Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2015 (07/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Lunes 7 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES

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transferencia de autorización a favor del señor ROMAN URCIA SANCHEZ; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 1322011-MTC/03 del 31 de enero de 2011, se otorgó autorización al señor MARCOS ULISES ACOSTA ACUÑA por el plazo de diez (10) años, para prestar el servicio de radiodifusión sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Virú, departamento de La Libertad, con vigencia hasta el 07 de febrero de 2021; Que, con escrito de Visto, el señor MARCOS ULISES ACOSTA ACUÑA solicita la transferencia de su autorización que le fuera otorgada mediante Resolución Viceministerial N° 132-2011-MTC/03, a favor del señor ROMAN URCIA SANCHEZ; Que, el artículo 27º de la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278, concordado con el artículo 73° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, establece que los derechos otorgados para la prestación del servicio de radiodifusión son transferibles, previa aprobación del Ministerio, mediante Resolución Viceministerial, conteniendo además el reconocimiento del nuevo titular de la autorización. Asimismo, señala que las solicitudes de transferencia deben ser atendidas en un plazo máximo de noventa (90) días, transcurrido el cual, sin que se haya expedido resolución pronunciándose sobre la solicitud, el peticionario podrá considerarla aprobada; Que, a su vez, el artículo 27º de la Ley de Radio y Televisión, concordado con los artículos 74º y 76° de su Reglamento, establecen las condiciones y requisitos aplicables a las solicitudes de transferencia de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión; Que, conforme a lo establecido en el artículo 77° del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobada la transferencia y reconocido el nuevo titular, éste asume de pleno derecho, todas las obligaciones y derechos derivados de la autorización; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 1463-2015MTC/28, ampliado con Informe N° 1559-2015-MTC/28 opina que se debe aprobar la transferencia de la autorización otorgada por Resolución Viceministerial Nº 132-2011-

MTC/03 al señor MARCOS ULISES ACOSTA ACUÑA, a favor del señor ROMAN URCIA SANCHEZ, y reconocer a este último, como nuevo titular de la citada autorización, asumiendo los derechos y obligaciones derivados de la misma; al haberse cumplido con la presentación de los requisitos previstos para tal efecto y verificar que no se ha incurrido en los impedimentos o causales para denegar la transferencia de la autorización solicitada, contemplados en la Ley de Radio y Televisión y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia de la autorización otorgada al señor MARCOS ULISES ACOSTA ACUÑA por Resolución Viceministerial Nº 132-2011-MTC/03, a favor del señor ROMAN URCIA SANCHEZ, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión. Artículo 2º.- Reconocer al señor ROMAN URCIA SANCHEZ, como titular de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 132-2011MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, asumiendo éste todos los derechos y obligaciones derivadas de la misma. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER CORONADO SALEH Viceministro de Comunicaciones 1283684-1

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