Empresas de Productoras y Comercializadoras de grano andinos. · Un representante de las Empresas Agroindustriales que procesan granos andinos. · Diez (10) representantes de las Zonas Productoras de granos andinos. Articulo 4º.- De la Secretaria Tecnica El COREGRA contara con una Secretaria Tecnica, encargada de fortalecer las decisiones que se adopten y ejecutar las acciones que se requiera para su correcto funcionamiento, garantizando un trabajo tecnico sobre la materia, la misma que recaera en la Gerencia Regional de Agricultura. Articulo 5º: Funciones del COREGRA El "Consejo Regional de Granos Andinos ­ COREGRA", tiene las siguientes funciones: a) Disenar, formular, monitorear y evaluar las acciones del Gobierno Regional, con respecto a las politicas en materia de agraria relacionada a los granos andinos. b) Elaborar y proponer al Consejo Regional acuerdos y ordenanzas regionales que promuevan el desarrollo y fortalecimiento de los granos andinos. c) Proponer iniciativas legislativas al Consejo Regional, para su aprobacion y tramitacion ante el Congreso de la Republica. d) Coordinar con las instituciones publicas y privadas involucradas. e) Participar en la ejecucion y monitoreo de las politicas publicas. f) Informar del trabajo y la gestion realizada, cada ano, mediante encuentros regionales en los que participen todos los actores involucrados. g) Emitir opinion y/o informes a solicitud de la Gerencia Regional de Agricultura y del Consejo Regional. h) Cautelar las disposiciones de caracter cultural y fitosanitarias que deben cumplir las personas naturales y juridicas que se dediquen al cultivo de granos andinos. i) Promover la capacitacion y asesoramiento tecnico a los productores de granos andinos a cargo de las entidades publicas del sector agrario. j) Promover la investigacion cientifica, innovacion y transferencia tecnologica de los granos andinos en cada piso ecologico de produccion. k) Promover la conservacion del ambiente en las zonas productoras de grano MORDAZA, evitando su contaminacion por residuos toxicos u otros. Articulo 6º.- Instalacion del COREGRA ENCARGAR a la Gerencia Regional de Agricultura la

Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Islay para la ejecucion de obra de mejoramiento de servicio educativo en institucion educativa
ACUERDO REGIONAL Nº 030-2015-GRA/CR-AREQUIPA MORDAZA, 9 de MORDAZA del 2015 El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en Sesion Ordinaria aprobo el siguiente acuerdo: CONSIDERANDO: Que, conforme a lo prescrito en el articulo 39º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales ­ el Consejo Regional de MORDAZA es competente para emitir Acuerdos Regionales que expresen la decision de este organo sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interes publico, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Que, conforme a lo establecido en el articulo 12º, numeral 12.1 inciso e) de la Ley 30281/Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano 2015, el Gobierno Nacional autoriza, de manera excepcional, las transferencias

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