Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2015 (06/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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NORMAS LEGALES

Domingo 6 de setiembre de 2015 /

El Peruano

Ordenanza Nº 016-2015-CR-RL.- Declaran formalmente el Día del Aniversario del Gobierno Regional de Lima el 17 de Julio de todos los años 560896 Acuerdo Nº 145-2015-CR/GRL.- Instan a la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial se remita el nuevo proyecto de Ley de demarcación territorial entre las provincias de Cañete en el departamento de Lima y Chincha en el departamento de Ica 560896 Acuerdo Nº 167-2015-CR/GRL.- Solicitan la intervención de la PCM, del Congreso de la República y del MTC en la Concesión de la Red Víal N° 6 - Vía Puente Pucusana - Cerro Azul - Ica, administrada por la empresa "Concesionaria Víal del Perú S.A. - COVIPERÚ" 560897

MUNICIPALIDAD DE LURÍN D.A. Nº 008-2015-ALC/ML.Aprueban Programa de segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios que se ejecutará progresivamente en viviendas urbanas de microzonas del distrito y dejan sin efecto el D.A. N° 005-2014-ALC/ML 560899 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES R.A. Nº 515-2015-A/MM.- Modifican el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad de Miraflores 560900

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE BREÑA Ordenanza Nº 442-2015-MDB/CDB.- Ordenanza que Reglamenta el Comité Municipal por los Derechos del Niño, Niña y Adolescente de Breña - COMUDENNA 560898 D.A. Nº 006-2015-A/MDB.- Incorporan en el Cuadro de Infracciones y Sanciones - CUIS de la Municipalidad, las infracciones referidas al rubro cinematografía y otros espectáculos públicos no deportivos 560899

SEPARATA ESPECIAL
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Res. N° 086-2015-CD/OSIPTEL, RR 1 y 2 del TRASU.Resolución que declara fundado en parte apelación interpuesta por América Móvil Perú S.A.C. contra la Resolución N° 2 emitida por el Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios 560825

PODER EJECUTIVO

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Acceden a solicitudes de extradición activa de ciudadana ecuatoriana y ciudadanos peruanos
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 174-2015-JUS Lima, 5 de setiembre de 2015 VISTO; el Informe de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 115-2015/ COE-TC, del 30 de julio de 2015, sobre la solicitud de extradición activa al Reino de España de la ciudadana ecuatoriana CLEOTILDE ALEXANDRA REYES PLUA, formulada por la Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Tacna; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las Salas Penales conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas; Que, en mérito a estas atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución Consultiva de fecha 05 de mayo de 2015, declaró procedente la solicitud de extradición activa de la ciudadana ecuatoriana CLEOTILDE ALEXANDRA REYES PLUA, para ser procesada por la presunta comisión del delito contra la Salud Pública - Tráfico ilícito de drogas agravado, en agravio del Estado peruano (Expediente Nº 19 - 2015); Que, el literal a) del artículo 28º de las normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradición y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente;

Que, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente mediante el Informe Nº 115-2015/COE-TC, del 30 de julio de 2015, en el sentido de acceder a la solicitud de extradición activa; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 514º del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Oficial; De conformidad con el Tratado de Extradición entre la República del Perú y el Reino de España, suscrito en la ciudad de Madrid el 28 de junio de 1989; y su Enmienda, ratificada por Decreto Supremo Nº 70-2011-RE del 02 de junio de 2011, vigente desde el 09 de julio de 2011, que eleva de 60 días a 80 días el plazo para presentar el cuaderno de extradición; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder a la solicitud de extradición activa de la ciudadana ecuatoriana CLEOTILDE ALEXANDRA REYES PLUA, formulada por la Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Tacna y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesada por la presunta comisión del delito contra la Salud Pública - Tráfico ilícito de drogas agravado, en agravio del Estado peruano y disponer su presentación por vía diplomática al Reino de España, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República GUSTAVO ADRIANZÉN OLAYA Ministro de Justicia y Derechos Humanos ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1283996-1

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