Norma Legal Oficial del día 28 de mayo del año 2015 (28/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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El Peruano Jueves 28 de MORDAZA de 2015

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Autorizan al Programa de Mejoramiento Integral de MORDAZA - PMIB, a realizar intervenciones especiales, a traves de diversos proyectos de inversion publica
RESOLUCION MINISTERIAL N° 143 -2015-VIVIENDA MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2015 Vistos, el Informe N° 051-2015-VIVIENDA/VMVUPMIB de la Direccion Ejecutiva del Programa Mejoramiento Integral de MORDAZA y el Memorandum Nº 1599-2015/ VIVIENDA-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30156, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, se establece que este Ministerio tiene por finalidad, normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, proteccion e integracion de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; que es el organo rector de las politicas nacionales y sectoriales dentro de su ambito de competencia; y que tiene como competencia exclusiva, dictar normas y lineamientos tecnicos para la adecuada ejecucion y supervision de las politicas nacionales y sectoriales asi como la gestion de los recursos del Sector; Que, por Decreto Supremo N° 004-2012-VIVIENDA, modificado por los Decretos Supremos N° 001-2013VIVIENDA y N° 021-2014-VIVIENDA, se crea el Programa Mejoramiento Integral de MORDAZA - PMIB en el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento - MVCS, bajo el ambito del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, con el proposito de contribuir a mejorar la calidad de MORDAZA de la poblacion MORDAZA, mediante la actuacion coordinada y concurrente del MVCS, los Gobiernos Locales y la Comunidad Barrial; Que, el articulo 3 del Decreto Supremo Nº 004-2012VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 021-2014VIVIENDA, dispone en el numeral 3.1, que los ambitos de intervencion del PMIB seran los MORDAZA urbanos en distritos de mas de 2,000 habitantes, pudiendo autorizarse por excepcion, mediante Resolucion Ministerial, la realizacion de intervenciones en los distritos cuya poblacion sea menor a 2,000 habitantes, ubicados en el ambito MORDAZA o rural; y senala en el numeral 3.2, que por excepcion, aprobada en MORDAZA expresa, se podran realizar intervenciones especiales de manera directa, segun requisitos y condiciones establecidos en el Manual de Operaciones; Que, con Resolucion Ministerial N° 022-2013VIVIENDA, se aprueba el Manual de Operaciones del PMIB, en adelante el Manual de Operaciones, modificado por las Resoluciones Ministeriales N° 149-2013-VIVIENDA, N° 159-2014-VIVIENDA, N° 112-2015-VIVIENDA y Nº 137-2015-VIVIENDA, en cuyo articulo 7 se preve que, por excepcion aprobada con MORDAZA expresa se pueden realizar intervenciones especiales de manera directa, en MORDAZA urbanos ubicados en territorios afectados por fenomenos naturales o caracterizados por altos niveles de pobreza, o por motivaciones sociales; Que, asimismo, el numeral 39.7 del articulo 39 del Manual de Operaciones preve, respecto al financiamiento para intervenciones especiales, que se puede disponer parte de los recursos asignados al PMIB, para el desarrollo de intervenciones especiales en correspondencia con la excepcion establecida en el numeral 7.2 del articulo 7, a estos recursos se suma el financiamiento complementario a cargo de la poblacion y el Gobierno Local en las proporciones a que se hace referencia en el numeral 39.1 del articulo 39 del Manual de Operaciones, y que mediante Resolucion Ministerial y en forma excepcional, se puede autorizar el financiamiento; por el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; de hasta el 100% del costo de obra y supervision de las intervenciones especiales; Que, por Informe N° 051-2015-VIVIENDA/VMVUPMIB, la Direccion Ejecutiva del PMIB, sustentado en el

Informe Tecnico Legal Nº 006-2015-VIVIENDA/VMVU/ PMIB-PAJSE del Area de Planeamiento, Asesoramiento Juridico, Seguimiento y Evaluacion del PMIB, propone se autorice al PMIB realizar intervenciones especiales para el financiamiento de ciento cincuenta y ocho (158) Proyectos de Inversion Publica - PIP, en el MORDAZA de la excepcion referida a intervenciones especiales regulada por el numeral 3.2 del articulo 3 del Decreto Supremo N° 004-2012-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 021-2014-VIVIENDA, asi como lo establecido en los numerales 7.2 y 7.3 del articulo 7 del Manual de Operaciones; Que, asimismo, del total de proyectos de inversion publica objeto de intervenciones especiales, el PMIB propone el financiamiento del costo total de obra y supervision de ciento veintinueve (129) proyectos ubicados en MORDAZA urbanos en los que se han podido identificar niveles de pobreza significativos, con MORDAZA de marginalidad altos respecto a la disponibilidad de bienes y servicios esenciales; asi como ubicados en zonas afectadas por motivaciones sociales, derivadas de la necesidad de dotar o complementar de manera integral los servicios de infraestructura y equipamiento en MORDAZA urbanos y rurales; o en territorios afectados por fenomenos naturales, los cuales requieren ser financiados en la totalidad del costo de obra y supervision, ante la imposibilidad de los gobiernos locales de asumir el cofinanciamiento por no contar con una asignacion presupuestal en el plan de inversiones para el Ano Fiscal 2015; ademas, se advierte que los mencionados PIP se encuentran ubicados en distritos calificados como de alta y muy alta necesidad, segun la clasificacion del Fondo de Promocion de la Inversion Publica Regional y Local - FONIPREL; Que, con Memorando Nº 1599-2015/VIVIENDAOGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto informa al PMIB, que se cuenta con la disponibilidad presupuestal hasta por la suma de CIENTO OCHENTA Y TRES MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 183 000 000,00) con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento - Administracion General, para el financiamiento de la transferencia de recursos destinados a la ejecucion de proyectos de inversion publica de infraestructura MORDAZA, en el MORDAZA del articulo 11 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; Que, en consecuencia, es necesario autorizar las intervenciones especiales propuestas por el PMIB, en el MORDAZA de lo establecido en el Decreto Supremo N° 0042012-VIVIENDA y sus modificatorias, asi como de lo dispuesto en el numeral 7.3 del articulo 7 y el numeral 39.7 del articulo 39 del Manual de Operaciones, lo que coadyuvara a mejorar de manera significativa y sostenible el desarrollo social que contribuye a cerrar las brechas de desigualdad, generando condiciones de crecimiento economico y de prosperidad social; De conformidad con la Ley N° 30156, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; el Decreto Supremo N° 004-2012-VIVIENDA y sus modificatorias; y la Resolucion Ministerial N° 022-2013-VIVIENDA y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar al Programa de Mejoramiento Integral de MORDAZA - PMIB, a realizar intervenciones especiales, a traves de los proyectos de inversion publica descritos en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2.- Los proyectos de inversion publica, debidamente identificados en el Anexo de la presente Resolucion, seran financiados hasta el cien por ciento (100%) del costo de los mismos, estando sujetos a la disponibilidad presupuestal correspondiente. Articulo 3.- Encargar a la Oficina General de Estadistica e Informatica, la publicacion de la presente Resolucion y su Anexo que forma parte integrante de la misma en la pagina web del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

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