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El Peruano Viernes 29 de mayo de 2015 553519 Que mediante Decreto Supremo N° 241-2012-EF se crea el Proyecto Especial “Juntas de Gobernadores BM/FMI 2015 Perú”, encargado de la organización, preparación y realización de las reuniones anuales de las Juntas de Gobernadores del Grupo Banco Mundial y del Fondo Monetario Internacional correspondiente al año 2015; evento que convoca a autoridades de alto nivel de 188 países integrantes de ambas organizaciones con un estimado de 12 mil visitantes; Que, mediante Ofi cios N°s 060 y 063-2015-MSB-A, la Municipalidad Distrital de San Borja, solicita recursos adicionales para realizar obras de infraestructura vial, seguridad y mejoramiento urbano, que garanticen el adecuado desplazamiento vehicular en las principales avenidas colindantes a la sede del evento para la realización de las Juntas de Gobernadores del Grupo del Banco Mundial y del Fondo Monetario Internacional correspondientes al año 2015, a llevarse a cabo en la República del Perú, así como las actividades y eventos relacionados con ellas y que tendrán lugar antes, durante y después de las citadas Juntas; Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, es necesario autorizar una Transferencia de Partidas de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma total de CIENTO CUATRO MILLONES DOSCIENTOS VEINTIDOS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 104 222 966,00), para ser destinados al fi nanciamiento de los fi nes señalados en los considerandos precedentes, teniendo en cuenta que los citados recursos no han sido previstos en los presupuestos institucionales del presente año fi scal de los pliegos: Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU, Ministerio de Cultura, Ministerio del Interior, Presidencia del Consejo de Ministros, Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, Jurado Nacional de Elecciones, Instituto Nacional de Calidad - INACAL, Instituto Tecnológico de la Producción - ITP, Ministerio Público, Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, y la Municipalidad Distrital de San Borja; De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de CIENTO CUATRO MILLONES DOSCIENTOS VEINTIDOS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 104 222 966,00), a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional y Gobierno Local, destinada a fi nanciar los fi nes descritos en la parte considerativa de la presente norma, conforme al siguiente detalle: DE: En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 1 Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 78 158 796,00 GASTO DE CAPITAL 2.0 Reserva de Contingencia 26 064 170,00 ---------------------- TOTAL: 104 222 966,00 ============= A LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGOS : Gobierno Nacional FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 1 Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 36 335 455,00 2.2 Pensiones y otras Prestaciones Sociales 327 960,00 2.3 Bienes y Servicios 41 164 551,00 2.4 Donaciones y Transferencias 330 830,00 GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 14 542 072,00 -------------------- SUBTOTAL GOBIERNO CENTRAL 92 700 868,00 -------------------- SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobierno Local FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 1 Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 11 522 098,00 ----------------------- SUBTOTAL INSTANCIA DESCENTRALIZADA 11 522 098,00 ----------------------- TOTAL: 104 222 966,00 ============= 1.2 La relación de los montos de transferencia por pliego, se detalla en el Anexo Nº 1 “Transferencia de Partidas a favor de pliegos del Gobierno Nacional”, Anexo Nº 2 “Transferencia de Partidas a favor de pliegos del Gobierno Nacional - Proyectos de Inversión Pública” y Anexo N° 3 “Transferencia de Partidas a favor de Gobierno Local - Proyectos de Inversión Pública, que forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos a que se refi ere el numeral 1.1 del artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitarán a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.