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El Peruano Viernes 29 de mayo de 2015 553513 el convenio y en el cronograma de ejecución del proyecto de inversión pública, para lo cual realiza el monitoreo correspondiente; Que, el numeral 80.2 del artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y modifi catorias, establece, entre otros, que las entidades que tengan a cargo programas presupuestales pueden realizar modifi caciones presupuestarias a nivel institucional con cargo a los recursos asignados a los programas, siempre que el pliego habilitado tenga a su cargo productos o proyectos del mismo programa, señalando que dichas transferencias se realizarán mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público; Que mediante Memorando N° 0179-2015/MEM- DGER-JAF, la Jefatura de Administración y Finanzas de la Dirección General de Electrifi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas en el marco de lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley N° 30281, solicita gestionar el dispositivo legal que autorice una transferencia de partidas a favor de la Municipalidad Provincial de La Mar – San Miguel, departamento de Ayacucho en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar la ejecución del proyecto de inversión pública con código SNIP N° 287446 “Mejoramiento y ampliación del servicio de energía eléctrica mediante sistema de redes convencionales de las treinta y siete localidades de los distritos de Santa Rosa, Ayna y Samugari, provincia de La Mar – Ayacucho”, el mismo que se encuentra viable en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP) y cuenta con el convenio correspondiente; precisando que el fi nanciamiento será atendido con cargo a los recursos de la Unidad Ejecutora 005: Dirección General de Electrifi cación Rural; Que mediante Informe N° 017-2015-MEM-OGP/PRE, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energía y Minas propone la aprobación de una transferencia de partidas en el presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma total de CINCO MILLONES OCHOCIENTOS DOCE MIL CIENTO VEINTISEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 812 126,00), para fi nanciar la ejecución del proyecto de inversión pública “Mejoramiento y ampliación del servicio de energía eléctrica mediante sistema de redes convencionales de las treinta y siete localidades de los distritos de Santa Rosa, Ayna y Samugari, provincia de La Mar – Ayacucho” a favor de la Municipalidad Provincial de La Mar – San Miguel, departamento de Ayacucho; en virtud de lo cual, con Ofi cio N° 530-2015-MEM/SEG, el Ministerio de Energía y Minas solicita dar trámite a la citada transferencia de recursos; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una transferencia de partidas a favor de la Municipalidad Provincial de La Mar – San Miguel, departamento de Ayacucho, con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar la ejecución del proyecto de inversión pública con código SNIP N° 287446 “Mejoramiento y ampliación del servicio de energía eléctrica mediante sistema de redes convencionales de las treinta y siete localidades de los distritos de Santa Rosa, Ayna y Samugari, provincia de La Mar – Ayacucho”, conforme a lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 y su modifi catoria, y el artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y modifi catorias; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, del pliego Ministerio de Energía y Minas a favor de la Municipalidad Provincial de La Mar – San Miguel, departamento de Ayacucho, hasta por la suma de CINCO MILLONES OCHOCIENTOS DOCE MIL CIENTO VEINTISEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 812 126,00), para fi nanciar la ejecución de un (01) proyecto de inversión pública de electrifi cación rural, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 016 : Ministerio de Energía y Minas UNIDAD EJECUTORA 005 : Dirección General de Electrifi cación Rural PROGRAMA PRESUPUESTAL 0046 : Acceso y Uso de la Electrifi cación Rural PROYECTO 2202311 : Mejoramiento y Ampliación del servicio de energía eléctrica mediante sistema de redes convencionales de las treinta y siete localidades de los distritos de Santa Rosa, Ayna y Samugari, provincia de La Mar – Ayacucho FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 5 812 126,00 TOTAL EGRESOS S/. 5 812 126,00 ================= A LA: En Nuevos Soles SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 050501 : Municipalidad Provincial de La Mar – San Miguel PROGRAMA PRESUPUESTAL 0046 : Acceso y Uso de la Electrifi cación Rural PROYECTO 2202311 : Mejoramiento y Ampliación del servicio de energía eléctrica mediante sistema de redes convencionales de las treinta y siete localidades de los distritos de Santa Rosa, Ayna y Samugari, provincia de La Mar – Ayacucho FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 5 812 126,00 TOTAL EGRESOS S/. 5 812 126,00 ================= Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El titular del pliego habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore la correspondiente “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto