Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2015 (07/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Lunes 7 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES

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de la celebración del contrato mediante recurso de apelación, de conformidad con lo establecido en la normativa. La Entidad resolverá el recurso de apelación siempre que el valor estimado o referencial no supere las sesenta y cinco Unidades Impositivas Tributarias (65 UIT) y notificará su decisión a través del SEACE, en un plazo máximo de ocho (8) días hábiles de admitido el recurso. El Tribunal de Contrataciones del Estado debe resolver y notificar su decisión en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, salvo que hubiese requerido información adicional, en cuyo caso debe pronunciarse dentro de quince (15) días hábiles. 11. Del plazo para la suscripción de contrato Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, el postor deberá presentar a la entidad la documentación para la suscripción del contrato prevista en las bases, en el plazo de cuatro (4) días hábiles. Asimismo, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir a la entidad a suscribir el contrato. En el mismo plazo deberán subsanarse las observaciones que se presenten en la documentación. 12. De las bases de los procesos de selección Las bases para los procesos de selección convocados bajo la aplicación de la presente norma se elaborarán teniendo en cuenta los modelos establecidos de bases estándar aprobadas por el OSCE, y publicadas en el Portal del Estado Peruano y en el Portal del OSCE, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la entrada en vigencia de la presente norma. 13. De la aplicación de normas supletorias En todo lo no regulado en la presente norma será de aplicación supletoria la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. 1283997-1

CULTURA
Disponen celebrar el Día Mundial del Patrimonio Audiovisual el 27 de octubre de cada año, y otorgan la distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 303-2015-MC Lima, 31 de agosto de 2015 VISTO, el Informe N° 257-2015-DAFO-DGIA-VMPCIC/ MC de la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios; y el Informe N° 471-2015-DGIA-VMPCIC/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciendo entre sus funciones: "conceder reconocimiento al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país"; Que, de conformidad con el numeral 78.14 del Artículo 78 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, corresponde a la Dirección General de Industrial Culturales y Artes emitir opinión técnica y recomendación para el otorgamiento de reconocimiento al mérito a los creadores, artistas, personas, y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país,

solicitando los informes correspondientes a los órganos de línea del Ministerio; Que, el Artículo 11 de la Directiva N° 001-2011/MC "Directiva sobre la declaratoria de las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación y el otorgamiento de reconocimientos", aprobada por Resolución Ministerial N° 080-2011-MC y sus modificatorias, establece que "(...) el Ministerio de Cultura, mediante Resolución Ministerial, reconoce a personas naturales y/o jurídicas, previo estudio en cada caso en particular, con alguna de las distinciones siguientes: Personalidad Meritoria de la Cultura, otorgada en el campo de la investigación, transmisión, conservación, rescate y salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial, así como la creación académica, intelectual y en el campo de la creación e interpretación artística diversa (...)"; Que, mediante Informe N° 257-2015-DAFODGIA-VMPCIC/MC de fecha 26 de junio de 2015 la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios, señala que en el año 2005 la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), aprobó la celebración del Día Mundial del Patrimonio Audiovisual, como mecanismo para concienciar al público sobre la necesidad de tomar medidas urgentes y reconocer la importancia de dicho patrimonio, celebrándose el Día Mundial del Patrimonio Audiovisual el 27 de octubre en diversos países; asimismo considera que resulta de trascendencia nacional el aporte a la valoración del patrimonio audiovisual nacional y al desarrollo de la cinematografía peruana que brindan los señores Isaac Fernando León Frías y Federico Ricardo De Cardenas Martínez por sus destacadas trayectorias profesionales, quienes en el presente año cumplen 50 años de labor; Que, mediante Informe N° 471-2015-DGIA-VMPCIC/ MC de fecha 11 de agosto de 2015 Dirección General de Industrias Culturales y Artes ha recomendado celebrar el Día Mundial del Patrimonio Audiovisual el 27 de octubre de cada año y otorgar el reconocimiento como "Personalidad Meritoria de la Cultura", a los señores Isaac Fernando León Frías y Federico Ricardo De Cardenas Martínez; Con el visado del Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; de la Directora General de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; del Director (e) de la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios; y, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; la Resolución Ministerial N° 080-2011MC y sus modificatorias que aprueba la Directiva N° 001-2011/MC "Directiva sobre la declaratoria de las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación y el otorgamiento de reconocimientos"; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Celebrar el Día Mundial del Patrimonio Audiovisual el 27 de octubre de cada año. Artículo 2º.- Otorgar la distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura" a los señores Isaac Fernando León Frías y Federico Ricardo De Cardenas Martínez, en reconocimiento a sus cincuenta años de labor ininterrumpida en la crítica y la enseñanza cinematográfica. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, para que proceda a la inscripción que corresponda. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIANA ALVAREZ-CALDERÓN Ministra de Cultura 1283920-1

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