Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2015 (29/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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Supremo, no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4.- Informacion El pliego habilitado en el presente Decreto Supremo informara al Ministerio de Energia y Minas, los avances fisicos y financieros de la ejecucion del proyecto a su cargo, con relacion a su cronograma de ejecucion y a las disposiciones contenidas en el convenio y/o adenda suscrita, para efectos de las acciones de verificacion y seguimiento a que se refiere el articulo 11 de la Ley N° 30281. Articulo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por la Ministra de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de MORDAZA del ano dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la Republica MORDAZA MORDAZA VASI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Energia y Minas 1243923-1

El Peruano Viernes 29 de MORDAZA de 2015

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, para financiar la ejecucion de proyectos de inversion publica de infraestructura MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 125-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, establece que dicho Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, proteccion e integracion de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo senala que tiene competencia en materia de vivienda, construccion, saneamiento, urbanismo, desarrollo MORDAZA, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias; Que, el numeral 11.1 del articulo 11 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, establece que los recursos publicos que se asignen en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecucion de proyectos de inversion en los gobiernos regionales o los gobiernos locales, se transfieren bajo la modalidad de modificacion presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante decreto supremo refrendado por el ministro del sector correspondiente y por el Ministro de Economia y Finanzas, previa suscripcion de convenio; Que, el numeral 11.2 del citado articulo 11 y el articulo 4 de la Ley N° 30324, Ley que establece medidas presupuestarias para el Ano Fiscal 2015, senalan que previamente a la transferencia de recursos, los proyectos de inversion publica deben contar con viabilidad en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP); asi como, con el registro en el Banco de Proyectos del SNIP del informe de consistencia del estudio definitivo o expediente tecnico detallado, o con el registro de Variaciones en la Fase de Inversion, o con el registro de la Verificacion de Viabilidad en el Banco de Proyectos del SNIP, a los que se refiere la Directiva N° 001-2011EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de

Inversion Publica, aprobada por Resolucion Directoral N° 003-2011-EF/68.01 y modificatorias; y que solo se autorizan hasta el MORDAZA trimestre del ano 2015; senalando que cada pliego presupuestario del Gobierno Nacional es responsable de la verificacion y seguimiento, lo que incluye el monitoreo financiero de los recursos, del cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y en el cronograma de ejecucion del proyecto de inversion publica, para lo cual realiza el monitoreo correspondiente; Que, el numeral 80.2 del articulo 80 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y modificatorias, establece, entre otros, que las entidades que tengan a cargo programas presupuestales pueden realizar modificaciones presupuestarias a nivel institucional con cargo a los recursos asignados a los programas, siempre que el pliego habilitado tenga a su cargo productos o proyectos del mismo programa, senalando que dichas transferencias se realizaran mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, previo informe favorable de la Direccion General de Presupuesto Publico; Que, con Memorandum N° 083-2015/VIVIENDAVMVU, el Viceministro de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento solicita se tramite una transferencia de partidas para la ejecucion de proyectos de inversion publica de infraestructura MORDAZA, los mismos que, segun lo senalado en el Informe N° 032-2015-VIVIENDA-VMVU-PMIB de la Direccion Ejecutiva del Programa de Mejoramiento Integral de MORDAZA, cuentan con expedientes tecnicos aprobados y sus respectivos convenios de transferencia de recursos publicos suscritos, asi como, con la disponibilidad presupuestal correspondiente con cargo al programa presupuestal 0108: Mejoramiento Integral de Barrios; Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, mediante Memorando Nº 1320-2015/ VIVIENDA-OGPP, emite opinion favorable en materia presupuestal a la transferencia de recursos referida en el considerando precedente, e informa que cuenta con la disponibilidad presupuestal en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional 2015 del pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento ­ Administracion General, para financiar la citada transferencia; en merito de lo cual, a traves del Oficio N° 484-2015/VIVIENDA-SG, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento solicita dar tramite a la referida transferencia de recursos; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Locales con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, hasta por la suma de TRECE MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.13 882 595,00), para financiar la ejecucion de cuatro (04) proyectos de inversion publica de infraestructura urbana; De conformidad con lo establecido en el articulo 11 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, el articulo 80 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y modificatorias y el articulo 4 de la Ley N° 30324, Ley que establece medidas presupuestarias para el Ano Fiscal 2015; DECRETA: Articulo 1.- Objeto 1.1. Autorizase una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, hasta por la suma de TRECE MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.13 882 595,00), del pliego Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento a favor de diversos Gobiernos Locales, para financiar la ejecucion de cuatro (04) proyectos de inversion publica de infraestructura MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle:

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