Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2015 (29/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 142

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vez aprobada la Zonificacion Ecologica y EconomicaZEE, las diversas instituciones publicas en el ambito nacional, regional y local, deberan utilizar de manera obligatoria la ZEE como instrumento de planificacion y de gestion del territorio; Que, el literal c) del articulo 50º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales prescribe que es funcion especifica de los Gobiernos Regionales, en materia de poblacion - programar y desarrollar acciones que impulsen una distribucion territorial de la poblacion en funcion a las potencialidades del desarrollo regional y en base a los planes de ordenamiento territorial y de la capacidad de las ciudades para absorber flujos migratorios; mientras que el articulo 53º del mismo cuerpo legal establece que son funciones del Gobierno Regional formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas, en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales; Que segun los lineamientos de Politica para el Ordenamiento Territorial, aprobado con Resolucion Ministerial. Nº 026 - 2010 ­ MINAM, se plantea Promover la conservacion, el uso y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y de la diversidad biologica; en concordancia con sus caracteristicas, potencialidades y limitaciones, la conservacion del ambiente y de los ecosistemas, la preservacion del patrimonio natural y cultural, el bienestar y salud de la poblacion. Que, bajo ese contexto normativo, el Gobierno Regional de San MORDAZA, via Ordenanza Regional Nº 012-2006-GRSM/CR aprobo la Zonificacion Ecologica Economica del Departamento de San Martin; y mediante Ordenanza Regional Nº 002-2007-GRSM/CR, declaro de interes social y necesidad publica la proteccion y recuperacion de los recursos naturales del departamento San MORDAZA, Asimismo mediante Ordenanza Regional Nº 008-2009-GRSM/CR, de fecha 26 de marzo del ano 2009, declara de necesidad e interes regional Ia implementacion del Ordenamiento Territorial en el Departamento, por lo que a fin de sistematizar las normas MORDAZA descritas, se emite la Ordenanza Regional Nº 015-2012-GRSM/CR, que establece la Politica Territorial, como un conjunto de directrices que establecen el MORDAZA de referencia para el desempeno de actividades y servicios de los ejes social, economico, ambiental y politico institucional sobre el territorio, tomando en cuenta sus potencialidades e identidad Amazonica, para lograr el desarrollo humano sostenible en el departamento; Que, el articulo 84º de la Ley Nº 28611- Ley General del Ambiente-, prescribe: Se consideran recursos naturales a todos los componentes de la naturaleza, susceptibles de ser aprovechados por el ser humano para la satisfaccion de sus necesidades y que tengan un valor actual o potencial en el mercado; por su parte el Articulo 85º numeral 85.1 de la citada MORDAZA establece que el rol del Estado frente a los recursos naturales es la promocion, conservacion y el aprovechamiento sostenible a traves de politicas, normas, instrumentos y acciones de desarrollo, asi como, mediante el otorgamiento de derechos, conforme a los limites y principios expresados en la presente Ley y en las demas leyes y normas reglamentarias aplicables, por consiguiente el articulo 89º establece que el Ordenamiento y Zonificacion Forestal es una medida de gestion de los recursos naturales; Que la Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna MORDAZA establece en su articulo 9º que la Zonificacion Forestal es la clasificacion de las areas forestales del MORDAZA que se realiza en base a la Zonificacion Ecologica Economica y de acuerdo a su aptitud natural. Que, la Ley Nº 29376, suspende la aplicacion de los Decretos Legislativos Nº 1090 y 1064, que igualmente en su articulo 2º establece; Restitucion del texto de la Ley Nº 27308. Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, sus modificatorias y demas normas complementarias, y restituyase su Reglamento. Asimismo el articulo 4º establece: que las funciones otorgada por Ley 27308. Ley Forestal y de Fauna MORDAZA al que fue el Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA) son ejercidas por el Ministerio de Agricultura o los Gobiernos Regionales dentro del MORDAZA de sus competencias; Que, el Gobierno Regional de San MORDAZA es el organo encargado de la gestion y administracion de los recursos forestales y de fauna MORDAZA en el ambito de la Region,

El Peruano Viernes 29 de MORDAZA de 2015

en aplicacion del articulo 3º, numeral 3.4 de la Ley Nº 27308, "Ley Forestal y de Fauna Silvestre"; Que, el objetivo de esta Ordenanza Regional es otorgar valor a los instrumentos de gestion en la promocion, conservacion y administracion de los recursos naturales, a fin de que las modalidades de otorgamiento de los recursos naturales MORDAZA en concordancia con sus existencias y potencialidades, generando un aprovechamiento racional y sostenibilidad para las generaciones futuras; Que, mediante Informe Legal Nº 613-2014-GRSM/ ORAL, de fecha 01 de Diciembre presente ano, la Oficina Regional de Asesoria Legal del Gobierno Regional de San MORDAZA opina porque se apruebe la propuesta de Ordenanza Regional que declara de prioridad Regional la elaboracion y Aplicacion de la zonificacion y Ordenamiento Forestal en el Departamento de San Martin; Que, mediante Informe Legal Nº 081 -2014-SCRGRSM/ALE, de fecha 10 de diciembre del presente ano, el Asesor Legal Externo del Consejo Regional de San MORDAZA opina que via Ordenanza Regional debe declararse de prioridad la elaboracion y aplicacion de la Zonificacion y el Ordenamiento Forestal en el MORDAZA de la implementacion del Ordenamiento Territorial y la Politica Territorial Regional de San Martin; Que, el literal o) del articulo 21º de la Ley Nº27867, Ley Organica del Gobiernos Regionales, establece que es atribucion del Presidente Regional promulgar Ordenanzas Regionales a hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) dias habiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Que, el articulo 38º de la Ley Nº27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, en Sesion Extraordinaria desarrollada en el Auditorio del Consejo Regional de San MORDAZA ­ Moyobamba, llevada a cabo el dia lunes 22 de Diciembre del 2014, aprobo por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- DECLARESE como prioridad regional la elaboracion y aplicacion de la Zonificacion y el Ordenamiento Forestal en el Departamento de San MORDAZA Articulo Segundo.- ENCARGUESE a la Autoridad Regional Ambiental para que a traves de la Direccion Ejecutiva de Gestion Territorial en coordinacion con la Direccion Ejecutiva de Administracion y Conservacion de los Recursos Naturales, elabore la propuesta de Zonificacion Forestal en el MORDAZA de la Politica Territorial Regional y la propuesta de Ordenamiento Forestal en MORDAZA de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, instrumentos que coadyuvaran a la implementacion del MORDAZA macro que es el Ordenamiento Territorial de San Martin. Articulo Tercero.- ENCARGUESE a la Autoridad Regional Ambiental para que a traves de la Direccion Ejecutiva de Administracion y Conservacion de los Recursos Naturales, efectue las coordinaciones con el Ministerio de Agricultura a traves del Servicio Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA - SERFOR para la opinion tecnica que conlleve a la aprobacion de la Zonificacion y Ordenamiento Forestal del departamento San Martin. Articulo Cuarto.- ENCARGAR que la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA realice los tramites respectivos para Ia publicacion de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulacion del departamento de San MORDAZA y en el Diario Oficial El Peruano, previa promulgacion del Presidente Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA Articulo Quinto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del tramite de lectura y aprobacion del Acta para proceder a su implementacion correspondiente Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de San MORDAZA para su promulgacion MORDAZA IVONE MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo Regional de San MORDAZA

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