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563735 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de octubre de 2015 El Peruano / MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Designan Presidente del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Moquegua RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 229-2015-MIMP Lima, 13 de octubre de 2015CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 045-2015- MIMP se encargó a la señora ROSA IRENE MALDONADO RUEDA, miembro del Directorio de la Sociedad de Bene fi cencia Pública de Moquegua, la Presidencia del Directorio de la referida entidad bené fi ca; Que, por convenir al servicio, es necesario dar por concluida la citada encargatura, así como designar a la persona que la reemplazará; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Dirección General de la Familia y la Comunidad y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N º 26918 – Ley de Creación del Sistema Nacional para la Población en Riesgo; la Ley Nº 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1098 – Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP y modi fi catorias; y el Decreto Supremo Nº 004-2010-MIMDES; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida la encargatura de la señora ROSA IRENE MALDONADO RUEDA, miembro del Directorio de la Sociedad de Bene fi cencia Pública de Moquegua, como Presidenta del Directorio de la referida entidad bené fi ca, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor PEDRO JUAN VALDIVIA SÁNCHEZ como Presidente del Directorio de la Sociedad de Bene fi cencia Pública de Moquegua. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARCELA HUAITA ALEGRE Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1298761-1 PRODUCE Aprueban el Plan Operativo Informático del Instituto Nacional de Calidad para el año 2015 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA № 080-2015-INACAL/PE Lima, 2 de octubre de 2015VISTOS:El Memorando N° 537-2015-INACAL/OA, del Jefe de la O fi cina de Administración, el Informe Nº057-2015- INACAL/OPP del Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 090-2015-INACAL/OAJ, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y;CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30224, se creó el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, como un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera. Siendo el ente rector y la máxima autoridad técnico normativa del Sistema Nacional para la Calidad; Que, la Resolución Ministerial N° 19-2011-PCM, que “Aprueban la Formulación y Evaluación del Plan Operativo Informático (POI) de las entidades de la Administración Pública y su Guía de Elaboración”, dispuso que cada entidad de la Administración Pública elabore, registre y evalúe el Plan Operativo Informático, el cual tiene periodicidad anual, con base en el contenido del Plan Estratégico Institucional y el “Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en el Perú - La Agenda Digital Peruana”, debiendo cada entidad registrarlo en la página web del Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe/poi), hasta el último día hábil del mes de febrero del año que haga referencia; Que, conforme a lo señalado en el artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 169-2015-PRODUCE, el Instituto Nacional de Calidad – INACAL, inició sus operaciones a partir del 01 de junio de 2015,motivo por el cual se encuentra en proceso de implementación de los instrumentos de gestión, entre los cuales se encuentra el Plan Operativo Informático 2015; Que, el Plan Operativo Informático - POI, constituye un instrumento de gestión de corto plazo, que permite defi nir las actividades informáticas de las entidades de la Administración Pública integrantes del Sistema Nacional de Informática en sus diferentes niveles; Que, de acuerdo al literal b) del numeral 4.2 de las Disposiciones Generales de la Guía para la Elaboración, Formulación y Evaluación del Plan Operativo Informático (POI) de las Entidades de la Administración Pública, la aprobación de la formulación, registro y evaluación del Plan Operativo Informático en las entidades del Gobierno Central es realizada por la máxima autoridad de la entidad; Que, mediante el Memorando N° 537-2015-INACAL/ OA, la O fi cina de Administración, a través del Responsable de Tecnología de la Información, propuso la aprobación del Plan Operativo Informático del Instituto Nacional de Calidad para el año 2015, el mismo que ha sido elaborado de acuerdo con las disposiciones establecidas en el Anexo 1 de la Guía de Elaboración aprobada mediante Resolución Ministerial N° 19-2011-PCM. Asimismo, según el Informe Nº 057-2015-INACAL/OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto opina que el citado Plan Operativo Informático, cuenta con la disposición presupuestal correspondiente; Que, en atención a las consideraciones expuestas, y de acuerdo con los documentos de vistos, corresponde aprobar el Plan Operativo Informático del Instituto Nacional de Calidad para el año 2015; Con el visado de la Secretaria General, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina de Administración, y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; el Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad, modi fi cado por Decreto Supremo N° 008-2015-PRODUCE; y de conformidad con las funciones delegadas a la Presidencia Ejecutiva mediante Resolución Ministerial N° 178-2015-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación del Plan Operativo Informático 2015 Aprobar el Plan Operativo Informático del Instituto Nacional de Calidad para el año 2015, que en Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Responsabilidad sobre el Plan Operativo Informático 2015 Disponer que las acciones relacionadas con el Plan aprobado por el artículo 1 de la presente resolución, sea