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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MAYO DEL AÑO 2015 (28/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 59

El Peruano Jueves 28 de mayo de 2015 553457 ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL Designan Director de la Oficina de Coordinación Descentralizada de COFOPRI RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 059-2015-COFOPRI/DE Lima, 26 de mayo de 2015 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27594, que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece en su artículo 7º que, mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titular en la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confianza no contemplados en el Artículo 1º de la citada Ley; Que, de conformidad con el artículo 9º, concordado con el literal i) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA, el Director Ejecutivo es el Titular de la Entidad, quien tiene la potestad de designar y cesar a los empleados de confi anza, de conformidad con la legislación vigente; Que, mediante Resolución Directoral Nº 011- 2015-COFOPRI/DE de fecha 23 de enero de 2015, se encargó a la señora Evelyn Tania Alvizuri Romani, las funciones correspondientes al cargo de Directora de la Oficina de Coordinación Descentralizada del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la encargatura dispuesta por la Resolución Directoral referida en el considerando precedente y en consecuencia, a fi n de continuar con el normal desarrollo de las funciones y actividades que lleva a cabo la referida Ofi cina, resulta necesario designar al funcionario en el cargo de Director de la Ofi cina de Coordinación Descentralizada del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 y el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo Nº025-2007- VIVIENDA; Con el visado de la Secretaría General y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de COFOPRI; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la encargatura efectuada a la señora Evelyn Tania Alvizuri Romani, en el cargo de Directora de la Ofi cina de Coordinación Descentralizada del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor abogado Christopher André Garcés Valdivia, como Director de la Ofi cina de Coordinación Descentralizada del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTHA FERREYROS PAREDES Directora Ejecutiva 1242817-1 SEGURO INTEGRAL DE SALUD Aprueban “Directiva Administrativa sobre el llenado del Formato Único de Atención (FUA) en las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) Públicas, Privadas o Mixtas en el Marco de los Convenios o Contratos aprobados por el Seguro Integral de Salud (SIS)” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 107-2015/SIS Lima, 27 de mayo de 2015 VISTOS: El Informe N° 006-2015-SIS-GREP/LAS con Proveído N° 189-2015-SIS/GREP de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones, el Informe N° 033-2015/SIS-OGPPDO-UOC-BCN con Proveído N° 031-2015-SIS/OGPPDO de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, y el Informe N° 049-2015-SIS/OGAJ/JGNV con Proveído N° 256-2015-SIS/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Seguro Integral de Salud (SIS) es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Salud. Asimismo, se constituye en una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) pública, en virtud a lo dispuesto en el artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2014-SA, con las funciones de recibir, captar y/o gestionar fondos para la cobertura de las atenciones de salud o que oferten cobertura de riesgos de salud, bajo cualquier modalidad; Que, el Decreto Legislativo Nº 1163, que aprueba disposiciones para el fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, en su artículo 6, establece que todas las acciones realizadas con los recursos del Seguro Integral de Salud constituyen materia de control. Las entidades públicas o privadas que reciban reembolsos, pagos y/o transferencias fi nancieras son sujetas a supervisión, monitoreo y control por parte del Seguro Integral de Salud respecto de los servicios que contrate o convenga; Que, por Decreto Supremo N° 007-2012-SA se facultó al SIS a sustituir el Plan de Benefi cios (LPIS) aprobado por Decreto Supremo N° 004-2007-SA, por el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), aprobado mediante Decreto Supremo N° 016-2009-SA y sus Planes Complementarios, a nivel nacional; Que, el artículo 31 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA, establece que la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones es el órgano de línea responsable de planear, organizar, dirigir, controlar los procesos sobre estudios de riesgos de salud de la población, así como la calidad, oportunidad y accesibilidad de las prestaciones de salud ofrecidas por el SIS, de acuerdo a los convenios aprobados con las IPRESS, en base al Plan Esencial de Aseguramiento en Salud que apruebe el Ministerio de Salud, así como para proponer los planes complementarios de aseguramiento en salud y otros a cargo del SIS; Que, por Resolución Jefatural N° 157-2008/SIS del 20 de agosto de 2008, se aprobó, entre otros documentos de aplicación para las atenciones de salud de los benefi ciarios del SIS, el Formato Único de Atención; Que, mediante Resolución Jefatural N° 216-2008/SIS del 19 de noviembre de 2008, se aprobó el Instructivo N° 009-2008-SIS-J/GO para el llenado del Formato Único de Atención para todos los establecimientos de salud de las categorías I-1, I-2, I-3, I-4, II-1, II-2, III-1 y III-2, modifi cado posteriormente por Resolución Jefatural Nº 207-2014/SIS del 29 de setiembre de 2014; Que, de acuerdo al documento de vistos, la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones, acorde con lo sustentado por la Gerencia del Asegurado y la Ofi cina