Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2015 (07/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Lunes 7 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES

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Aprueban transferencia de autorización otorgada por R.VM. N° 249-2011-MTC/03 a persona natural
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 348-2015-MTC/03 Lima, 18 de agosto del 2015 VISTO, el escrito de registro N° 2015-021471 del 09 de abril de 2015, presentado por el señor CESAR AUGUSTO PALOMINO GIL, sobre aprobación de transferencia de la autorización otorgada con Resolución Viceministerial Nº 249-2011-MTC/03, a favor del señor IDELSO VASQUEZ CHACON; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 2492011-MTC/03 del 14 de marzo de 2011, se otorgó autorización al señor CESAR AUGUSTO PALOMINO GIL, por el plazo de diez (10) años, que incluyó un periodo de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogable, para prestar el servicio de radiodifusión sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de San Ignacio ­ San José de Lourdes, departamento de Cajamarca, con vencimiento de su plazo de vigencia al 18 de marzo de 2021; Que, con escrito de visto, el señor CESAR AUGUSTO PALOMINO GIL, solicita la transferencia de la autorización que le fuera otorgada con Resolución Viceministerial Nº 249-2011-MTC/03, a favor del señor IDELSO VASQUEZ CHACON; Que, el Artículo 27º de la Ley de Radio y Televisión ­ Ley Nº 28278, concordado con el Artículo 73º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, establecen que los derechos otorgados para la prestación del servicio de radiodifusión son transferibles, previa aprobación del Ministerio, mediante Resolución Viceministerial, conteniendo además el reconocimiento del nuevo titular de la autorización. Asimismo, señala que las solicitudes de transferencia deben ser atendidas en un plazo máximo de noventa (90) días, transcurrido el cual, sin que se haya expedido resolución pronunciándose sobre la solicitud, el peticionario podrá considerarla aprobada; Que, a su vez, el Artículo 27º de la Ley de Radio y Televisión, concordado con los artículos 74º y 76º de su Reglamento, establecen las condiciones y requisitos aplicables a las solicitudes de transferencia de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión; Que, conforme a lo establecido en el Artículo 77º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobada la transferencia y reconocido el nuevo titular, éste asume de pleno derecho, todas las obligaciones y derechos derivados de la autorización; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 1125-2015MTC/28 opina que se debe aprobar la transferencia de la autorización otorgada por Resolución Viceministerial Nº 249-2011-MTC/03 al señor CESAR AUGUSTO PALOMINO GIL, a favor del señor IDELSO VASQUEZ CHACON, y reconocer a este último, como nuevo titular de la citada autorización, asumiendo los derechos y obligaciones derivadas de la misma; al haberse cumplido con la presentación de los requisitos previstos para tal efecto y verificar que no se ha incurrido en los impedimentos o causales para denegar la transferencia de la autorización solicitada, contemplados en la Ley de Radio y Televisión y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278 y sus modificatorias, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia de la autorización otorgada por Resolución Viceministerial

Nº 249-2011-MTC/03 al señor CESAR AUGUSTO PALOMINO GIL, a favor del señor IDELSO VASQUEZ CHACON, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizaciones de enlaces auxiliares a la radiodifusión relacionados a dicha autorización. Artículo 2º.- Reconocer al señor IDELSO VASQUEZ CHACON, como titular de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 249-2011MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizaciones de enlaces auxiliares a la radiodifusión, asumiendo todos los derechos y obligaciones derivados de la misma. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER CORONADO SALEH Viceministro de Comunicaciones 1283889-1

Modifican la R.VM. Nº 086-2004-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en FM de diversas localidades del departamento de Ayacucho
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 369-2015-MTC/03 Lima, 21 de Agosto del 2015 CONSIDERANDO: Que, el artículo 11º de la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, concordado con el artículo 6º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, establece que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y en general cuanto concierne a la gestión del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión; Que, el artículo 7º del precitado Reglamento dispone que toda asignación de frecuencias para el servicio de radiodifusión se realiza en base al Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalización y de Asignación de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusión y determina las frecuencias técnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignación de Frecuencias son aprobados por Resolución Viceministerial; Que, con Resolución Viceministerial Nº 086-2004MTC/03 y sus modificatorias, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM), para distintas localidades del departamento de Ayacucho; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe Nº 1149-2015MTC/28, propone la incorporación del plan de la localidad de SORAS a los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) del departamento de Ayacucho; Que, asimismo, la citada Dirección General señala que, en la elaboración de su propuesta, ha observado lo dispuesto en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas por Resolución Ministerial Nº 3582003-MTC/03, sus modificatorias, así como lo establecido por el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278 y sus modificatorias; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias; las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0212007-MTC, y;

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