Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2015 (14/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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VISTOS:

NORMAS LEGALES

Sábado 14 de noviembre de 2015 /

El Peruano

El Memorándum Nº 188-2015-MIDIS/GA y documentación adjunta, emitido por el Jefe de Gabinete de Asesores, el Informe Nº 729-2015-MIDIS/SG/OGPP, emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura básica; asimismo, se estableció que constituye un organismo con personería jurídica de derecho público, y pliego presupuestal; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el literal a) del artículo 6 de la precitada Ley, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social es el organismo rector de las políticas nacionales de su responsabilidad, ejerciendo competencia exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno, en todo el territorio nacional para formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar políticas nacionales sectoriales en materia de desarrollo e inclusión social, encaminadas a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales, en aquellas brechas que no pueden ser cerradas por la política social universal, regular, de competencia sectorial; Que, mediante Memorándum de Vistos, el Jefe de Gabinete de Asesores hace suyo el Informe Nº 040-2015-MIDIS/GA/ EGA, a través del cual se señala que los Alcaldes Distritales de la provincia de Cotabambas, departamento de Apurímac, solicitan que se declare mediante resolución ministerial, la prioridad de los compromisos asumidos en el "Acta de Reunión de Trabajo para la ampliación de cobertura y planificación 2015 con los programas sociales del MIDIS"; Que, en la Matriz de Seguimiento adjunta al citado informe, se indica que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ha cumplido con los compromisos asumidos por cada uno de sus programas sociales en la referida Acta, encontrándose en proceso la implementación y ejecución de los proyectos de desarrollo de capacidades productivas y de emprendimientos ("Haku Wiñay"), a cargo del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social ­ FONCODES; Que, a través del Informe de Vistos, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto manifiesta que la ejecución de lo señalado se encuentra en el marco del presupuesto asignado para el ejercicio presupuestario 2015, y otorga opinión favorable para su priorización mediante resolución ministerial; Que, considerando las competencias y funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y los documentos de Vistos, se considera pertinente proceder conforme a lo solicitado; Con el visado del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declárese de prioridad por parte del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social la implementación y ejecución de los proyectos de desarrollo de capacidades productivas y de emprendimientos ("Haku Wiñay"), a cargo del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social ­ FONCODES, ubicados en la provincia de Cotabambas, departamento de Apurímac, de acuerdo a lo siguiente:
Departamento Provincia Distritos Mara Challhuahuacho Apurímac Cotabambas Cotabambas Coyllurqui Haquira Tambobamba Nº Proyectos Nº Hogares 4 4 4 4 4 4 450 403 400 400 400 400

Artículo 2.- Disponer que los funcionarios y servidores del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social involucrados en los proyectos a que se hace referencia en el artículo precedente realicen las acciones necesarias para la implementación y ejecución prioritaria dispuesta en el citado artículo, bajo responsabilidad, y en el marco de la normativa vigente. Artículo 3.- El cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución se financiará con cargo al presupuesto del Pliego del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en el marco de la normativa vigente. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1311944-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil
DECRETO SUPREMO Nº 311-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 se aprobó, entre otros, el Presupuesto del pliego 006: Instituto Nacional de Defensa Civil; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, señala que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00), a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, para realizar acciones durante el Año Fiscal 2015 que permitan brindar la atención oportuna ante desastres de gran magnitud, rehabilitación post desastre de la infraestructura pública dañada, así como reducir los probables daños que pueda generar el inminente impacto de un fenómeno natural o antrópico declarado, determinado por el organismo público técnico ­ científico competente; Que, el numeral 2.5 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 004-2015, dicta medidas para la ejecución de intervenciones ante el período de lluvias 2015-2016 y la ocurrencia del Fenómeno El Niño, dispone que los recursos transferidos a la Reserva de Contingencia en el marco de lo establecido en el numeral 2.3 del referido Decreto de Urgencia, podrán destinarse al financiamiento de las acciones a que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, para lo cual dichos recursos se sujetan a las condiciones y procedimientos establecidos en la citada disposición, según corresponda; Que, mediante Oficio N° 088-2015-PCM/SGRD/ CONAGER-FEN/ST, el Secretario Técnico del Consejo Nacional de Gestión del Riesgo del Fenómeno El Niño de la Presidencia del Consejo de Ministros, adjunta el "Acta de Aprobación de Expedientes N° 001-2015" (Demanda Adicional) debidamente firmada por los señores Ministros conformantes del Consejo Nacional, en el cual se acuerda incrementar los recursos previstos en la Segunda Disposición Complementaria Final de la citada Ley Nº 30282, a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, hasta por la suma de CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00); Que, los literales c) y d) de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30282, establecen que el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI

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