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El Peruano Miércoles 27 de mayo de 2015 553364 subvaluadas, por concepto del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, generados y determinados producto de un proceso fi scalización tributaria, determinados hasta el 31 de diciembre del 2015, respecto de los predios de la zona urbana, zona industrial y Asentamientos Humanos. b) Condonación del 100% de Multas Tributarias, producto de un proceso de fi scalización tributaria, sobre las subvaluaciones determinadas hasta el 31 de diciembre del 2015, respecto de los predios de la zona urbana, zonas industriales y Asentamientos Humanos. c) Para acogerse a los presentes benefi cios tributarios los contribuyentes determinados deberán realizar el pago de sus obligaciones tributarias al contado (PAGO ANUAL) respecto a la determinación efectuada. Artículo Cuarto.- INSCRIPCIÓN Y DECLARACIÓN VOLUNTARIA A los administrados que efectúen la inscripción voluntaria como contribuyentes en plataforma de atención al público a cargo de la Sub Gerencia de Administración, Recaudación y Fiscalización Tributaria, antes de cualquier notifi cación o Requerimiento, se aplicará lo establecido en la presente ordenanza. La aplicación del presente benefi cio está supeditada a que el contribuyente cumpla con pagar al contado (PAGO ANUAL) la deuda determinada al momento de la regularización de la Declaración Jurada. Artículo Quinto.- DE LOS PRINCIPALES CONTRIBUYENTES Que, respecto de los grandes contribuyentes de las zonas urbanas y/o zona industrial, deberá realizarse una fi scalización selectiva a los predios de los mismos, en atención a la normatividad vigente. Artículo Sexto.- DE LOS RECURSOS TRIBUTARIOS EN TRÁMITE Los deudores tributarios que hayan presentado recursos tributarios, pendientes de pronunciamiento de parte de la administración tributaria, y que desean acogerse a los benefi cios de la presente ordenanza, presentarán el desistimiento de la impugnación formulada, debiendo cancelar las deudas tributarias reclamadas y no reclamadas, materia de benefi cio de la presente ordenanza, debiendo cumplir con lo señalado en el segundo párrafo del Artículo Cuarto. Artículo Sétimo.- FACULTADES DEL ALCALDE Facúltese al Alcalde para que mediante decreto de alcaldía dicte disposiciones necesarias para lograr la adecuada aplicación y/o ampliación de vigencia de la presente ordenanza. Artículo Octavo.- DEL CUMPLIMIENTO DE LA ORDENANZA Encárguese a la Gerencia de Rentas, Sub Gerencia de Administración, Recaudación y Fiscalización Tributaria, Ofi cina de Ejecutoría Coactiva, Sub Gerencia de Tecnología de la Información y Comunicación, el cumplimiento de la presente Ordenanza, de acuerdo a su competencia. Y Imagen Institucional su difusión, a la Gerencia de Administración y Finanzas su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FELIPE ARAKAKI SHAPIAMA Alcalde 1241514-1 MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones - ROF, la Estructura Orgánica y el Organigrama de la Municipalidad ORDENANZA Nº 218-2015-MDC Cieneguilla, 23 de abril de 2015 EL ALCALDE DE MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA: VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 030-2015-GPP/MDC de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto y el Informe Nº 070-2015-GAJ/MDC de la Gerencia de Asesoría Jurídica, referido a la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 030-2015-GPP/MDC la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto comunica al Despacho de Gerencia Municipal la proposición del proyecto de Reglamento de Organización y Funciones – ROF y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla; Que, mediante Informe Nº 070-2015-GAJ/MDC la Gerencia de Asesoría Jurídica informa que el Reglamento de Organización y Funciones ha sido elaborado siguiendo los lineamientos aprobados por el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM modifi cado por el Decreto Supremo Nº 018- 2007 PCM y que “siendo atribución del Concejo Municipal el de aprobar, modifi car o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos en estricto cumplimiento de lo previsto en el numeral 8) del Artículo 9º de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, se debe elevar el proyecto del citado instrumento de gestión al Concejo Municipal para su trámite en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 4) del Artículo 20º de la Ley”; Estando a lo expuesto, de conformidad con los numerales 3); 8) y 32) del Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente ordenanza con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Y LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y EL ORGANIGRAMA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones – ROF y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla en los términos del texto adjunto y el Organigrama Institucional de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla que en Anexo 1, forman parte integral de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DERÓGUESE la Ordenanza Nº 139-2011-MDC de fecha 20 de Agosto de 2011 sus modifi catorias y cualquier otra norma que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DISPÓNGASE la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional y demás Documentos de Gestión necesarios para su implementación y ejecución de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación la publicación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF y la Estructura Orgánica en la Página Web de la Municipalidad de Cieneguilla (www.municieneguilla.gob. pe). Artículo Quinto.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, de conformidad con el artículo 4º del Reglamento de la Ley Nº 29091, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EMILIO A. CHÁVEZ HUARINGA Alcalde