Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2015 (29/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 148

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POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los Articulos 191° y 192° de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion - Ley N° 27680; la Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley N° 27783; la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, sus modificatorias - Ley N° 27902; Ley N° 28013; Ley N° 28926; Ley N° 28961; Ley N° 28968 y Ley N° 29053, y demas normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, el articulo 2º de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituye para su administracion economica-financiera un pliego presupuestal; Que, el Acuerdo Nacional, suscrito el 22 de MORDAZA del 2002, es el conjunto de politicas de Estado elaboradas y aprobadas sobre la base del dialogo y del consenso a nivel nacional que tiene por finalidad definir un rumbo para el desarrollo sostenible del MORDAZA y afirmar su gobernabilidad democratica hacia el ano 2021; Que, conforme al literal a) del articulo 15° de la Ley N° 27867 ­ Ley Organica de los Gobiernos Regionales ­, concordante con el literal a) del articulo 12° del Reglamento Interno del Consejo, son atribuciones del Consejo Regional, entre otras, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, la Sub Gerencia Regional de Planeamiento Estrategico y Estadistica del Gobierno Regional de San MORDAZA, a traves del Informe Tecnico N° 001-2015-GRSM/ SGPEyER-MKAM de fecha 12 de marzo de 2015 ­ una vez analizado los antecedentes, base legal, objetivos del MORDAZA, y metodologia empleada ­ concluye que el Plan de Desarrollo Regional Concertado San MORDAZA al 2021, amerita ser reformulado considerando los lineamientos establecidos en la Directiva General del MORDAZA de Planeamiento Estrategico aprobado por el CEPLAN ­ Directiva N° 001-2014-CEPLAN; razon por la cual es necesario convocar la participacion de los actores involucrados para la formulacion del Plan de Desarrollo Concertado del Gobierno Regional de San MORDAZA al 2021 (PDRC), Que, con memorando Nº 1096-2015-GRSM/GGR de fecha 25 de marzo de 2015, el Gerente General Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA ­ tomando como referencia la Opinion Favorable contenida en el Informe Legal Nº 318-2015-GRSM/ORAL ­ deriva los actuados al Pleno del Consejo Regional para que proceda conforme a sus atribuciones; Que, el numeral 71.1 del articulo 71º de la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto ­ sobre los Planes y Presupuestos Institucionales, Plan Estrategico Institucional y Plan Operativo ­ senala que las Entidades, para la elaboracion de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estrategico Institucional (PEI) que debe ser concordante con el Plan Estrategico de Desarrollo Nacional (PEDN), los Planes Estrategicos Sectoriales Multianuales (PESEM), los Planes de Desarrollo Regional Concertados (PDRC), y los Planes de Desarrollo Local Concertados (PDLC), segun sea el caso, Que, la Ley N° 27783, Ley de Bases de Descentralizacion, establece que los Gobiernos Regionales tienen la facultad de adoptar y concordar las politicas, planes y normas en los asuntos de sus competencias; Que, el articulo 6° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, senala que "el desarrollo regional comprende la aplicacion coherente y eficaz de las politicas e instrumentos de desarrollo economico, social, poblacional, cultural y ambiental, a traves de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento economico armonizado con la dinamica demografica, el desarrollo social equitativo y la conservacion de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional"; mientras que en su articulo 9° literal b), indica "los gobiernos regionales son competentes para formular

El Peruano Viernes 29 de MORDAZA de 2015

y aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado con las municipalidades y la sociedad civil"; Que, el articulo 8°, numeral 5) de la Ley Organica de Gobierno Regionales establece que en virtud al MORDAZA de Eficacia, los Gobiernos Regionales organizan su gestion en torno a los planes y proyectos de desarrollo regional concertados, al cumplimiento de objetivos y metas explicitos y de conocimiento publico; Que, mediante Ley Nº 28522, de 26 de MORDAZA de 2005, se creo el Sistema Nacional de Planeamiento Estrategico y el Centro Nacional de Planeamiento Estrategico - CEPLAN-; siendo que a traves del articulo 1º del Decreto Legislativo Nº 1088 ­ Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estrategico y del Centro Nacional de Planeamiento Estrategico ­ se crea y regula la organizacion y funcionamiento del Sistema Nacional de Planeamiento Estrategico y del Centro Nacional de Planeamiento Estrategico - CEPLAN, orientados al desarrollo de la planificacion estrategica como instrumento tecnico de gobierno y gestion para el desarrollo armonico y sostenido del MORDAZA y el fortalecimiento de la gobernabilidad democratica en el MORDAZA del Estado constitucional de derecho; Que, con Decreto Supremo Nº 054-2011-PCM, del 22 de junio del 2011, se aprobo el Plan Bicentenario Peru al 2021, disponiendo que las entidades conformantes del Sistema Nacional de Planeamiento Estrategico ajustaran sus Planes Estrategicos a los objetivos estrategicos de desarrollo nacional previstos en el Plan Estrategico de Desarrollo Nacional denominado PLAN BICENTENARIO: El Peru hacia el 2021. Con Decreto Supremo Nº 0892011-PCM, del 29 de noviembre del 2011, se autoriza al Centro Nacional de Planeamiento Estrategico - CEPLAN, iniciar el MORDAZA de actualizacion del Plan Estrategico de Desarrollo Nacional, Plan Bicentenario 2021, senalando asimismo que el MORDAZA de actualizacion, se realizara mediante la coordinacion multisectorial, interinstitucional e intergubernamental, Que, Via Resolucion de Presidencia del Consejo Directivo Nº 26-2014-CEPLAN/PCD, se aprobo la Directiva N° 001-2014-CEPLAN, Directiva General del MORDAZA de Planeamiento Estrategico ­ Sistema Nacional de Planeamiento Estrategico, la cual tiene por finalidad lograr que los planes estrategicos de las entidades de la Administracion Publica esten articulados al Plan Estrategico de Desarrollo Nacional - PEDN; contribuir a que los recursos publicos se asignen y gestionen con eficiencia y eficacia y contribuyan al desarrollo nacional, en funcion a prioridades establecidas en los procesos de planeamiento estrategico; promover que las entidades de la Administracion Publica mejoren la coordinacion interinstitucional en sus procesos de planeamiento estrategico; mejorar la capacidad de las entidades de la Administracion Publica para identificar, priorizar y aprovechar las oportunidades y gestionar los riesgos del entorno. A su vez en el articulo 13° se menciona las fases del MORDAZA de Planeamiento Estrategico (Fase de Analisis Prospectivo, Fase Estrategica, Fase Institucional y Fase de Seguimiento); mientras que el articulo 16° indica que el Plan de Desarrollo Concertado debe contener la sintesis del analisis prospectivo, el escenario apuesta, la Vision del territorio, los objetivos estrategicos, indicadores y metas, las acciones estrategicas, la ruta estrategica y la relacion de proyectos de inversion publica de impacto territorial; Que, conforme a los sustentos tecnicos y legales adjuntos al memorando Nº 1096-2015-GRSM/GGR de fecha 25 de marzo de 2015 se tiene que el Plan de Desarrollo Regional Concertado al 2021 (PDRC), aprobado con Ordenanza Regional N° 017-2013- GRSM/CR de fecha 27 de Diciembre del 2013, amerita ser reformulado considerando los lineamientos establecidos en la Directiva General del MORDAZA de Planeamiento Estrategico aprobado por el CEPLAN - Directiva N° 001-2014-CEPLAN; razon por el cual es necesario convocar la participacion de los actores involucrados para la formulacion del Plan de Desarrollo Regional Concertado del Gobierno Regional de San MORDAZA al 2021 (PDRC),documento donde se definiran los objetivos estrategicos, especificos, politicas y metas a ser cumplidas en dicho periodo, recogiendo las demandas y propuestas de desarrollo, a fin de viabilizar el logro de la vision regional de largo plazo, que servira de MORDAZA referente para la formulacion del Plan Estrategico Institucional 2015 ­ 2017, Que, para el MORDAZA de reformulacion del PDRC

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