Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2015 (29/05/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 144

553638
y Funciones articulo 78º inciso a), formular y supervisar politicas de uso y ocupacion del territorio en el MORDAZA de la normativa nacional sobre ordenamiento territorial; ha elaborado la propuesta de Directiva "Instructivo de Reconocimiento y Gestion Territorial de Nucleos Funcionales", que contiene el procedimiento administrativo a seguir y mediante Informe Legal Nº012-2014-GRSM/ ARA-AAJG se realiza la justificacion juridica, politica, economica y social de esta propuesta de herramienta de nivel regional, por la cual el Gobierno Regional debera direccionar y focalizar programas e inversion publica con eficiencia y eficacia a los Nucleos Funcionales evitando la diseminacion de los recursos publicos destinados al Gobierno Regional de San MORDAZA y con la finalidad de completar acciones de desarrollo orientara la inversion privada. Que, la Oficina Regional de Asesoria Legal del Gobierno Regional San MORDAZA, mediante Informe Legal Nº612-2014-GRSM/ORAL, Opina FAVORABLEMENTE para que se apruebe mediante Ordenanza Regional del "INSTRUCTIVO DE RECONOCIMIENTO Y GESTION TERRITORIAL DE NUCLEOS FUNCIONALES" Que, mediante Informe Legal Nº 612-2014-GRSM/ ORAL, de fecha 01 de Diciembre presente ano, la Oficina Regional de Asesoria Legal del Gobierno Regional de San MORDAZA opina porque se apruebe la propuesta de Ordenanza Regional referida al "Instructivo de Reconocimiento y Gestion Territorial de Nucleos Funcionales"; Que, mediante Informe Legal Nº 076 -2014-SCRGRSM/ALE, de fecha 09 de diciembre del presente ano, el Asesor Legal Externo del Consejo Regional de San MORDAZA opina que via Ordenanza Regional se apruebe la propuesta normativa denominada: "Instructivo de Reconocimiento y Gestion Territorial de Nucleos Funcionales" Que, el literal o) del articulo 21º de la Ley Nº27867, Ley Organica del Gobiernos Regionales, establece que es atribucion del Presidente Regional promulgar Ordenanzas Regionales a hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) dias habiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Que, el articulo 38º de la Ley Nº27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, en Sesion Extraordinaria desarrollada en el Auditorio del Consejo Regional de San MORDAZA ­ Moyobamba, llevada a cabo el dia lunes 22 de Diciembre del 2014, aprobo por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- APROBAR la Directiva denominada "Instructivo de Reconocimiento y Gestion Territorial de Nucleos Funcionales", que constituye un mecanismo regional para la implementacion de la Politica Territorial Regional de San MORDAZA, aprobada con Ordenanza Regional Nº 015-2012-GRSM/CR; cuyo texto forma parte de la presente ordenanza, el que consta de (15) folios. Articulo Segundo.- ENCARGAR el estricto cumplimiento del procedimiento de Reconocimiento y Gestion Territorial de Nucleos Funcionales del Departamento de San MORDAZA, que incluye causales para la perdida de la categoria, a la Autoridad Regional Ambiental a traves de la Direccion Ejecutiva de Gestion Territorial. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General del Gobierno Regional de San MORDAZA, a traves de los Comites Gerenciales de Coordinacion y Comites Territoriales de Coordinacion, velar por el estricto direccionamiento, focalizacion e implementacion eficaz de planes, programas, proyectos de inversion publica del gobierno regional a los poblados reconocidos como Nucleos Funcionales a traves de Resolucion Ejecutiva Regional. Articulo Cuarto.- PRIORIZAR en el Plan Estrategico de Desarrollo Regional Concertado del Gobierno Regional y Planes Operativos Anuales de las Gerencias Regionales, Gerencias Territoriales, Direcciones Regionales, Proyectos Especiales y Autoridad Regional Ambiental, el direccionamiento de programas y proyectos a los Nucleos Funcionales. Articulo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente ordenanza al Presidente Regional,

El Peruano Viernes 29 de MORDAZA de 2015

Gerente General, Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto y la Autoridad Regional Ambiental, los cuales deberan emitir los actos resolutivos correspondientes para la efectiva implementacion de la presente ordenanza Articulo Sexto.- ENCARGAR que la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA realice los tramites respectivos para Ia publicacion de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulacion del departamento de San MORDAZA y en el Diario Oficial "El Peruano", previa promulgacion del Presidente Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA Articulo Septimo.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del tramite de lectura y aprobacion del Acta para proceder a su implementacion correspondiente Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de San MORDAZA para su promulgacion MORDAZA IVONE MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo Regional de San MORDAZA Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de San MORDAZA a los veintidos dias del mes de diciembre del ano dos mil catorce. POR TANTO: Mando se publique y se cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 1243101-2

Declaran de prioridad regional la implementacion de la plataforma tecnologica e institucional para la gestion de la informacion geoespacial y cartografica denominada Infraestructura de Datos Espaciales (IDE) del Departamento de San MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 034-2014-GRSM/CR Moyobamba, 22 de diciembre del 2014 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los Articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680; la Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley Nº 27783; la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, sus modificatorias - Ley Nº 27902; Ley Nº 28013; Ley Nº 28926; Ley Nº 28961; Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, y demas normas complementarias; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion Nº 27680 y Ley Nº 28607, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 1) del articulo 9º de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion senala que la Autonomia Politica es la facultad de adoptar y concordar las politicas, planes y normas en los asuntos, de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a traves de sus organos de gobierno y desarrollar las funciones que le son inherentes; Que, mediante Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, se declara al Estado peruano en MORDAZA de modernizacion en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestion publica y contribuir en el fortalecimiento

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.