Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2015 (29/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano Viernes 29 de MORDAZA de 2015

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Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de MORDAZA del ano dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la Republica MORDAZA MORDAZA VASI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 1243925-2

poblacion y vivienda en el area de influencia del Programa Presupuestal 0111: Apoyo al Habitat Rural", conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO (En Nuevos Soles) : Gobierno Central 037 : Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento UNIDAD EJECUTORA 001 : Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento ­ Administracion General PROGRAMA PRESUPUESTAL 0111 : Apoyo al Habitat Rural PRODUCTO 3 000001 : Acciones Comunes ACTIVIDAD 5 000276 : Gestion del Programa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios TOTAL EGRESOS A LA: : Gobierno Central 002 : Instituto Nacional de Estadistica e Informatica UNIDAD EJECUTORA 001 : Instituto Nacional de Estadistica e Informatica ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5 004616 : Encuesta para la Linea de Base del Programa de Apoyo al Habitat Rural - Viviendas Mejoradas FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos no Financieros TOTAL EGRESOS 9 125 000,00 1 875 000,00 ------------------11 000 000,00 =========== SECCION PRIMERA PLIEGO 11 000 000,00 ------------------11 000 000,00 ===========

Autorizan viaje de funcionario del Ministerio a Austria, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA N° 023-2015-EF MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante comunicacion de fecha 9 de marzo de 2015, el World Bank Treasury cursa invitacion al Ministerio de Economia y Finanzas para participar en los seminarios denominados "Designing Government Debt Management Strategies" e "Implementing Government Debt Management Strategies", a llevarse a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, Republica de Austria, del 1 al 5 y del 8 al 12 de junio de 2015, respectivamente; Que, en los mencionados seminarios se abordaran diferentes temas relacionados al diseno e implementacion de las estrategias de gestion de pasivos, interaccion entre la gestion de deuda y el desarrollo de MORDAZA, gestion de riesgos financieros, interaccion entre la gestion de deuda y la politica macroeconomica, eleccion de los instrumentos financieros para el financiamiento, mecanismos de emision de deuda, participacion de los creadores de MORDAZA de deuda publica, uso de derivados financieros, operaciones de administracion de pasivos, gestion de riesgos operacionales, entre otros; Que, teniendo en cuenta que los temas que se trataran en los referidos seminarios estan relacionados con las funciones y competencias de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, se ha estimado conveniente la participacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director de la Direccion de Gestion de Mercados Financieros de la referida Direccion General, a fin de fortalecer las capacidades y competencias en materia de gestion de la deuda publica; Que, el penultimo parrafo del numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley Nº 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, establece que las autorizaciones de viaje al exterior por supuestos distintos a los senalados en los literales a), b), c), d), e) y f) del mismo numeral, para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deben canalizarse a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y autorizarse mediante resolucion suprema; Que, en consecuencia y siendo de interes institucional, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos por conceptos de hospedaje y alimentacion seran asumidos por el World Bank Treasury, mientras que los pasajes aereos seran cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos y su modificatoria, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; y en la Directiva N° 002-2015-EF/43.01­ Disposiciones y procedimientos para la autorizacion de viajes por comision de servicios al exterior y en el territorio nacional y su respectiva rendicion de cuentas del personal

Articulo 2.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programatico, dentro de los cinco (05) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (05) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitaran a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el articulo 1 del presente Decreto Supremo, no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento.

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