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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 2015 (29/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 152

TEXTO PAGINA: 146

El Peruano Viernes 29 de mayo de 2015 553640 B. Normativa institucional que permita estandarizar los procedimientos técnicos a seguir para la generación, actualización, intercambio y difusión de la información cartográfi ca requerida por las instituciones públicas, privadas y sociedad civil en general del departamento San Martin. C. Servicios de información cartográfi ca estandarizados disponibles a través de mecanismos sencillos y de acceso masivo (geoportal web) que permitan brindar información confi able que ayude a los procesos de toma de decisiones en los diferentes niveles de las instituciones públicas, privadas y sociedad civil en general. Los servicios de información mínimo que debe brindar la IDE Regional son: Visor de mapas interactivos, servicio de mapas estandarizados (WMS, WFS y otros), servicio de catálogo de metadatos y servicio de búsqueda de topónimos (nomenclátor). D. Equipo de profesionales responsables de administrar la IDE Regional y asegurar la continuidad de los servicios de información implementados y la actualización permanente de la base de datos cartográfi ca institucional. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General del GRSM autorizar a la Gerencia de Planeamiento y presupuesto la priorización y asignación de una partida presupuestal a la Autoridad Regional Ambiental que permita el cumplimiento del artículo primero. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Autoridad Regional Ambiental a través de la Dirección Ejecutiva de Gestión Territorial, la función de administrar y gestionar la plataforma de la IDE-SM en el marco de la implementación de la Política Territorial Regional. Artículo Cuarto.- ENCARGAR que la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de San Martín realice los trámites respectivos para Ia publicación de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulación del departamento de San Martín y en el Diario Ofi cial El Peruano, previa promulgación del Presidente Regional del Gobierno Regional de San Martín. Artículo Quinto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta para proceder a su implementación correspondiente Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de San Martín para su promulgación CYNTHIA IVONE HIDALGO VILLANUEVA Presidenta del Consejo Regional de San Martin Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de San Martín a los veintidós días del mes de diciembre del año dos mil catorce. POR TANTO: Mando se publique y se cumpla. JAVIER OCAMPO RUIZ Presidente Regional 1243101-3 Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional San Martín y Cuadro para Asignación de Personal Provisional ORDENANZA REGIONAL Nº 036-2014-GRSM/CR Moyobamba, 22 de diciembre de 2014 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín de conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Estado, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización Ley Nº 27680; la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783; la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 sus modifi catorias - Ley Nº 27902; Ley Nº 28013; Ley Nº 28926; Ley Nº 28961; Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, y demás normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, el artículo 1º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, regula la estructura y organización del Estado en forma democrática, descentralizada y desconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Asimismo defi ne las normas que regulan la descentralización administrativa, económica, productiva, fi nanciera, tributaria y fi scal; Que, el numeral 9.2 del artículo 9º de la Ley antes señalada establece que la Autonomía Administrativa: es la facultad de organizarse internamente y de reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad; Que, el literal e) del artículo 35º de la Ley en mención establece como competencia exclusiva del Gobierno Regional aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto, Que, el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, indica que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituye para su administración económica-fi nanciera un pliego presupuestal; Que, el numeral 1.1. artículo 1º de la Ley Nº 27658- Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 035-2007- GRSM/CR, de fecha 23 de octubre del año 2007, el Consejo Regional de San Martín declaró en Proceso de Modernización la Gestión del Gobierno Regional de San Martín, con el objeto de incrementar su efi ciencia, mejorar la calidad del servicio a la ciudadanía y optimizar el uso de los recursos. Asimismo el proceso de modernización implica acciones de restructuración orgánica, reorganización administrativa, fusión y disolución de las entidades del Gobierno Regional en tanto exista duplicidad de funciones o integrando competencias y funciones; Que, en el marco del Proceso de Modernización de Gestión del Gobierno Regional de San Martín en el año 2010, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones mediante Ordenanza Regional Nº 037-2010- GRSM/CR, de fecha 14 de diciembre del 2010, la cual dejó sin efecto la Ordenanza Regional Nº 013-2004-GRM/CR, anterior Reglamento de Organización y Funciones, siendo los principales ajustes el ordenamiento de las funciones generales en lo que corresponde a la Sede, así como en establecer un proceso de ordenamiento al interior de las Unidades Orgánicas de la Sede del Gobierno Regional; Que, conforme a la Ordenanza Nº 016-2012-GRSM/ CR se aprueba un Cuadro de Asignación de Personal y el Clasifi cador de Cargos del Gobierno Regional enmarcados en los ajustes aprobados en el Reglamento de Organización y Funciones vigente, sin embargo el Consejo Regional señala la necesidad de ajustar nuevamente los instrumentos a fi n que se incorpore a detalle la organización de las Direcciones Regionales Sectoriales como órganos de línea del Gobierno Regional; Que, con Ordenanza Regional Nº 003-2013-GRSM/ CR, de fecha 04 de marzo del 2013, se aprobó un Nuevo Reglamento de Organización y Funciones el cual dejó sin efecto la Ordenanza Regional Nº 037-2010-GRM/CR, anterior Reglamento de Organización y Funciones, siendo los principales ajustes la integración de las funciones de todas las Unidades Orgánicas del pliego del Gobierno Regional de San Martín, así como la aprobación del Cuadro Para Asignación de Personal, en lo que respecta a las Direcciones Regionales Sectoriales se deja sin efecto sus Reglamentos de Organización y Funciones y Cuadros Para Asignación de Personal; Que, Nota informativa Nº 124-2014-GRSM/GRPP/ SGDI, de fecha 05 de diciembre del 2014, emitido por la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional, señala la culminación del proceso de actualización y consolidación del Reglamento de Organización y Funciones y el Reordenamiento del Cuadro Para Asignación de Personal