Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2015 (29/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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Que, el articulo 68 del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales senala que la resolucion aprobatoria de la transferencia entre entidades publicas tiene merito suficiente para su inscripcion en los Registros Publicos; Con el visado del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, de la Responsable del MORDAZA de extincion del PRONAA, y de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0072008-VIVIENDA y modificatorias; la Ley Nº 29792, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobacion de la transferencia Aprobar la transferencia interestatal de propiedad predial a titulo gratuito, en el MORDAZA del articulo 62 y siguientes del Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA, del inmueble ubicado en la avenida Confraternidad Internacional s/n, distrito y provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, con un area de 10 601 m2, inscrito a nombre del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria en la Partida Nº 02002643 del Registro de Predios de MORDAZA, con Registro SINABIP Nº 101 del Libro de MORDAZA, y CUS Nº 664, a transferirse a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI. Articulo 2.- Inscripcion registral Declarar que la presente Resolucion Ministerial tiene merito suficiente para la inscripcion en los Registros Publicos de la transferencia predial autorizada en el articulo precedente, conforme a lo establecido en el articulo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA. Articulo 3.- Reversion de dominio por incumplimiento del numeral 7.5 de la Directiva Nº 0052013/SBN Establecer que la entidad adquirente del predio, en el plazo MORDAZA de dos (02) anos contados desde la notificacion de la presente resolucion, debera presentar el respectivo programa o proyecto de desarrollo o inversion, con los respectivos planes y estudios tecnicolegales para su ejecucion, y el documento expedido por el organo competente donde se garantice el financiamiento, bajo apercibimiento de reversion de dominio en caso de incumplimiento, de acuerdo con el numeral 7.5 de la Directiva Nº 005-2013/SBN, aprobada por Resolucion Nº 067-2013-SBN. Articulo 4.- Acciones Administrativas Disponer que la Responsable del MORDAZA de extincion del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria ­ PRONAA actualice el Sistema Nacional de Bienes Estatales ­ SINABIP, de acuerdo con lo indicado en la presente resolucion ministerial, y adopte las acciones administrativas que correspondan. Articulo 5.- Comunicacion a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales Remitir MORDAZA de la presente resolucion ministerial a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Desarrollo e Inclusion Social 1243913-2

El Peruano Viernes 29 de MORDAZA de 2015

Aprueban transferencia interestatal de propiedad predial a titulo gratuito de inmueble ubicado en el departamento de Amazonas, a favor de la Municipalidad del Centro Poblado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 126-2015-MIDIS MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2015 VISTOS: El Informe Nº 016-2015-MIDIS/EXTINCIONPRONAA, y documentacion adjunta, y el Memorando Nº 273-2015MIDIS/EXTINCIONPRONAA, de la Responsable del MORDAZA de extincion del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria ­ PRONAA; el Oficio Nº 67-2015/SBN-DGPE, de la Direccion de Gestion del Patrimonio Estatal de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales; y el Informe Brigada Nº 0769-2015/SBN-DGPE-SDDI, de la Subdireccion de Desarrollo Inmobiliario de la Direccion de Gestion del Patrimonio Estatal de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales; y el Informe Nº 264-2015MIDIS/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29792, se creo el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, determinandose su ambito, competencias, funciones y estructura basica; Que, la Tercera Disposicion Complementaria y Final de la Ley Nº 29792, dispuso la adscripcion del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria ­ PRONAA al Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, entre otros programas sociales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2012MIDIS, se dispuso la extincion del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria ­ PRONAA, estableciendose ademas que dicho MORDAZA de extincion sea conducido por una Comision Especial del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, la cual desarrollo acciones concernientes al cierre contable y financiero del programa, conforme a las facultades conferidas por Resolucion Ministerial Nº 121-2012-MIDIS y Resolucion Ministerial Nº 244-2012-MIDIS, en cuyo literal I) del numeral 5.1.3 se faculto a la Comision Especial para "Proponer al Despacho Ministerial de Desarrollo e Inclusion Social la disposicion y/o transferencia de bienes inmuebles"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2014-MIDIS, se dio por concluidas las funciones de la Comision Especial del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social encargada del MORDAZA de extincion del PRONAA, siendo que, de acuerdo con el referido decreto supremo, la conduccion de dicho MORDAZA de extincion continua hasta su culminacion a cargo de un Responsable, el cual ejercera las facultades MORDAZA conferidas a la citada comision especial, entre ellas, la propuesta de disposicion y/o transferencia de bienes inmuebles del PRONAA en extincion; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 140-2014MIDIS se designo a la Responsable que desarrollara las acciones conducentes a la extincion del PRONAA; Que, el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria ­ PRONAA es propietario del predio ubicado en la avenida MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Lote 08, Mz. 15 ­ Centro Poblado de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, distrito de Imaza, provincia de Bagua, departamento de Amazonas, con un area de 1 030 m2, anotado preventivamente a favor del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria en la Partida Nº 02016250 del Registro de Predios de Bagua, con Registro SINABIP Municipal Nº 114 del Libro de Amazonas, y CUS Nº 54306; Que, mediante Oficio Nº 010-2015/MCPMAMM, la Municipalidad del Centro Poblado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicita la transferencia interestatal a titulo gratuito del predio indicado en el considerando precedente;

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