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El Peruano Miércoles 27 de mayo de 2015 553354 Delegados/Candidatos. Asimismo, preverá la participación de un Notario Público. b. La GGE entregará los materiales electorales para el desarrollo de la Asamblea de Delegados /Candidatos a la mesa de sufragio en el lugar, fecha y hora que se disponga. 7.2 DEL DESARROLLO DE LA ASAMBLEA DE DELEGADOS/CANDIDATOS 7.2.1 DEL QUÓRUM E INICIO DE LA ASAMBLEA El desarrollo de la Asamblea de Delegados/Candidatos será de responsabilidad de los miembros de mesa y será conducida por el Presidente de la mesa de sufragio. 7.2.1.1 Del registro de la asistencia a. Los delegados/candidatos registrarán su asistencia a la Asamblea de Delegados en el Registro de Asistencia para establecer el quórum, de acuerdo al horario señalado en la convocatoria. b. El registro de la asistencia de los delegados/ candidatos estará a cargo de la GCRC. 7.2.1.2 Del Quórum en el primer llamado a. De acuerdo al horario señalado en la convocatoria, el Secretario realizará el primer llamado, a fi n de verifi car la asistencia de no menos del 70% de la totalidad de delegados/candidatos. b. De lograrse el quórum requerido en este primer llamado, el Presidente de Mesa hará de conocimiento el número de delegados/candidatos asistentes y procederá a la instalación de la mesa de sufragio y el desarrollo de la votación con el primer delegado/candidato que fi gure en la asistencia. 7.2.1.3 Del Quórum en el segundo llamado a. De no ocurrir la condición del primer llamado y habiendo transcurrido cuarenta y cinco minutos (45), el Secretario realizará el segundo llamado. b. Los miembros de mesa verifi carán la asistencia del 50% más 1 de la totalidad de delegados/candidatos. c. De alcanzarse el quórum establecido, el Presidente de mesa hará de conocimiento el número de delegados/ candidatos asistentes y procederá a la instalación de la mesa de sufragio y el desarrollo de la votación con el primer delegado/candidato que fi gure en la asistencia. d. En caso de no contar con el quórum en este llamado, queda automáticamente convocada una nueva asamblea en el mismo lugar y hora, a llevarse a cabo el quinto día calendario siguiente al de la fecha de la primera asamblea, de conformidad al artículo 36° de las disposiciones y sus modifi catorias; y suscribirán el Acta de no instalación por falta de quórum. e. Los delegados/candidatos presentes en la Asamblea, se darán por notifi cados para asistir a la Nueva Asamblea y la SG procederá a notifi car, mediante procedimiento regular a los delegados/candidatos ausentes. 7.2.1.4 De los horarios Los horarios de la Asamblea de Delegados/Candidatos se desarrollarán de acuerdo al siguiente detalle: Cuadro N° 01 Horarios de la Asamblea de Delegados/Candidatos Hora Actividad 8:15 – 8:45 horas Registro de asistencia de delegados/ candidatos 9:00 – 9:10 horas Primer llamado al quórum El segundo llamado al quórum se efectuará 45 minutos después de realizado el primer llamado. La votación durará 45 minutos a partir de la instalación de la mesa de sufragio. El cierre de la votación podrá adelantarse si sufragaron todos los delegados/candidatos. 7.2.2 DEL DESARROLLO DE LA VOTACION DE DELEGADOS/CANDIDATOS a. Luego de establecido el quórum, sea en el primer o segundo llamado a la Asamblea, los miembros de mesa instalarán la mesa de sufragio de acuerdo a la Guía para el Desarrollo de la Asamblea de Delegados/Candidatos y concluirá con la fi rma del acta de instalación. b. Luego de instalada la mesa de sufragio, se realizará la votación conforme al procedimiento establecido en el artículo 43° de las disposiciones. 7.2.3 DEL ESCRUTINIO DE VOTOS a. Concluido el tiempo dispuesto para la votación, o en el caso que todos los delegados/candidatos hayan cumplido con emitir su voto (lo que ocurra primero), el presidente de mesa iniciará el conteo de los votos de acuerdo a la Guía para el Desarrollo de la Asamblea de Delegados/Candidatos. b. Los miembros de mesa resuelven en primera instancia las impugnaciones formuladas a la identidad, voto y escrutinio. De interponerse una apelación, el Comité de Resolución de Impugnaciones, resolverá de manera inmediata según sea el caso. Lo resuelto por el Comité es inapelable. c. Los miembros de mesa procederán de acuerdo a las siguientes reglas de escrutinio para defi nir los votos, así como los posibles casos de tipos de votos descritos en el anexo N°1 de la presente directiva: • Se cuenta como voto válido aquel marcado con un aspa (X) o cruz (+) cuya intersección o cruce de las líneas esté dentro del recuadro de la fotografía de uno o dos delegados/candidatos. • Se cuenta como un voto en blanco aquel que no contiene ninguna marca. • Se cuenta como un voto nulo aquel que tiene más de dos opciones, marcas u otro tipo de signo distinto de la cruz o el aspa. 7.2.4 DE LOS RESULTADOS Y TÉRMINO DE LA ASAMBLEA a. Los ejemplares de las actas que se generen durante la Asamblea de Delegados/Candidatos serán entregados al JEE, JNE, ONPE y al CNM. Del mismo modo se entregará copia autenticada por fedatario institucional del registro de asistencia. b. Los delegados/candidatos recibirán copia autenticada por fedatario institucional tanto de las actas como del registro de asistencia. 7.2.5 DEL SORTEO PARA EL DESEMPATE a. De producirse empate entre los delegados más votados y de ser necesario, los miembros de mesa procederán a realizar un sorteo. Para este efecto se procederá a ordenar alfabéticamente a los delegados/ candidatos empatados, según primer apellido de su DNI, luego se les asignará un número correlativo empezando por el 1 hasta completar el número de delegados/ candidatos empatados, de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 45° de las disposiciones. b. Los resultados del sorteo se suscribirán mediante el Acta de Sorteo para el Desempate. c. El Notario Público dará fe de este acto. 7.3 DE LA NUEVA ASAMBLEA DE DELEGADOS/ CANDIDATOS La Nueva Asamblea se llevará cabo el quinto día calendario de convocada la Asamblea de Delegados/ Candidatos, en el supuesto de no producirse quórum en el segundo llamado. 7.3.1 DEL QUÓRUM E INICIO DE LA NUEVA ASAMBLEA 7.3.1.1 Del registro de la asistencia a. Los delegados/candidatos registrarán su asistencia a la Nueva Asamblea de Delegados/Candidatos de acuerdo al horario señalado en el cuadro N° 02. b. El registro de la asistencia de los Delegados/ Candidatos estará a cargo de la GCRC en coordinación con los miembros de mesa. c. El quórum se entenderá cumplido con la presencia de no menos de cuatro (04) delegados/candidatos.