Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 2015 (29/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 152

TEXTO PAGINA: 14

El Peruano Viernes 29 de mayo de 2015 553508 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Designan representante alterno del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante la Comisión Multisectorial Permanente conformada mediante R.S. Nº 119-2014-PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 124-2015-MIDIS Lima, 28 de mayo de 2015 VISTO: El Memorándum Nº 055-2015-MIDIS/GA, emitido por el Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial de Desarrollo e Inclusión Social; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 119-2014- PCM, se conformó la Comisión Multisectorial de carácter temporal denominada “Desarrollo de las Cuencas del Pastaza, Tigre, Corrientes y Marañón, del departamento de Loreto”, adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, según lo dispuesto en los artículos 3 y 4 de la citada resolución suprema, la referida Comisión Multisectorial está integrada, entre otros, por un representante titular del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y un alterno, los que son designados mediante resolución del titular de la entidad; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 085-2014- MIDIS, se designó a los representantes, titular y alterno, del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante la Comisión Multisectorial conformada por Resolución Suprema Nº 119-2014-PCM; Que, en atención al documento de Visto, se ha estimado pertinente dar por concluida la designación del representante alterno a que se refi ere el considerando precedente; por lo que resulta necesario designar a la persona que ejercerá como representante alterno del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante la Comisión Multisectorial de carácter temporal denominada “Desarrollo de las Cuencas del Pastaza, Tigre, Corrientes y Marañón, del departamento de Loreto”; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del representante alterno del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante la Comisión Multisectorial de carácter temporal denominada “Desarrollo de las Cuencas del Pastaza, Tigre, Corrientes y Marañón, del departamento de Loreto”, dispuesta mediante Resolución Ministerial Nº 085-2014-MIDIS. Artículo 2.- Designar al señor Eduardo Antonino Gamarra Astete, como representante alterno del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante la Comisión Multisectorial Permanente conformada mediante Resolución Suprema Nº 119-2014-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1243913-1 Aprueban transferencia interestatal de propiedad predial a título gratuito de inmueble ubicado en el departamento de Áncash, a favor del INDECI RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 125-2015-MIDIS Lima, 28 de mayo de 2015 VISTOS: El Informe Nº 012-2015-MIDIS/EXTINCIONPRONAA, y documentación adjunta, y el Memorando Nº 274-2015- MIDIS/EXTINCIONPRONAA, de la Responsable del proceso de extinción del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA; el Ofi cio Nº 65-2015/SBN-DGPE, de la Dirección de Gestión del Patrimonio Estatal de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales; y el Informe Brigada Nº 0705-2015/SBN-DGPE-SDDI, de la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario de la Dirección de Gestión del Patrimonio Estatal de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales; y el Informe Nº 259-2015- MIDIS/SG/OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura básica; Que, la Tercera Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 29792, dispuso la adscripción del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, entre otros programas sociales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2012- MIDIS, se dispuso la extinción del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA, estableciéndose además que dicho proceso de extinción sea conducido por una Comisión Especial del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, la cual desarrolló acciones concernientes al cierre contable y fi nanciero del programa, conforme a las facultades conferidas por Resolución Ministerial Nº 121-2012-MIDIS y resolución Ministerial Nº 244-2012- MIDIS, en cuyo literal I) del numeral 5.1.3 se facultó a la Comisión Especial para “Proponer al Despacho Ministerial de Desarrollo e Inclusión Social la disposición y/o transferencia de bienes inmuebles”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2014- MIDIS, se dio por concluidas las funciones de la Comisión Especial del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social encargada del proceso de extinción del PRONAA, siendo que, de acuerdo con el referido decreto supremo, la conducción de dicho proceso de extinción continúa hasta su culminación a cargo de un Responsable, el cual ejercerá las facultades antes conferidas a la citada comisión especial, entre ellas, la propuesta de disposición y/o transferencia de bienes inmuebles del PRONAA en extinción; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 140-2014- MIDIS se designó a la Responsable que desarrollará las acciones conducentes a la extinción del PRONAA; Que, conforme consta en los Registros Públicos, el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA es propietario del predio ubicado en la avenida Confraternidad s/n, distrito y provincia de Huaraz, departamento de Ancash, con un área de 10 601 m2, inscrito a favor del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria en la Partida Nº 02002643 del Registro de Predios de Huaraz, con Registro SINABIP Nº 101 del Libro de Ancash, y CUS Nº 664; Que, mediante Ofi cio Nº 4540-2012-INDECI/12.0, el Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI solicita la transferencia interestatal a título gratuito del predio indicado en el considerando precedente; Que, al respecto, de conformidad con el literal b) del artículo 8 de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social forma parte de las entidades que conforman el Sistema Nacional de Bienes Estatales;