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El Peruano Viernes 29 de mayo de 2015 553641 del Gobierno Regional de San Martín, emitiendo opinión favorable por existir plena concordancia entre ambos instrumentos; Que, con Nota Informativa Nº 386-2014-GRSM/GRPyP, de fecha 05 de diciembre del 2014 la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, remite la Propuesta de actualización del Reglamento de Organización y Funciones ROF y el Reordenamiento del Cuadro Para Asignación de Personal - CAP del Gobierno Regional de San Martín, para su aprobación por el Consejo Regional; Que, mediante Informe Legal Nº 628-2014-GRSM/ ORAL, de fecha 09 de diciembre del 2014, la Ofi cina Regional de Asesoría Legal opina favorablemente para la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ROF y el Reordenamiento del Cuadro Para Asignación de Personal - CAP del Gobierno Regional de San Martín, por lo que recomienda remitir al Consejo Regional para su aprobación mediante Ordenanza Regional; Que, de acuerdo al artículo 34º del Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM. Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones, en el caso de los Gobiernos Regionales, tales instrumentos de gestión se aprueban por Ordenanza Regional; Que, la sustentación técnica de la propuesta de Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de San Martín se ha realizado en cumplimiento de lo dispuesto en el Título III de los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones por parte de las entidades de la administración pública; asimismo se sustenta en lo dispuesto en el literal f) del artículo 28º de los Lineamientos del ROF en cuanto a la optimización o simplifi cación de los procesos del GRSM, con la fi nalidad de cumplir con mayor efi ciencia su misión y funciones, así como en la necesidad de implementar las modifi caciones tendientes a fortalecer el rol de conducción de las políticas regionales de las Gerencias Regionales de Línea, promover intervenciones articuladas entre estas y sus Direcciones Regionales Sectoriales como instancias implementadoras de tales políticas, entre otros cambios que se plantean incluir, en el marco del proceso de rediseño institucional emprendido por el GRSM; Que, conforme a lo previsto en la Directiva “Reglas de Aplicación progresiva para la Aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades”, aprobado con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 152-2014-SERVIR/PE, la propuesta de Reordenamiento del Cuadro Para Asignación de Personal cumple con los lineamientos establecidos; Que, el literal o) del artículo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Presidente Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Extraordinaria desarrollada en el Auditorio del Consejo Regional de San Martín - Moyobamba llevada a cabo el día lunes 22 de diciembre del 2014, aprobó por unanimidad la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional San Martín cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza, el cual consta de cinco (5) títulos, doscientos cincuenta y dos (252) artículos y quince (15) disposiciones complementarias. Artículo Segundo.- APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal Provisional con un total de Un Mil Trescientos Doce (1312) plazas entre ocupadas y previstas, cuyo texto forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Tercero.- MANTENER vigente los Reglamentos de Organización y Funciones y Cuadros para Asignación de Personal de los órganos desconcentrados del Gobierno Regional de San Martín, en tanto se culmine con la actualización de sus instrumentos. Artículo Cuarto.- DELEGAR al Gerente General Regional, Gerentes de Línea y Directores Regionales Sectoriales, según corresponda, a efectuar las designaciones pertinentes para la implementación de las unidades orgánicas bajo su responsabilidad, creadas en el presente Reglamento de Organización y Funciones, así como a realizar las reubicaciones y reasignaciones de personal que correspondan. Artículo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional a la Presidencia Regional, Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto y Ofi cina Regional de Administración, los cuales deberán emitir los actos resolutivos correspondientes para la efectiva implementación de los documentos de gestión que se aprueben con la presente ordenanza. Artículo Sexto.- FACULTAR a la Presidencia Regional a efectuar las acciones administrativas que se requiera a fi n de que estos órganos adecúen el desempeño de sus funciones y facultades relacionadas a la prestación de servicios sectoriales en el ámbito territorial, conforme a las disposiciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones que se aprueba con la presente ordenanza. Artículo Séptimo.- PRECISAR que las designaciones y contratos que se efectúen en el marco de la implementación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones deben corresponder únicamente a los cargos previstos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional aprobado mediante la presente ordenanza, así como cumplir obligatoriamente con los requisitos mínimos establecidos en el Clasifi cador de Cargos del Gobierno Regional de San Martín, aprobado mediante Ordenanza Nº 016-2012-GRSMlCR y la normatividad vigente. Artículo Octavo.- PRECISAR que la reorganización interna de las Unidades de Gestión Educativa Local, Redes, Micro redes de Salud, Agencias de Desarrollo Económico, Gerencias Territoriales, Archivo Regional, según corresponda, deberá plasmarse en una propuesta de Reglamento de Organización y Funciones, Cuadro para Asignación de Personal Provisional y Presupuesto Analítico de Personal, conforme a los lineamientos emitidos por SERVIR. Artículo Noveno.- DEJAR sin efecto la Ordenanza Regional Nº 003-2013 - GRSM/CR, de fecha 04 de marzo de 2013 y toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Décimo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de San Martín realizar los trámites respectivos para la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulación de la Región San Martín y en el Diario Ofi cial “El Peruano”, previa promulgación del Presidente Regional del Gobierno Regional de San Martín. Artículo Décimo Primero.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de San Martín para su promulgación. CYNTHIA IVONE HIDALGO VILLANUEVA Presidenta del Consejo Regional de San Martín Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de San Martín a los veintidós días del mes de diciembre del año dos mil catorce. POR TANTO: Mando se publique y se cumpla. JAVIER OCAMPO RUIZ Presidente del Gobierno Regional de San Martín 1243101-4 Aprueban el inicio del proceso de Planeamiento Estratégico del Gobierno Regional de San Martín, para la reformulación del Plan de Desarrollo Regional Concertado PDRC San Martín al 2021 ORDENANZA REGIONAL Nº 003-2015-GRSM/CR Moyobamba, 30 de abril de 2015