Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2015 (14/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Sábado 14 de noviembre de 2015 /

El Peruano

(90) días calendario, la vigencia del Grupo de Trabajo, de naturaleza temporal, denominado "Mesa de Trabajo para la ejecución del Programa de Reconversión Productiva ­ PRP en el VRAEM", formalizado mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 0475-2014-MINAGRI. Regístrese, comuníquese y publíquese JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1310838-1

General de la Dirección General de Infraestructura Agraria y Riego, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Agricultura y Riego, ante el Consejo Directivo del Proyecto de Inversión Pública Gestión Integral de la Microcuenca Mariño de la Provincia de Abancay - Apurímac I; derogándose la Resolución Ministerial Nº 0762-2010-AG. Artículo 2.- Notificar la presente Resolución al Consejo Directivo del Proyecto de Inversión Pública Gestión Integral de la Microcuenca Mariño de la Provincia de Abancay - Apurímac I, así como a los representantes designados, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1310838-2

Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante el Consejo Directivo del Proyecto de Inversión Pública Gestión Integral de la Microcuenca Mariño de la Provincia de Abancay - Apurímac I
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0559-2015-MINAGRI Lima, 10 de noviembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, con fecha 29 de abril de 2009 se declaró la viabilidad del Proyecto de Inversión Pública denominado "Gestión Integral de la Microcuenca Mariño de la Provincia de Abancay - Apurímac I", el que tiene por objeto mejorar la capacidad productiva de la microcuenca Mariño a través de la gestión integral de los recursos agua, suelo; Que, mediante el Informe Técnico Nº 064-2009EF/68.01, de fecha 29 de abril de 2009, del Director General de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público, del Ministerio de Economía y Finanzas, se determina, entre otros, que el Proyecto de Inversión Pública señalado en el considerando precedente, deberá contar con un Consejo Directivo, el mismo que estará conformado, entre otros, por un representante del Ministerio de Agricultura; Que, mediante Oficio Nº 703-2010-GR-APURIMAC/ PR, de fecha 17 de noviembre de 2010, el Presidente de la entonces Región Apurímac convoca al Ministro de Agricultura a la sesión de instalación del Consejo Directivo del Proyecto Gestión Integral de la Microcuenca Mariño de Abancay - Apurímac I; Que, mediante el artículo Único de la Resolución Ministerial Nº 0762-2010-AG, de fecha 16 de diciembre de 2010, se designó al Director General de la entonces Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Director General de la entonces Dirección General de Infraestructura Hidráulica, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Rego, ante el Consejo Directivo del Proyecto de Inversión Pública Gestión Integral de la Microcuenca Mariño de la Provincia de Abancay - Apurímac I; Que, con la entrada en vigencia del nuevo Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, la Dirección General de Infraestructura Hidráulica ya no forma parte de la estructura orgánica del MINAGRI; Que, es necesario actualizar la representación del Ministerio de Agricultura y Riego ante el citado Consejo Directivo; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.-.Designar al Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y al Director

AMBIENTE
Disponen la publicación, en el Portal Web Institucional del Ministerio, de la propuesta de "Estrategia Nacional de Lucha contra la Desertificación y la Sequía 2016-2030", así como el respectivo proyecto de Decreto Supremo de aprobación
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 316-2015-MINAM Lima, 13 de noviembre de 2015 Visto, el Memorándum Nº 628-2015-MINAM/ DVMDERN de 29 de setiembre de 2015, del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; el Informe Nº 232-2015-MINAM/DVMDERN/DGCCDRH de 28 de setiembre de 2015, de la Dirección General de Cambio Climático, Desertificación y Recursos Hídricos, y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Legislativa Nº 26536, el Congreso de la República aprobó la "Convención de las Naciones Unidas contra la Desertificación de los países afectados por Sequía Grave o Desertificación, en particular en África", adoptada en París el 17 de junio de 1994, y suscrita por el Perú el 15 de octubre de 1994, la cual tiene como objetivo luchar contra la desertificación y mitigar los efectos de la sequía en los países afectados por sequía grave o desertificación, mediante la adopción de medidas eficaces en todos los niveles, para contribuir al logro del desarrollo sostenible en las zonas afectadas; Que, el literal b) del artículo 5 de la citada Convención señala que los países Partes afectados se comprometen a establecer estrategias y prioridades, en el marco de sus planes y políticas nacionales de desarrollo sostenible, a los efectos de luchar contra la desertificación y mitigar los efectos de la sequía; Que, el literal j) del artículo 7 de la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1013, establece que el Ministerio del Ambiente implementa los acuerdos ambientales internacionales y preside las respectivas comisiones nacionales; Que, asimismo, el literal d) del artículo 11 del Decreto Legislativo Nº 1013, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1039, señala que el Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales elabora y coordina la estrategia nacional de lucha contra la desertificación y la sequía, así como supervisar su implementación en coordinación con los sectores competentes; Que, de acuerdo al literal i) del artículo 36 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM, la Dirección General de Cambio

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